“Puente al Empleo”: Oficializan el programa que planea convertir 200.000 planes sociales en trabajos formales
A través del decreto 551/2022 se dieron a conocer los detalles de la iniciativa “Puente al Empleo” cuya implementación había sido anticipada por el ministro de Economía, Sergio Massa
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El Gobierno publicó este martes el decreto que establece los lineamientos para la ejecución del programa “Puente al Empleo”, que busca transformar 200.000 planes sociales en empleo formal. La iniciativa ya había sido anticipada el jueves 18 de agosto por el ministro de Economía, Sergio Massa, durante su participación en el Council de las Américas.
El decreto 551/2022, publicado en el Boletín Oficial, lleva las firmas del presidente Alberto Fernández, del jefe de Gabinete, Juan Manzur, y de los ministros Sergio Massa (Economía), Claudio Moroni (Trabajo, Empleo y Seguridad Social), Juan Zabaleta (Desarrollo Social). A través del mismo, se establecieron los objetivos del programa junto con las reglas de aplicación, beneficios, excepciones y otros detalles a tener en cuenta.
Cuándo comienza y cuáles son sus objetivos
El documento, de seis hojas de extensión, anticipa que el proyecto comenzará a tener vigencia a partir del próximo 1° de octubre, por un plazo no menor a 24 meses. Se lo describe como un plan a implementarse de manera gradual y con un “criterio federal” para dar lugar a una transición ordenada entre programas sociales, educativos y de empleo en trabajo a trabajo registrado de calidad.
Entre los objetivos de mismo plantean mejorar la empleabilidad y la generación de nuevas propuestas educativas y productivas junto con “la promoción de la inclusión social plena de personas en situación de vulnerabilidad”.
Quiénes pueden participar y qué opciones tienen
Respecto de los programas sociales que están incluidos, la normativa aclara: “Las carteras de Economía, Trabajo y Desarrollo Social serán las encargadas de establecer las pautas tendientes a compatibilizar el trabajo registrado con los programas sociales, educativos y de empleo nacionales que otorguen prestaciones dinerarias destinadas a las personas o grupos familiares en situación de vulnerabilidad social, incluyendo los trabajadores de cooperativas y organizaciones sociales”.
Una vez que el trabajador decida formar parte del proyecto, en caso de interrumpirse el contrato laboral, tendrá la posibilidad de “continuar percibiendo las asignaciones dinerarias que brindan dichos programas, si el número de cotizaciones al Sistema de Seguridad Social no supere los 12 meses”. En caso que el período trabajado se encuentre entre los ocho y 12 meses, “las trabajadoras y los trabajadores podrán optar entre la posibilidad de permanecer en el programa de origen o acceder a la prestación por desempleo”.
Beneficios y exclusiones para empleadores
Una vez hecha la introducción, los artículos siguientes del decreto exponen sobre los beneficios que obtendrían los empleadores que formen parte de la iniciativa. Entre ellos, la posibilidad de considerar e imputar la asignación dineraria de los programas sociales, educativos o de empleo a cuenta del pago de la remuneración. Esto significa que el monto del plan social será parte del salario y el empleador deberá pagará solo la diferencia.
Obtendrán también una reducción de las contribuciones patronales del 100%, siempre y cuando se encuentren enmarcados dentro de subsistemas de seguridad social como el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, Fondo Nacional de Empleo y Régimen de Asignaciones Familiares.
Quedan excluidos por su parte quienes figuren en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales o incurran en prácticas indebidas y/o abusivas. Serán los Ministerios de Economía y de Trabajo, Empleo y Seguridad Social quienes determinen bajo qué modalidad de contratación podrán ser aplicados ambos beneficios.
Proceso de selección
El proceso de selección de los empleadores se llevará a cabo a través del “Portal Empleo”, aunque esa no será la única opción. En caso de no cumplirse con los lineamientos planteados en el decreto, al momento de llevarse a cabo la contratación, se “producirá el decaimiento de los beneficios otorgados”.
En los últimos tramos del documento, se invita a “las provincias, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a los municipios, a adherir a los términos del presente decreto o a dictar medidas de similar tenor para compatibilizar los programas sociales, educativos y de empleo locales con el trabajo registrado”.
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