El Gobierno decretó asueto para el 24 y el 31 de diciembre en la administración nacional
La medida fue publicada en el boletín oficial esta mañana; excluye a las instituciones bancarias y entidades financieras de carácter público
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El Gobierno oficializó que los empleados públicos tendrán dos días de asueto extra a los previstos en el calendario oficial: el 24 de diciembre, la Nochebuena, y el 31 de diciembre, día previo al comienzo del año nuevo. Así quedó definido tras la publicación en el boletín oficial del decreto 861/2021, firmado por el Presidente Alberto Fernández, el jefe de Gabinete Juan Manzur y el ministro del Interior, Eduardo Wado de Pedro.
El texto del mismo considera que “las citadas fechas constituyen tradicionalmente motivo de festejo para todas las familias argentinas y extranjeras que habitan en nuestro territorio”, y por eso “se considera conveniente otorgar asueto administrativo los días 24 y 31 de diciembre del corriente año”. De esta manera, los días previos a las Fiestas, que tradicionalmente no son feriados en la Argentina, se equiparan para los empleados públicos a la Navidad y el Año Nuevo, que sí lo son.
De esta manera, ambas fechas quedan para la administración nacional dentro de los considerandos legales que aplican a los feriados nacionales, que incluye que aquellas personas que sean convocadas a trabajar en esta fecha deberán cobrar el doble de una jornada habitual. Para las personas comprendidas en el decreto que no trabajen, en tanto, las fechas establecidas por el decreto se cobrarán como un día común de trabajo.
Además, por cómo están distribuidas las fechas en este 2021, los flamantes feriados configurarán dos nuevos fines de semana largos para los trabajadores estatales: desde el viernes 24 de diciembre hasta el domingo 26, y desde el viernes 31 de este mes hasta el domingo 2 de enero.
Según aclara el acto administrativo firmado por el Presidente, el asueto no alcanza “a las instituciones bancarias y entidades financieras”, que mantendrán el viejo régimen respecto a estos días tradicionalmente festivos, pero también laborables.
Qué días de estas fiestas son feriados oficiales
Tal y como lo define el calendario oficial de feriados, las vísperas de las Fiestas son días laborables (excepto ahora para los empleados de la administración nacional) y los días de celebración, el 25 de diciembre y el 1 de enero del año nuevo son feriados para toda la población.
Sin embargo, este año el calendario marca una realidad agridulce: tanto el 25 de diciembre como el 1 de enero caerán en sábado, por lo que, aunque regirán los considerandos correspondientes a los feriados para quienes tengan que trabajar, el descanso para la mayoría estará dentro de los fines de semana.
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