El derecho a participar de actividades recreativas
El otro día leí una noticia que me llamó la atención y me hizo reflexionar. La nota contaba que un joven de 14 años con autismo había ido a un parque acuático con su madre y con su acompañante terapéutico. Su mamá, por haber vivido experiencias anteriores en otros lugares, sabía que su hijo disfrutaba muchísimo de los toboganes de agua y de las montañas rusas.
Hicieron la cola durante un buen rato para poder tirarse de uno de los toboganes acuáticos, y cuando les llegó el turno, la persona a cargo (empleada del parque) miró al adolescente y les dijo que no estaba autorizada para dejarlo tirarse por el tobogán. La primera reacción de la madre fue de sorpresa, y le explicó a la empleada que se iban a tirar los 3 juntos, pero no fue suficiente para cambiar la postura de la empleada. La madre continuó explicando que su hijo comprendía bien las instrucciones, que ya se había tirado anteriormente en otro parque (incluso de un tobogán 3 veces más alto que éste) y que estaba muy motivado. No hubo manera. Entendiblemente, la situación se puso tensa, empezaron a elevar las voces y se crisparon los nervios de todos. Desenlace: el joven se vio obligado a descender por las escaleras. Y se quedó sin la posibilidad de tirarse por el tobogán.
Los responsables del parque alegaron que el acceso del joven estaba restringido de la misma manera que estaba restringido el acceso a las personas que midieran menos de 1,20 metros (muy habitual en varias montañas rusas y otro tipo de juegos en parques de diversiones que restringen el acceso a niños pequeños y personas de muy baja estatura). Lo llamativo era que esta última restricción (la de medir menos de 1,20 metros) aparecía claramente en los carteles de acceso al tobogán. Sin embargo, en ningún cartel aparecía que el diagnóstico de autismo (o alguna discapacidad) fuera una restricción para tirarse por el tobogán.
Cuando terminé de leer la noticia, me invadió la sensación de que se había cometido una injustica y se me vino a la cabeza la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, que siempre brinda mucha claridad en este tipo de situaciones. Me puse a leer y descubrí algunas frases en el Preámbulo de la Convención que vale la pena compartir: los países que forman parte de la misma (Argentina es uno de ellos) recuerdan que los principios de la Carta de las Naciones Unidas reconocen que todas las personas tienen los mismos derechos y libertades, reconocen la necesidad de garantizar que las personas con discapacidad disfruten de los derechos humanos y de las libertades sin discriminación, reconocen que la discriminación contra cualquier persona por causa de su discapacidad constituye una acción contra la dignidad y el valor del ser humano, reconocen que la independencia individual es muy importante para las personas con discapacidad. En el Artículo 1 (sobre el Propósito) se resalta la importancia de que las personas con discapacidad disfruten de todos los derechos y libertades fundamentales, que sean respetadas por todos como cualquier otra persona, y que se eliminen las barreras que impiden su participación en la sociedad. En el Artículo 3 (Principios Generales), se mencionan entre otros: respetar la independencia de las personas y su libertad para decidir, evitar la discriminación, procurar que todas las personas participen plenamente en la sociedad, respetar a las personas con discapacidad, promover la igualdad de oportunidades. En el Artículo 5 se prohíbe la discriminación por motivos de discapacidad. Saltando al Artículo 30 (sobre la Participación en la vida cultural, en las actividades recreativas, el esparcimiento y el deporte), se expresa claramente: los países garantizarán que las personas con discapacidad participen en actividades recreativas, deportivas y de esparcimiento.
¿Qué fue lo que pasó? Evidentemente, un prejuicio operó como barrera (definida como algo que impide a una persona realizar una tarea o conseguir algo) y se vulneró un derecho (el de participar en una actividad recreativa / de esparcimiento). Hubo un acto de discriminación por motivo de discapacidad. Estas situaciones se dan cotidianamente en diversos contextos y es necesario que todos nos involucremos si queremos derribar los prejuicios existentes, fomentar el respeto de los derechos de las personas con discapacidad y construir un mundo más inclusivo. Para que todos podamos disfrutar de tirarnos por un tobogán si es algo que elegimos. Más claro, “echale agua”.