Censo 2022: ¿se puede editar las respuestas del formulario digital?
Sigue disponible esta novedosa manera de contestar el cuestionario censal, que puede realizarse en pocos pasos y ofrece muchas facilidades en su modalidad remota
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Cerca de un cuarto de la población ya completó el Censo 2022 de manera digital. La nueva modalidad debuta en esta edición del evento estadístico más importante de la Argentina, por lo que genera algunas dudas como, por ejemplo, si las respuestas pueden editarse en caso de que haya habido un error.
La respuesta es que sí, una vez dentro del cuestionario digital del Censo 2022, las respuestas pueden cambiarse cuantas veces se desee antes de enviar el cuestionario final. La interfaz del organismo también permite retroceder y avanzar en las páginas del texto para retomar cuestiones de páginas previas.
Las 61 preguntas que se responden en la web son las mismas que recibirán las personas que completen el cuestionario de forma presencial este miércoles 18 de mayo, jornada que será feriado para facilitar la tarea de los censistas. De las preguntas, 24 son relacionadas con las características de las viviendas y los hogares, y 37 sobre la estructura de la población.
El único punto importante es revisar bien la información antes de enviar el cuestionario completo, porque una vez que se completa el proceso y se recibe el código de verificación de parte del Indec (Instituto Nacional de Estadística y Censos), la información queda en manos del Estado, por lo que los datos ya no pueden editarse.
El mencionado código de verificación es una secuencia numérica que se carga automáticamente al completar el Censo Digital. Además, se envía por mail al correo electrónico suministrado en la inscripción y, también, es posible descargarlo.
Es importante resaltar que haber completado el Censo Digital no exime al ciudadano de atender al censista. En este caso, la persona simplemente deberá entregar este código y el enviado del Indec podrá seguir su camino.
Qué hacer si no se puede estar en casa el día del Censo
Aunque la ley establece penalidades para quienes no suministren la información requerida para el Censo, existen una alternativa para aquellos que -por razones de fuerza mayor- no puedan encontrarse en su vivienda el 18 de mayo.
Según el organismo que coordina el evento estadístico, la persona en cuestión deberá completar la información en el Censo Digital y obtener el código de verificación. Entonces, si está de viaje al momento del Censo, deberá darle la secuencia numérica a un vecino o, en el caso de que viva en un edificio, al portero, para que sean ellos quienes suministren esta información a los censistas el día del relevamiento.
En caso contrario, como lo establece el decreto 726/2020, “quienes no suministren en término, falseen u omitan la información solicitada incurrirán en infracción y serán pasibles de multa”.
Al respecto, la última actualización de los montos especificados en la Ley N° 17.622 se publicó el 22 de febrero de este año en el Boletín Oficial y lleva la firma del director del Indec, Marco Lavagna. Allí se estipula una multa mínima de $1.076,36 para los que no respondan o mientan en el Censo, y una penalidad máxima que puede tocar los $106.799,35.
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