Caso Próvolo: piden a la Corte anular la absolución de la monja Kumiko y otras mujeres por los abusos sexuales a niños sordos
Hace un mes, en el “segundo megajuicio”, la Justicia mendocina dejó libre de culpa y cargo a todas las imputadas
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MENDOZA.– Los fiscales del caso Próvolo solicitaron al pleno de la Corte mendocina que anule la absolución judicial de la monja Kumiko Kosaka y otras acusadas por los abusos a niños sordos del ex instituto. El pedido llega casi un mes después de la sorpresiva decisión de un tribunal penal provincial en el “segundo megajuicio”, que dejó libre de culpa y cargo a todas las mujeres que habían sido imputadas, principalmente por la omisión de denunciar los vejámenes.
De esta manera, tanto la religiosa como las demás autoridades y ex empleadas del colegio donde se cometieron los ataques sexuales, por los que ya hubo una condena histórica contra sacerdotes y ex trabajadores en el “primer megajuicio”, tendrán que esperar a lo que determinen los siete ministros del máximo tribunal local.
El Ministerio Público Fiscal (MPF) informó que el fiscal jefe, Alejandro Iturbide, y el fiscal adjunto penal, Gonzalo Nazar, hicieron una presentación para que el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la provincia deje sin efecto el controversial fallo de las magistradas Gabriela Urciuolo, María Belén Salido y María Belén Renna, el cual se dio a conocer el pasado 18 de octubre.
Entre los principales fundamentos de la sentencia, las juezas expusieron que hubo una “visión de túnel” y segada por parte de los demandantes, con pruebas “profusas y confusas”, al tiempo que consideraron que las víctimas presentaban contradicciones en sus relatos, los cuales estaban “contaminados” e incluían situaciones fantasiosas, tal como adelantó LA NACIÓN.
En este sentido, los funcionarios judiciales Iturbide y Nazar, a través de un escrito, plantearon “todos y cada uno de los vicios de la sentencia”, por lo que apelan a la Corte para que actúe con sus siete miembros. Esto, a raíz de la trascendencia de los temas aludidos que “exceden el interés de las partes de este caso al referirse al tratamiento de personas con discapacidad”.
Principales agravios
Por tal motivo, enumeraron los “principales agravios” cometidos por el tribunal. En primer lugar, consideraron que no se valoró el testimonio de las víctimas conforme las pautas internacionales en casos de abusos sexuales ocurridos en la infancia, para mujeres en su mayoría, y personas con discapacidad.
En segundo término, entendieron que se le restó valor a los informes del E. De. A.A.S. (Equipo de Abordaje en Abuso Sexual dependiente del MPF) bajo el argumento de “trabajar sus profesionales solo con sesgo de confirmación de los hechos”. En este punto, expusieron que las tres juezas en momentos inmediatos anteriores a la sentencia e incluso en tiempo concomitante, “dictaron otras sentencias condenatorias valiéndose de informes del mismo organismo, sin queja alguna, y considerando valioso el aporte de sus profesionales”.
En tercer lugar, pusieron sobre la mesa que no se trataron 22 pruebas invocadas por la Fiscalía, entre testimoniales y documentales, que podrían haber dado un rumbo distinto a la sentencia. “No hay una sola palabra sobre estas pruebas”, señalan los fiscales.
Por último, denunciaron que se mejoró la posición de los defensores, “en varias situaciones, realizando planteos que ellos no efectuaron y considerando pruebas que no produjeron en el debate”.
Desde que el tribunal emitió el fallo, las víctimas y sus abogados, al igual que los fiscales, coincidieron en apelar la decisión, que los dejó perplejos. Todas las acusadas fueron absueltas por los delitos de participación primaria y secundaria del delito de omisión. No solo Kosaka, quien también había sido imputada por abusos simples y agravados, arriesgando una pena de 25 años de cárcel y 10 años de inhabilitación para ejercer cargos educativos y de custodia de menores, quedó desligada de los hechos, sino que la sentencia alcanzó a la también religiosa Asunción Martínez, las exdirectivas Graciela Pascual y Gladys Pinacca, y la cocinera Noemí Paz. Para ellas, la solicitud de penas iba de los 3 a los 18 años de cárcel. En tanto, afuera del proceso, por desistimiento de la acusación, ya habían quedado las exdirectivas Valeska Quintana, Laura Gateán y Cristina Leguiza, así como la psicóloga Cecilia Raffo.
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