Buscan controlar el uso de las bases de datos de las personas
Las empresas que manejan esa información deberán inscribirse en un registro
El Gobierno planea tener más control sobre el uso que se hace de los datos personales, por medio de la creación del Registro Nacional de Bases de Datos. Allí deben inscribirse, hasta el 31 de enero próximo, todas las empresas del país, entre ellas, las encargadas de dar informes sobre riesgo crediticio y las que recolectan datos con fines comerciales.
Pese a que la inscripción es obligatoria -y hay multas de entre $ 1000 y $ 50.000 para las que no lo hagan, según lo establece la ley de hábeas data (25.326)-, hasta ahora sólo se han registrado 68 entidades, desde que se abrió la inscripción, el 1° de agosto último.
"Ahora, si a una persona la llaman todos los días para ofrecerle un producto, la ayudaremos a llegar a esa base de datos para pedir que la retiren de la lista", graficó a LA NACION Juan Antonio Travieso, titular de la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales (Dnpdp).
Es decir que los particulares podrán dirigirse a la dirección y pedir que desde ahí le exijan al titular del registro que rectifique, actualice o suprima detalles referidos a su persona.
Tres semanas atrás, el Ministerio de Justicia de la Nación entregó los primeros certificados de inscripción a los responsables que ya fueron aprobados. Recibieron esos diplomas empresas como Veraz, Petrobras, la Asociación de Marketing Directo e Interactivo (Amdia), Roche, American Express y el Hospital Británico, entre otras.
"El número de bases donde pueden figurar nuestros datos es infernal. De esa forma, se puede entrecruzar la información y generar perfiles para hacer marketing directo", dice Daniel Altmark, director de la carrera de especialización en derecho informático de la Facultad de Derecho de la UBA.
En el registro deben inscribirse todos los archivos o bancos de datos privados, siempre que estén destinados a terceros, es decir, a hacerlos públicos. La legislación alcanza a las entidades que dan informes sobre riesgo crediticio, cámaras y asociaciones civiles, empresas de seguros, comerciales o industriales, y bancos, entre otros.
"Es una ley fundamental orientada a proteger la privacidad e intimidad de las personas, en este nuevo marco de impacto de la informática en la sociedad", indicó Altmark.
LA NACION consultó a Travieso en febrero de este año -cuando se creó el Registro- sobre la cantidad de personas que denuncian ser molestadas por empresas de marketing directo y que exigen ser borradas de sus listas.
Pocas denuncias
En aquel momento, el funcionario informó que las denuncias eran muy pocas y que no se había aplicado ninguna multa. Pese a los intentos para dialogar nuevamente con Travieso, no se pudo localizar al funcionario para actualizar la información.
Especialistas consultados por LA NACION pusieron en duda la capacidad de la Dnpdp para imponer sanciones a los organismos del Estado, en caso de que no cumplan con alguna de las disposiciones de la ley de hábeas data.
El abogado Gustavo Tanús, especialista en protección de datos personales, dijo que eso se debe a que, pese a que la dirección goza de "autonomía funcional" dentro de la órbita del Ministerio de Justicia, la designación y remoción de su director corresponden al Poder Ejecutivo, según el decreto 1558, que reglamenta su actividad.
En tanto, Carlos Saltor, abogado especialista en derecho informático, afirmó que la ley de hábeas data sigue el modelo español, donde funciona la Agencia de Protección de Datos. Sin embargo, el letrado cuestionó una diferencia entre los dos organismos:
"Allá, la autoridad de aplicación es independiente del gobierno. Nuestra ley disponía lo mismo pero, cuando se sancionó, el Poder Ejecutivo [en ese entonces a cargo de Fernando de la Rúa] vetó lo referido a la independencia de la dirección. Con eso le quitaron la gran potencialidad de defensa de los ciudadanos que poseía", dijo.
"En España se llegó a aplicar una sanción pecuniaria muy alta a Telefónica por vender datos a las agencias de publicidad. Pero acá, ¿cómo hace el director para investigar datos de la Anses o de la SIDE?", se preguntó Saltor.
Ley de hábeas data
- La instrumentación del Registro Nacional de Bases de Datos llega cinco años después de la aprobación de la ley 25.326, más conocida como ley de hábeas data. Entre otros puntos, la norma tiene por objeto "la protección integral de los datos personales asentados en archivos, registros, bancos de datos públicos y privados". Además, quienes "no cumplan con algunas de las disposiciones de la ley pueden recibir sanciones administrativas, entre las cuales figuran multas de entre 1000 y 10.000 pesos. Y será castigado con un mes y dos años de prisión quien inserte o haga insertar a sabiendas datos falsos en un archivo de datos personales".
Los tramites por seguir
A continuación se publican los pasos que se deben realizarse para inscribirse en el Registro Nacional de Bases de Datos.
Por Internet
- La inscripción en el Registro Nacional de Bases de Datos se realiza por Internet en la página www.jus.gov.ar/dnpdp/ , donde hay que llenar un formulario, que variará según el tipo de empresa de la que se trate. Allí hay que hacer constar la existencia de la base y no su contenido.
Detalles
- Se debe detallar, entre otras cosas, datos del responsable, identificación de la base que se administra y su ubicación, naturaleza de los datos, finalidades (si es para gestión administrativa o publicitaria, por ejemplo) y cuál es la fuente a través de la cual se obtuvieron los datos.
Costos
- El costo de los formularios varía de acuerdo con la cantidad de datos que almacena la base. Las que tienen consignadas menos de 5000 personas no abonan nada, pero de esa cifra en adelante hay que pagar y el costo máximo del formulario puede llegar a $ 3000. Las ONG tampoco abonan.
Certificado
- Las empresas podrán reclamar un isologotipo para cargar en su página de Internet y, de esa forma, certificar el cumplimiento de la norma.