Aprueban en general el proyecto de ley que autoriza la muerte digna
La Cámara de Diputados aprobó por amplia mayoría la normativa; ahora deberá ser tratado por el Senado
La Cámara de Diputados aprobó esta noche y giró al Senado para su sanción definitiva el proyecto que garantiza a los enfermos terminales el derecho a rechazar terapias que solo prolonguen su agonía, también calificado como ley de muerte digna.
La media sanción en general del proyecto -que establece los derechos del paciente en su relación con los profesionales e instituciones de la salud- fue votada a favor por 142 diputados y rechazada por 6, mientras otros dos se abstuvieron.
Sin embargo, en el debate en particular hubo más discrepancias, sobre todo en lo referido al caso en que el paciente no se encuentra en condición de expresar su voluntad de suspender los tratamientos.
La normativa establece que "el paciente tiene derecho a aceptar o rechazar determinadas terapias o procedimientos médicos o biológicos, con o sin expresión de causa, así como también a revocar posteriormente su manifestación de la voluntad". En ese sentido, indica que el paciente terminal puede rechazar procedimientos, cirugías y "medidas de soporte vital, cuando sean extraordinarias o desproporcionados en relación a las perspectivas de mejoría".
Pero, la persona afectada deberá expresar su postura ante el facultativo para lo cual en forma previa debe ser informado de su real estado de salud, los tratamientos a realizar y sus consecuencias, así como los efectos en caso de suspenderse algunos de los procedimientos médicos. También se establece que, en caso de que el paciente se vea impedido de dar su consentimiento, serán sus familiares o los responsables legales quienes deberán hacer conocer la decisión de prolongar la agonía por medios artificiales. En cambio, la ley no implica la legalización de la eutanasia ni el suicidio asistido, que sería felicitar a muerte del paciente.
La presidenta de la comisión de Legislación General, Vilma Ibarra, sostuvo que "la llamada ley de muerte digna debería ser llamada de vida digna", ya que a su entender la norma permite "garantizar el respeto a la autonomía de la voluntad para que las personas decidan cómo van a vivir hasta el último minuto de su vida, evitando el encarnizamiento médico".
Entre los principales cuestionamientos se mencionó la situación generada cuando un paciente no se encuentra en condiciones de expresar su deseo de eliminar o continuar procedimientos médicos, y el que establece la posibilidad de que el paciente puede rechazar alimentación e hidratación.
Este tema se instaló en la opinión pública recientemente por el pedido de Selva Herbón, una madre lucha por la "muerte digna" para su hija y que empezó a promover la discusión de proyectos legislativos que hoy se analizan.
CLAVES
Eutanasia: es la muerte por piedad. Está prohibida por la ley. Es cuando una persona decide que las condiciones de vida de la otra, un paciente con enfermedad terminal, no son dignas.
Muerte digna: la persona (o los tutores que establezca la ley) deciden preservar la dignidad durante el proceso de la muerte y no prolongar artificialmente la vida en forma química, física o biomecánica.
Suicidio asistido: el proyecto del diputado Juan Carlos Vega (Coalición Cívica) abre la puerta al suicidio asistido; esto es que la persona que padece una enfermedad degenerativa pueda solicitar que en un determinado momento del proceso de la dolencia, cuando ya no pueda expresarlo por sus propios medios, le suministren una droga para poner fin a su vida.
Situación agónica: fase gradual que precede a la muerte y que se manifiesta por un deterioro físico grave, debilidad extrema y pronóstico vital terminal. Los comités de bioética hablan de situación irreversible cuando el paciente ha pasado más de un año en esa situación sin ninguna mejoría.