Anses: cómo se otorga la pensión para familiares de víctimas del Covid-19 y quiénes pueden cobrarla
La obtención del beneficio depende de la fecha de fallecimiento y el grado de parentesco, entre otros criterios
- 3 minutos de lectura'
LA NACION
La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) otorga una pensión para los familiares de las víctimas del Covid-19 que hayan realizado tareas consideradas esenciales durante la pandemia. Esta prestación es aplicable para los fallecidos entre el 1° de marzo y el 30 de septiembre de 2020.
Se trata de una pensión vitalicia que se actualizará de acuerdo con la Ley de Movilidad Jubilatoria. Esa asistencia tiene un valor de $65.260, el equivalente a dos jubilaciones mínimas, y es compatible con otras prestaciones de la Anses, como la Asignación Universal por Hijo. Esta pensión se estableció a partir de la ley N° 27.549 sancionada en el Congreso nacional en junio de 2020.
¿Quiénes pueden acceder?
- La medida fue promulgada por el Poder Ejecutivo Nacional y es aplicable a los fallecidos por coronavirus hasta el 30 de septiembre de 2020.
- La condición necesaria para acceder a este beneficio adicional es que la persona fallecida víctima del Covid-19 haya realizado/desempeñado trabajos considerados esenciales.
¿Cuáles son los trabajos considerados esenciales?
- Trabajadores de la salud pública y privada
- Trabajadores de centros de salud y hospitales (mantenimiento, gastronomía, administrativos, etcétera)
- Trabajadores de las Fuerzas Armadas y de seguridad (pública y privada)
- Bomberos (tanto los dependientes de las fuerzas como los voluntarios)
- Empleados de correo
- Empleados de recolección de residuos patológicos y domiciliarios
- Trabajadores de migraciones
¿Cómo iniciar el trámite?
- Se puede iniciar en cualquier oficina de la Anses en el país.
- Se debe presentar la documentación médica respaldatoria del fallecimiento de la persona: certificado de defunción; estudios, análisis de laboratorio y la historia clínica.
- Allí debe constar haber cursado Covid-19. La pensión se cobrará desde el momento que se inicie la gestión y no cuando finalice el trámite, lo que suele tomar varios meses.
- No es necesario haber aportado al régimen nacional, pudo haber sido un trabajador aportante a una caja provincial. Basta con que su tipo de labor haya sido esencial.
- Se puede realizar la presentación vía web en: https://servicioscorp.anses.gob.ar/clavelogon/logon.aspx?system=siexp2
- Otra opción es realizar el trámite de forma presencial, con turno de la Anses desde: https://servicioswww.anses.gob.ar/TurnosInternet/g/82794d30b7cd4d9594db7d1301cbcd44/Burbujas/Prestaciones
- Allí también podrás consultar la información del día y el lugar del turno asignados y aceptarlo o cancelarlo.
- Hay que presentar la documentación en la unidad de atención integral (UDAI) u oficina del turno asignado.
¿Quiénes pueden pedirla?
- Esposo/a o conviviente
- Hijos menores a cargo del causante: hasta los 21 años, salvo en el caso de los discapacitados o aquellos con percepción de alimentos fijados, en cuya situación será hasta los 25 años
- Personas a cargo del trabajador fallecido
LA NACION
Conforme a los criterios de
Otras noticias de Coronavirus en la Argentina
Más leídas de Sociedad
Villa Gesell. Afirman que están cerca de dar con otras dos víctimas del derrumbe y se pierden las esperanzas
Tragedia en Villa Gesell. Las imágenes del derrumbe del hotel captadas por cámaras de seguridad de un edificio vecino
Esta noche. El fenómeno astronómico que tendrá como protagonistas a dos planetas y a una imponente constelación
Emergencia en altamar. La maniobra de Prefectura para evacuar de urgencia al tripulante de una embarcación con problemas cardíacos