Adoptan velozmente a una beba rechazada por su madre y su abuela
Sin padre conocido, la pequeña, de cinco meses, fue entregada a una familia antes de cumplirse el plazo de 180 días
Una beba de cinco meses fue adoptada en tiempo récord. Su mamá y su abuela no quisieron hacerse cargo de ella y tampoco tiene un padre conocido. Por lo tanto, antes de que se cumpliera el plazo máximo que establece el nuevo Código Civil y Comercial, fue dada en adopción y ya está con su nueva familia.
"El nuevo código ahora fija plazos. El equipo del juzgado tiene un máximo de 180 días para trabajar con la familia de origen y ver si es un caso de adopción. Si no tiene referentes afectivos, no tiene tíos ni abuelos, ahí decretás la situación de adoptabilidad", explicó a LA NACION Marisa Herrera, redactora del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación en materia de derecho de familia.
La jueza del Juzgado de Primera Instancia de Familia Nº 1 de San Isidro, Mónica Urbancic de Baxter, expresó que no existía "un ámbito biológico de adultos responsables a fin de asegurar el sostén de la niña, de cinco meses de edad, y en pleno y constante desarrollo".
En este sentido, el fallo adopta la figura de adoptabilidad, que es una nueva incorporación en el código: "La declaración judicial de la situación de adoptabilidad se dicta si las medidas excepcionales tendientes a que el niño, niña o adolescente permanezca en su familia de origen o ampliada no han dado resultado en un plazo máximo de 180 días".
La noche del 23 de enero de 2016, la madre y la abuela llegaron a un centro de atención sanitaria primaria. La chica, de 21 años, decía que tenía "un fuerte dolor de estómago". Según relata el fallo, las dos mujeres fueron al baño de la antesala del centro y allí se produjo un parto espontáneo. El personal médico la asistió de manera inmediata, constataron que era una niña y la trasladaron al sector de neonatología. "La madre desde un primer momento se negó a amamantarla o querer estar con su hija", indicó la jueza en el fallo.
A lo largo de las distintas entrevistas realizadas por el equipo del juzgado de San Isidro, la madre biológica insistió en "no poder hacerse cargo del cuidado y la crianza de su hija y querer darla en adopción". Además, dijo que no podía dar datos del padre porque no sabía en qué circunstancias había quedado embarazada.
La abuela también manifestó que no podía responsabilizarse del cuidado de la niña. Así, la beba quedó en virtual situación de desamparo y presta para la adoptabilidad, según la nueva normativa.
El código nuevo establece, además, el plazo de 45 días de puerperio. Esto significa que tienen que pasar esos días para que el consentimiento de entrega de la madre sea realmente sincero. "Con el nuevo código, al tener plazos, es para todos igual, sea el juez que sea. Antes dependía del juez según la importancia que le diera. Como no había plazo, nadie te obligaba a nada. Dependía de la celeridad y del compromiso del juez. Esto evita la discrecionalidad", insistió Herrera.
Unos días después del nacimiento, el juzgado "cursó innumerables notificaciones a fin de mantener una entrevista con la progenitora de la niña, tanto como en relación con la notificación de la legalización de la medida de abrigo dispuesta", pero la madre jamás respondió ni asistió a esas citaciones.
El 12 de febrero se dictó una medida de abrigo respecto de la niña y se determinó que el lugar de cumplimiento fuera un hogar de tránsito. Y hace una semana la jueza decidió que la beba ya tenía nueva familia y nueva casa: un matrimonio, y un hogar en Victoria, San Fernando.