Aborto no punible: el máximo tribunal de Córdoba rechazó un amparo contra el protocolo
En 2012, una ONG interpuso una medida para frenarlo; todavía resta que el fallo quede firme para que el procedimiento entre en vigor
CÓRDOBA.- Después de seis años, el Tribunal Superior de Justicia de esta provincia rechazó el amparo que frena el protocolo para abortos no punibles -procedimiento a aplicar en casos de embarazos por violaciones o que ponen en riesgo la salud de las madres-. De todos modos, hasta que el fallo no esté firme no se puede aplicar la guía en los hospitales provinciales. Rige un plazo para llevar el tema a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
La provincia publicó la guía para aplicar en casos de abortos no punibles en marzo de 2012, después de que un fallo de la Corte Suprema de la Nación instara a los gobiernos de todas las jurisdicciones a garantizar el acceso al procedimiento. Al día siguiente, la asociación "en defensa de la vida" Portal de Belén presentó un amparo. Por eso, el juez en lo Civil Federico Ossola dispuso la suspensión provisoria.
Cuatro meses después hizo lugar de forma parcial al recurso y dejó sin efecto la reglamentación de la causal de violación (solo exigía una declaración jurada para requerir el aborto). El gobierno provincial apeló la medida, pero la Cámara Tercera de Apelaciones ratificó la cautelar de Ossola y, en mayo de 2013, la misma cámara declaró inconstitucional al protocolo provincial por considerar que vulnera los "derechos de los niños por nacer".
Un año después, por las presentaciones de la provincia y de la Asociación Mujeres por el Derecho a Decidir, el caso llegó al Tribunal Superior de Justicia que recién se expidió ayer. Desde 2012 solo en la Maternidad Nacional y en el Hospital Nacional de Clínicas se realizan los procedimientos ya que son de jurisdicción nacional.
En su fallo, el Tribunal señala que, al no existir un caso concreto sobre el que expedirse, no correspondía revisar la constitucionalidad o no de la guía. El Portal de Belén tiene diez días para presentar un recurso extraordinario -seguramente lo hará- e impulsar que sea la Corte Suprema de la Nación la que revise el caso y defina. Sin embargo, el tribunal cordobés puede rechazar el recurso de revisión, con lo que la sentencia quedará en firme.
Solo diez días, desde 2012, estuvo vigente el protocolo en Córdoba. Ayer, mientras los jueces deliberaban se realizó un "pañuelazo" verde en la puerta de los tribunales. Entre las participantes estuvo la legisladora provincial Liliana Montero, que planteó que el fallo es el triunfo de "la lucha" mantenida por "miles de mujeres de distintos sectores políticos y sociales que queremos que se garantice lo que las leyes en la Argentina garantizan desde 2012 y en Córdoba estaba suspendida".
La diputada nacional de la UCR Olga Rista calificó la decisión como "una cuestión de justicia; había una falla importante que se notó en los casos de algunas niñas jóvenes violadas que no pudieron hacerse el aborto".
Desde la Asociación Mujeres por el Derecho a Decidir reclaman que el fallo sea de "inmediata aplicación", pero desde el Tribunal Superior entienden que se debe esperar a que quede firme y, recién entonces, se podrá instrumentar la guía definida por el Ministerio de Salud provincial.
Rodrigo Agrelo, abogado del Portal de Belén, criticó al gobernador Juan Schiaretti porque "se empecinó en mantener la guía. Si el gobierno la derogara, se acabaría [el problema]". Dijo que la decisión responde a las exigencias de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) para habilitar el ingreso de la Argentina.
La Guía de Procedimiento para la Atención de Pacientes que soliciten Prácticas de Aborto no Punible de Córdoba establece que no es necesaria la denuncia penal para acceder a la interrupción de un embarazo producto de una violación; en todos los casos es imprescindible el consentimiento informado de la embarazada.
Para las menores y para mujeres declaradas legalmente incapaces que no puedan consentir el acto, se requerirá el de sus representantes legales.
Qué dice la guía provincial
Sin denuncia
La guía de Córdoba establece que no es necesaria la denuncia penal para acceder a la interrupción de un embarazo producto de una violación. Sin embargo, en todos los casos es imprescindible el consentimiento informado de la embarazada
Consentimiento
Para las menores de edad y para mujeres declaradas legalmente incapaces que no puedan consentir el acto, se requerirá el de sus representantes legales
Confidencialidad
En todos los casos debe garantizarse una pronta y segura respuesta a la embarazada demandante del aborto no punible, resguardando su intimidad y la confidencialidad, preservando sus datos personales y familiar
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