Un tiro de FAL: indagan a ocho militares del Ejército por la muerte de un soldado voluntario en San Luis
El trágico suceso ocurrió durante una práctica en el Campo de Tiro de Salinas del Bebedero; otro soldado aspirante olvidó sacar una bala de la recámara y disparó el fusil durante su limpieza
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A partir de mañana serán indagados ocho militares del Ejército Argentino que deberán responder por su presunta responsabilidad en la muerte de José Javier Bechis, un soldado voluntario que alcanzado por un disparo de fusil FAL durante unas prácticas en el Campo de Tiro de Salinas del Bebedero, en San Luis.
El Juzgado Federal de San Luis hizo lugar al pedido del fiscal federal subrogante Cristian Rachid, que busca esclarecer las circunstancias en las que se produjo el trágico incidente durante el entrenamiento de disparo con fusil táctico llevados a cabo por integrantes del Grupo de Artillería Antiaérea 161 y del Grupo de Artillería 7.
Por el trágico hecho está imputado Elías Muñoz, que era soldado aspirante y fue quien portaba el FAL del cual salió el proyectil que hirió de muerte a Bechis, que tenía 19 años. Se le atribuye la autoría de homicidio culposo por imprudencia; otros siete suboficiales y oficiales que cumplían distintos roles durante la práctica mortal deberán responder por el mismo delito, pero en calidad de comisión por omisión, debido a no haber ejercido cabalmente sus deberes de control.
Según surge del dictamen del fiscal, tal como publicó el Ministerio Público Fiscal (MPF) su sitio fiscales.gob.ar, “entre las 12.30 y las 13.30 del 2 de septiembre de 2019, y luego de rendir una de las condiciones de tiro con el FAL que le fuera asignado desde su ingreso al Ejército, el también aspirante a soldado Elías Muñoz se retiró del predio con una bala sin percutar alojada en la recámara de su arma. El proyectil seguía ahí porque el imputado, por una manipulación defectuosa del fusil, no efectuó el último disparo, y abandonó ese sector sin efectuar tampoco el procedimiento necesario -para el que había sido instruido- para extraer el proyectil de la recámara”.
La fiscalía ponderó que “ninguno de los suboficiales próximos al tirador que auxiliaron al imputado durante la práctica, ni el mecánico armero que luego habría revisado el arma para destrabarla o calibrarla al finalizar la ronda de disparos, efectuaron las mínimas comprobaciones para advertir y evitar que el imputado abandonara el sector de línea de tiro portando un fusil FAL cargado”.
Luego de pasar por el mecánico armero, Muñoz continuó con su arma cargada hasta el puesto de entrega y recepción de municiones, cuyo responsable era el cabo 1° Sergio Winter Moran, asistido por Walter Barloa, del mismo rango, y donde oficiaba de escribiente Sergio Tobares. En ese lugar, el imputado entregó solo cinco vainas servidas de las seis que había recibido para efectuar la práctica y, a pesar de ello, Winter le entregó nuevas balas, y permitió que Muñoz se retirara con el sexto proyectil sin percutar en la recámara del fusil, reseñó el representante del MPF al solicitar las indagatorias.
“Muñoz continuó con su arma cargada hasta la carpa destinada al mantenimiento de los fusiles, en ese momento a cargo del cabo 1° Julián Correa. En ese lugar había más de veinte aspirantes, todos con sus respectivas armas, entre ellos la víctima Bechis. La aglomeración de personas armadas se debió a que, horas antes de ese mismo día, se decidió la reubicación de puestos y la unificación en una misma carpa del sector de mantenimiento de fusiles con el sector de línea de espera, lugar este último adonde los aspirantes debían aguardar -en tandas de a diez- para pasar a rendir las condiciones de tiro”, precisó la fiscalía.
Esta situación, derivada de las condiciones climáticas que dificultaban la logística de montaje del teatro de operaciones, hizo que en el mismo punto confluyeran quienes debían manipular los fusiles para su mantenimiento y quienes esperaban para ser convocados a la línea de tiro.
“Cuando Muñoz llegó a la carpa recibió la orden de Correa de limpiar su fusil junto con otros camaradas, entre los cuales se hallaba Bechis. El grupo se ubicó en semicírculo en la carpa, con el imputado a la izquierda de la víctima. Muñoz comenzó a manipular su fusil cargado con el cañón apuntando hacia su derecha, cuando se disparó la bala ubicada en la recámara, que impactó sobre Bechis, que falleció como consecuencia del disparo mientras era trasladado para recibir atención médica”. El proyectil, calibre 7.62, impactó en su hombro izquierdo. No hubo forma de salvarlo.
En aquel momento, el departamento de Comunicación Institucional de la Secretaría General del Ejército emitió el siguiente comunicado:
“El Ejército Argentino lamenta comunicar que en el día de la fecha se produjo el fallecimiento del Soldado Voluntario José Javier Bechis, perteneciente al Grupo de Artillería 7.
El hecho fue provocado por disparo de arma de fuego en forma accidental en circunstancias que se investigan mientras se desarrollaban actividades de práctica de tiro en el Campo de Instrucción Salinas del Bebedero, provincia de San Luis.
Sucedido el hecho, el soldado Bechis recibió atención médica inmediata y fue evacuado en ambulancia a la localidad de San Luis para obtener una atención de mayor complejidad, falleciendo durante el trayecto.
Al momento se están realizando las actuaciones judiciales bajo la competencia del juzgado federal de San Luis y el Ejército Argentino ha dado inicio a las actuaciones administrativas correspondientes.
La Guarnición Militar San Luis está abocada a dar contención a la familia y amigos del Soldado, acompañándolos en este difícil momento”.
La imputación también alcanza al teniente Alejandro Díaz Garro, que revestía el rol de director de tiro en la sesión en la que se produjo el homicidio de la víctima. Como máxima autoridad de la sesión, según la acusación el imputado incurrió en sendas violaciones reglamentarias y de los deberes que le correspondían, cuya observancia hubiera evitado el resultado penalmente prohibido, dado que organizó negligente y defectuosamente la práctica de tiro. De acuerdo al fiscal Rachid, Díaz Garro delegó en el Polígono de Tiro su responsabilidad como director sin cumplir la más elemental supervisión del funcionamiento y seguridad del sector.
El imputado tampoco previó la designación de un Oficial de Seguridad, exigible por reglamento, y no aseguró ni supervisó la documentación a llenarse durante la sesión de tiro, habiéndose secuestrado en el lugar de los hechos hojas sueltas, llenadas en forma incompleta en su mayoría con lápiz y sin firma alguna. Entre ella se encuentra una que consigna que Muñoz devolvió cinco vainas, lo que de haberse llevado en forma y supervisado estrictamente habría advertido e impedido que este se dirigiera al puesto de mantenimiento de fusiles con una bala sin percutar alojada en la recámara de su fusil.
La fiscalía consideró que Díaz Garro también dispuso y/o avaló la unificación en una única carpa de los puestos de limpieza de armamento y línea de espera, lo que significó una grave infracción reglamentaria. Esa organización negligente se combinó con que la supervisión del puesto unificado se confió con exclusividad a un solo suboficial, lo que hizo materialmente imposible una adecuada supervisión de las actividades incompatibles que se dispuso cumplir en la misma carpa.
Otros indagados
También fueron citados a prestar declaración los cabos primeros Roxana Garro y Rogelio Sánchez y los cabos Fernando Ahumada y Enrique Zárate, imputados por su presunta responsabilidad en “causar a otro la muerte por negligencia e inobservancia de los reglamentos y deberes a su cargo”. Según evaluó la Fiscalía Federal de San Luis, también comparecerá Carlos Lebrón, en su rol de mecánico armero y asistente de regulación en el puesto de control. Él “fue quien supervisó el arma de Muñoz y habría omitido las mínimas comprobaciones para advertir y evitar que abandonara su sector portando un fusil que alojaba en su recámara una bala sin percutar, restante de la condición de tiro que dicho aspirante acababa de rendir”, se publicó en fiscales.gob.ar.
En tanto, también declarará Sergio Winter Morán, que al momento de los hechos revistaba con el grado de cabo 1° y fue durante el ejercicio el responsable de la entrega de munición. El fiscal entiende que debió haber advertido que Muñoz le devolvía solo cinco vainas servidas -de lo que debió colegir que quedaba una en la recámara del FAL-, pese a lo cual le entregó una nueva ronda de balas para el siguiente ejercicio de tiro. Con esa bala en la recámara fue hasta la carpa destinada a la limpieza del armamento y como línea de espera para un nuevo ejercicio, lugar que se convirtió en la escena del trágico suceso.
En todos los casos se imputa la comisión en grado de autoría del delito de homicidio culposo, previsto por el artículo 84 del Código Penal, en la modalidad de comisión por imprudencia en el caso del aspirante Muñoz, y de comisión por omisión -u omisión impropia- en relación con el resto de los imputados.
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