Trata de personas. Condenan al exintendente de una localidad pampeana por permitir el funcionamiento ilegal de un prostíbulo
David Bravo, actual concejal de Colonia 25 de Mayo, pujante ciudad de la cuenca petrolera del oeste, recibió una pena de cinco años de prisión, al igual que la mujer que regenteaba el local
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David Bravo, concejal y exintendente de la localidad de Colonia 25 de Mayo, La Pampa, fue condenado a cinco años de prisión por haber permitido que funcionara un prostíbulo en esa ciudad de la cuenca petrolífera y gasífera del oeste, cercana al límite con Río Negro. La propietaria de la casa de citas recibió la misma pena y un excomisario que había sido acusado de encubrir la trata de personas con fines de explotación sexual terminó sobreseído.
Según informó el Ministerio Público en su portal institucional fiscales.gob.ar, el Tribunal Oral de Santa Rosa consideró al exintendente Bravo y a la proxeneta Nurys Caraballo Castillo –explotadora del antro que funcionó bajo los nombres de Venus y Karibian– por el delito de trata de personas cometido en perjuicio de más de tres víctimas en la modalidad de acogimiento de mujeres mayores de 18 años mediando abuso de su situación de vulnerabilidad, con fines de explotación sexual, mediante el facilitamiento y obtención de provecho económico de su comercio sexual. La mujer, en calidad de autora, y el edil, en calidad de partícipe necesario.
Los jueces Pablo Díaz Lacava, José Tripputi y Marcos Aguerrido coincidieron con la acusación de la fiscal Iara Silvestre en cuanto a los hechos ocurridos entre el 16 de diciembre de 2011 y el 6 de octubre de 2012. En cambio, discreparon con la representante del Ministerio Público en cuanto a otra de las acusaciones contra Bravo (declararon prescripto su incumplimiento de los deberes de funcionario público y, por lo tanto, no le aplicaron la pena de inhabilitación por tres años para el ejercicio de cargos públicos que había requerido la fiscal) y tampoco coincidieron con ella en cuanto a que el excomisario Miguel Ángel Oyarce debía recibir una pena de tres años de prisión en suspenso por encubrimiento agravado por su condición de funcionario público.
Según se informó en fiscales.gob.ar, la causa se inició el 13 de diciembre de 2011, a raíz de una denuncia realizada en la Delegación La Pampa de la Dirección Nacional de Migraciones. Una joven dominicana llamó por teléfono y afirmó que se había escapado de un cabaret ubicado en Colonia 25 de Mayo, en el sudoeste pampeano.
“La mujer relató que había sido maltratada y amenazada por parte de los dueños del prostíbulo, que allí había otras mujeres en la misma situación y que una de ellas se encontraba embarazada”, se explicó. La joven le dijo al empleado que recibió la denuncia que no había dado aviso dela situación a la policía “porque sabían todo”, y que “el jefe de la municipalidad al cabaret, le daban mil pesos y él firmaba”.
Como consecuencia de las tareas investigativas, el 16 de diciembre de 2011 se allanó el local nocturno. Durante el operativo se constató la presencia de diez mujeres: nueve dominicanas y una argentina. Se pudo corroborar que en el mismo predio donde se erigía el cabaret había habitaciones y varias camas, donde vivían las mujeres y se realizaban los “pases”.
Al momento del procedimiento, la encargada del local nocturno aportó la habilitación municipal correspondiente, que llevaba la firma del intendente Bravo, bajo el rubro de “cabaret”. El documento establecía como propietaria del lugar a Nurys Caraballo Castillo.
Sin embargo, una ordenanza municipal fechada el 3 de septiembre de 2010, firmada por el propio Bravo, prohibía “la habilitación de cabarets, whiskerías, clubes nocturnos y night clubs” en Colonia 25 de Mayo debido a que “han encubierto el delito de trata de personas, violando la Ley de Profilaxis, que prohíbe los prostíbulos en todo el país”.
El 2 de febrero de 2012, el Ministerio Público Fiscal solicitó la declaración indagatoria de Bravo, Caraballo Castillo y la encargada del local. Por un conflicto de competencia se demoró el avance de la causa y el 4 de junio de 2012 la Fiscalía Federal de Santa Rosa dio intervención a la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (Protex), a cargo de Marcelo Colombo y Alejandra Mángano, quienes insistieron sin éxito con el pedido para que se convoque a declarar los imputados.
La fiscalía advirtió que el prostíbulo llamado Venus había mutado su nombre a Restó Bar Karjbjan, y que permanecía a cargo de Caraballo Castillo. Detalló además que muchas de las mujeres que se encontraban trabajando como mozas en el local nocturno eran las mismas que se encontraban el día del allanamiento. Luego de la insistencia del Ministerio Público Fiscal, el juzgado hizo lugar al pedido de indagatoria. En la investigación se comprobó, incluso, que el “Bar Karjbjan” también había sido habilitado por el intendente Bravo.
Caraballo Castillo y la encargada del prostíbulo fueron indagadas el 11 de octubre de 2013. En agosto de 2014, el entonces fiscal federal Juan Baric imputó a Bravo por haber permitido el funcionamiento del prostíbulo investigado a pesar de existir una ordenanza –que lleva su firma– que prohíbe “la habilitación de cabarets, night clubs, whiskerías, etc. dentro del territorio de 25 de Mayo”. Finalmente, la Fiscalía Federal de Primera Instancia de Santa Rosa requirió la elevación a juicio de la causa en noviembre de 2020.
En marzo de 2013, el intendente Bravo había sido condenado por la justicia provincial a siete meses de prisión en suspenso e inhabilitación especial por 14 meses para su desempeño en el ejercicio de cargos públicos, por abuso de autoridad en el marco de otro caso de trata de personas. En julio de 2014, el Tribunal de Impugnación confirmó la condena.
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