Tras diez años en la cárcel, conceden salidas transitorias a Susana Freydoz, condenada por matar a su marido, el gobernador de Río Negro Carlos Soria
Tendrá tres por mes, una de 24 y otra de 48 horas, y no podrá salir de los límites geográficos de la ciudad de General Roca ni dormir en otro domicilio que el que autorizó la Justicia; es el paso previo a la obtención de una libertad condicional por el crimen ocurrido el 1° de enero de 2012
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La Justicia de Río Negro le otorgó el beneficio de dos salidas transitorias mensuales a Susana Graciela Freydoz, quien cumple una condena de 18 años de prisión por el asesinato de su marido y gobernador electo Carlos Soria, ocurrido en enero de 2012, informaron fuentes judiciales.
Según la información oficial, el juez Fernando Romera verificó en una audiencia el cumplimiento de todos los requisitos legales, y fijó el régimen de salidas transitorias por el plazo de tres meses, incluyendo todo el mes de febrero de 2023.
”El permiso está limitado a 72 horas mensuales de salidas transitorias, una salida de 24 horas y una salida de 48 horas”, se aclaró.
En ese sentido, el juez estableció que “cada salida será con acompañamiento de un tutor y monitoreada con un dispositivo electrónico GPS”, y que “durante las salidas la mujer no podrá exceder los límites de la ciudad de General Roca y deberá pernoctar en el domicilio específicamente asignado para el cumplimiento del beneficio”.
Asimismo, “finalizado el horario tope para cada salida, la mujer de 72 años deberá regresar a la vivienda donde actualmente cumple la condena bajo la modalidad de prisión domiciliaria”.
Según se explicó en la disposición, si la mujer detenida cumple adecuadamente con todas las pautas y condiciones establecidas para los tres próximos meses, el juzgado quedará en condiciones de realizar una nueva audiencia para tratar el beneficio de libertad condicional que fue solicitado por su defensa.
Desde la Justicia, finalmente se aclaró que el Juzgado de Ejecución de Roca mantiene un criterio en este tipo de casos que es avalado por diversas sentencias de Tribunales de Revisión.
El mismo, “establece que toda persona condenada debe superar con éxito la etapa de las salidas transitorias para poder acceder a un beneficio mayor, como es la libertad condicional”.
Un crimen conmocionante
El homicidio fue cometido el 1° de enero de 2012 en la habitación matrimonial de la chacra de la familia Soria, ubicada en las afueras de General Roca, donde la víctima, que había asumido como gobernador 21 días antes, estaba recostada en la cama.
En el juicio, quedó probado que luego de lavar los platos en la cocina junto a su hija María Emilia, Freydoz fue al dormitorio y se inició una fuerte discusión matrimonial.
En medio del altercado, la mujer tomó de la mesa de luz un revólver calibre .38 y le disparó a su esposo, a no más de 50 centímetros de distancia, una bala que le ingresó por el pómulo derecho del rostro y le provocó la muerte en el acto.
Freydoz fue condenada por el delito de “homicidio calificado por el vínculo” pero no recibió la pena de prisión perpetua –prevista para ese tipo de asesinato– porque la Cámara del Crimen de General Roca consideró que existieron “circunstancias extraordinarias de atenuación” y le dieron una pena de 18 años de prisión.
Tanto la defensa como la fiscalía apelaron el fallo de la Cámara, pero el Superior Tribunal rechazó ambas apelaciones confirmando la condena.
En mayo de 2015, la Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó un recurso de queja contra la sentencia que confirmó la pena para la viuda de Soria.
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