Tragedia de Austral: 24 años después de la caída del avión en Fray Bentos, fueron absueltos los acusados
Fue la peor catástrofe de la aviación civil nacional, donde murieron 74 personas; el debate había comenzado en marzo de 2019 con exdirectivos de la empresa y exfuncionarios de la Fuerza Aérea sentados en el banquillo de los acusados
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Veinticuatro años, dos meses y 13 días después de la peor catástrofe de la aviación civil nacional, la caída de un avión de la línea aérea Austral en Fray Bentos, en Uruguay, donde murieron 74 personas, la Justicia absolvió a 33 de los acusados que fueron juzgados por el delito de estrago doloso. El juicio había comenzado en marzo de 2019.
La decisión de absolver a los exdirectivos de la empresa y a exfuncionarios de la Fuerza Aérea fue tomada por el Tribunal Oral Federal (TOF) porteño N° 5, integrado por los jueces José Martínez Sobrino, Adriana Palliotti y Daniel Obligado. Los fundamentos de la sentencia se conocerán en marzo próximo.
La caída del avión DC9-32, conocida como la tragedia de Austral, ocurrió el 10 de octubre de 1997. La aeronave había despegado del aeropuerto de Posadas, en Misiones, y tenía como destino el aeroparque metropolitano Jorge Newbery, en Buenos Aires.
Hace tres meses, en su alegato, el fiscal Juan Patricio García Elorrio consideró que no había pruebas suficientes para inculpar a las personas sentadas en el banquillo de los acusados. El representante del Ministerio Público consideró que ante la insuficiencia de elementos de cargo debía primar el principio de in dubio pro reo, es decir, que ante la duda se debe fallar a favor del imputado. De tal forma, postuló la absolución de todos los acusados por el delito más grave porque las pruebas recogidas en la instrucción y en el debate oral “no tienen el grado de consistencia requerido para que caiga el principio de inocencia”.
García Elorrio consideró que no podía tomarse como prueba válida el informe final de la Comisión Investigadora de Accidentes de Aviación Civil de la República Oriental del Uruguay (Ciada), que determinó como una de las causas de la tragedia aérea la condición de engelamiento de los tubos pitot del McDonnell Douglas DC9-32 de Austral, que produjeron lecturas erróneas en los velocímetros y llevaron a los pilotos, en medio de una tormenta, a tomar decisiones desacertadas que derivaron en el desastre aéreo.
García Elorrio tomó como válidas las conclusiones de un peritaje ordenado por el tribunal, en el que la mayoría de los peritos consideró que eran válidas las observaciones que la Junta de Investigaciones de Accidentes de Aviación Civil de la República Argentina (Jiacc) había hecho al informe final uruguayo, para sustentar la postura de que la tragedia se debía, exclusivamente, a los errores cometidos por los pilotos.
La audiencia donde el juez Martínez Sobrino leyó el veredicto, como la gran parte del debate, se realizó de forma virtual por medio de la plataforma Zoom y fue transmitida por el canal de Youtube del Poder Judicial de la Nación (PJN).
El único imputado para que el Ministerio Público había solicitado una condena, Danilo Wenk, falleció hace unos días. Se trata de un exfuncionario de la desaparecida Dirección Nacional de Aeronavegación. El fiscal consideró que había falseado un documento para justificar el desvío de las normas vigentes que permitió a la aerolínea (entonces, cedida en concesión al Instituto Nacional de Industria de España) operar aquel avión sin una alarma que era de uso obligatorio. Había pedido la pena de tres años de prisión en suspenso.
“Tengo que decir esta fue la última causa que presido. Me he jubilado el año pasado. Ingresé en el PJN en 1968. Desde año 1993 hasta ahora en el fuero federal. No puedo dejar de señalar el agradecimiento a todas las partes que intervinieron. Todos colaboraron y pusieron su empeño para que este juicio avanzara. La novedosa temática, una tragedia aérea con tantas víctimas, nos obligó a tener un plus de dedicación y de concentración porque teníamos que juzgar las responsabilidades de los imputados en un hecho tan terrible”, sostuvo Martínez Sobrino antes de leer el veredicto.
“Nos matamos”
En la audiencia celebrada el 28 de agosto de 2019, se transmitió el audio de las conversaciones de los pilotos del vuelo AU 2553 de Austral. De los 18 minutos de la grabación, los últimos dos comienzan a prefigurar la catástrofe que se avecinaba. Piloto y copiloto, Jorge Cécere y Horacio Núñez, advierten serios problemas en las mediciones del instrumental mientras atravesaban una tormenta peligrosa, a la altura de Entre Ríos, en el trayecto hacia aeroparque.
Imposibilitados de guiarse de modo visual a través de la tormenta helada, con indicaciones de instrumental erráticas que les indicaban una pérdida de velocidad, intentan comunicarse con el control del Aeropuerto de Ezeiza para pedir permiso para el descenso. A partir del minuto 17.06, el tono de voz del comandante, Jorge Cécere, denota la urgencia: “¡Por favor, autoríceme ya el descenso!”, casi grita.
A partir de entonces los tripulantes del avión se dan cuenta de la inevitabilidad de la inminente tragedia. Pero la fatalidad los alcanza y 24 segundos después se escucha que grita “!No, no, carajo! ¡Nos matamos, la puta que lo parió! ¡Nos matamos, la concha de la lora!”, en un tono que heló la sangre de todos los presentes en una sala de audiencias (faltaban siete meses para que la pandemia de Covid-19 obligara a que el debate continuara de forma virtual) de los tribunales federales de Comodoro Py.
“Nunca había escuchado este audio. Fue terrible, sobre todo la parte final. Se me vino a la cabeza todo lo que pudieron haber sentido todos arriba del avión”, había dicho a LA NACION ese día Silvina Rumachella, abogada de la querella y hermana de una de las víctimas, la auxiliar de a bordo Bibiana Rumachella.
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