Sor Marina, culpable: condenaron a diez años de prisión a una monja por abusar de cinco niñas en un hogar de San Isidro
La decisión recayó sobre María Tellez Fajardo, una ciudadana colombiana de 66 años; las víctimas convivían con su abusadora
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Dos años y medio después de su detención en el Hogar Comunidad de las Hermanas Trinitarias de Boulogne, en San Isidro, María Tellez Fajardo, la monja conocida como Sor Marina, fue condenada a la pena de diez años de prisión al ser encontrada culpable del delito de “abuso sexual gravemente ultrajante agravado por tratarse de una persona encargada de la guarda y contra menores de 18 años y aprovechando la situación de convivencia preexistente, su relación de autoridad y que la víctima no haya podido consentir libremente el accionar”.
Así lo resolvió hoy el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) N° 1 de San Isidro, integrado por los jueces Gonzalo Aquino, Alberto Ortolani, y Sebastián Urquijo, según informaron a LA NACION fuentes judiciales.
Las víctimas eran cinco niñas y adolescentes que convivían con Sor Marina en el citado hogar y en el momento de los hechos investigados tenían entre 12 y 17 años.
En el punto segundo de la parte resolutiva, los magistrados dispusieron, una vez que la condena se encuentre firme, revocar el beneficio del arresto domiciliario del que goza la religiosa.
“Lo que ha quedado probado aquí es que la imputada no protagonizó un acto aislado, fugaz, discontinuo o sorpresivo en perjuicio de sus víctimas. Todo lo contrario. Es que la conducta disvaliosa desplegada por Tellez Fajardo consistió en tocamientos en la zona vaginal, anal y pechos de las menores durante un período aproximado de entre dos y cinco años”, sostuvo en la sentencia el juez Aquino.
En su alegato, el representante del Ministerio Público Fiscal en el juicio, Sergio Szyldergemejn, solicitó la pena de diez años de cárcel para Sor Marina por el delito de abuso sexual gravemente ultrajante agravado por tratarse de una persona encargada de la guarda, y contra menores de 18 años y aprovechando la situación de convivencia preexistente, su relación de autoridad y que las víctimas no hayan podido consentir libremente la acción.
La abogada Karina Marti, que representó a la particular damnificada, había pedido que la monja sea condenada a diez años de cárcel.
La defensa de Sor Marina, encabezada por Alejandro Lopez Romano, manifestó que “impugnara la resolución que condenó a la religiosa, para que sea revisado por el Tribunal de Casación de la Provincia de Buenos Aires”. Y agregó: “De esta manera, luego de analizar exhaustivamente todos los pormenores de la sentencia, buscaremos en la instancia superior, plantear que hubo inaplicabilidad de la ley y la doctrina legal dado que se han calificado los hechos sobre una figura más gravosa que la que representaban las denuncias. De hecho, uno de los tres jueces se manifestó en este sentido al plantear en el fallo la figura del abuso sexual simple, que hubiera merecido una pena sustancialmente menor”.
Además enfatizó que “no se han valorado elementos probatorios objetivos que contradicen las conclusiones y razonamientos para quebrar el principio de inocencia”.
El hogar donde ocurrieron los abusos por los que fue condenada Sor Marina está situado en Carlos Tejedor al 300, en Boulogne. Los abusos, según el expediente judicial, ocurrieron entre 2017 y 2021, cuando la monja fue detenida.
“N. refiere que había sufrido abuso por parte de una de las monjas del hogar en el que está alojada. Esto es Hogar de las Hermanas Trinitarias en Boulogne. Y que el abuso habría sido perpetrado por Sor Marina. Que el mismo comenzó el año pasado, en lo que la menor refiere, habría sido tocamiento impropio y que si bien, tuvo algún tiempo en que esta acción no se repitió, hace unas semanas volvió a suceder. Ya no con respecto al tocamiento en sí, sino a que, al momento de bañarse, refiere la menor que ´el baño tiene ventanas en mal estado y que no todas impiden la visión de afuera hacia adentro, y que vio a Sor Marina, mirarla al bañarse... N. me manifiesta que está muy insegura y temerosa en el hogar, que trata de no manejarse sola y que teme cada vez que tiene que bañarse”, se sostuvo en la denuncia que dio origen a la investigación y que fue presentada por medio de un correo electrónico por una abogada.
En el juicio declararon las víctimas. “Durante el tiempo que estuve en el hogar en varias ocasiones la hermana Marina me pasaba la mano por la cola estando en la cocina a solas, también cuando estábamos en el depósito. Siempre me tocaba de la misma manera, una caricia en la espalda y terminaba en la cola, nunca le dije nada. No sentía que fuese algo, que fuese sin querer”, sostuvo A. F., una de las damnificadas.
Cuando a la víctima, en la audiencia, le preguntaron qué sintió con todo lo que sufrió, la joven espeto: “Me genera odio que haya pasado. No conmigo, sino con otras chicas, sí, odio me genera”.
Al fundamentar su voto, al que adhirieron sus colegas, el juez Aquino afirmó: “Analizados los relatos de las víctimas, no advierto que las mismas se hayan pronunciado con algún interés ajeno a la búsqueda de la verdad, manifestando tan solo aquellas circunstancias que en desgracia les tocaran vivenciar, motivo por el cual a sus dichos otorgo pleno valor probatorio”.
Sor Marina declaró en el juicio. Al igual que en su declaración indagatoria, durante la instrucción de la causa, negó las acusaciones. “Como dije al principio, yo no toque nunca ni a esa primera menor que me denuncia ni a nadie. Nunca jamás pasaron esos hechos, por lo menos no que los hice yo, jamás cometí los hechos que dijeron acá, ni palmadas, ni nalgadas, ni mucho menos las aberraciones que dijeron que yo las toque, las manosee. Nunca. Nunca paso”, dijo la religiosa acusada.
Antes de terminar su declaración, Sor Marina afirmó: “Quiero decir que no es justo lo que me está pasando, porque yo nunca, pero nunca jamás cometí esos hechos, ningún hecho de esos de los que estoy acusada. Nunca jamás. No sé si ellas [las víctimas] esperaban algo de mí, que no me di cuenta, que no les brinde o en qué las lastime. Es más, quisiera poder hablar con ellas. Quisiera saber en qué la lastimé [por la primera víctima que hizo la denuncia] porque se ofendió tanto conmigo, y se enojó tanto para hacerme este mal, este daño”.
Para los jueces Aquino, Ortolani y Urquijo, las pruebas debatidas en el debate fueron suficiente para condenar a Sor Marina.
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