Sobreseyeron al abogado Víctor Stinfale por la tragedia de Time Warp
A un mes y diez días de que se cumpla el cuarto aniversario de la tragedia de Time Warp, donde murieron cinco jóvenes por "intoxicación de drogas de abuso", la jueza federal María Eugenia Capuchetti sobreseyó al abogado y empresario Víctor Stinfale.
Stinfale, de 56 años, estaba procesado por el delito de facilitación de lugar para la comercialización de estupefacientes agravado, en concurso ideal con el delito de homicidio culposo y lesiones graves culposas. En su fallo, la jueza federal Capuchetti también sobreseyó al comerciante Walter Santángelo.
"No advierto que Santángelo y Stinfale (que formaron parte de la organización del evento con basamento en Dell Producciones SA y Energy Group SRL) hayan realizado conductas concretas de las cuales pudiera concluirse que incrementaron el riesgo de muerte y lesión. Tal como surge de lo detallado anteriormente y conforme se verá seguidamente, se observa un obrar diligente de los organizadores en cuanto contrataron médicos y socorristas que, a su vez, obraron correctamente en sus respectivas tareas. Lo sucedido demuestra que con la prueba aunada recientemente, atribuirle responsabilidad a Stinfale y Santángelo por las muertes que ocurrieron en el evento es erróneo y carente de sustento teórico y fáctico", afirmó la jueza en su fallo, firmado hoy.
La trágica fiesta electrónica, el capítulo argentino del festival internacional Time Warp realizado en Costa Salguero, comenzó la noche del 15 de abril de 2016. Las víctimas mortales fueron Nicolás Becerra, Francisco Ernesto Bertotti, Bruno Claudio Boni, Martín Bazano y Andrés Valdez.
"Quedó claro en el expediente que Stinfale no tuvo ninguna participación en la trágica fiesta electrónica", afirmó a LA NACION Mariano Cúneo Libarona, abogado defensor de Stinfale.
En un primer momento, la causa estuvo a cargo del juez federal Sebastián Casenello, con la participación del fiscal federal Federico Delgado.
Casanello, que después fue apartado por la Cámara Federal de Apelaciones, había ordenado la detención de Stinfale, que en ese momento fue beneficiado con un arresto domiciliario. El magistrado había procesado al conocido abogado y empresario por los delitos de comercio de estupefacientes y abandono agravado de persona seguido de muerte.
Pero la Sala II de la Cámara Federal, con las firmas de los jueces Eduardo Farah y Martín Irurzun, cambió la calificación del delito, que entonces pasó a ser facilitación del lugar para el consumo y venta de estupefacientes, homicidio culposo y lesiones graves culposas.
La defensa de Stinfale recusó a Delgado, consiguió apartarlo del expediente. El Ministerio Público comenzó a ser representado entonces por el fiscal federal Ramiro González. En mayo del año pasado, la jueza federal Capuchetti juró como titular del Juzgado en lo Criminal y Correccional Federal N°4, históricamente a cargo de Norberto Oyarbide, y se hizo cargo del expediente de Time Warp.
En su resolución, Capuchetti hizo referencia a la opinión del fiscal González. El representante del Ministerio Público había sostenido en su dictamen que Stinfale y Santángelo no tuvieron intervención alguna [en la organización de la fiesta electrónica].
González, según se desprende del fallo de Capuchetti, afirmó que se debía hacer lugar a la excepción interpuesta por Cúneo Libarona "en el entendimiento de que no se ha probado intervención alguna por parte de Stinfale y Santángelo en los hechos que culminaron con las muertes [de los cinco jóvenes]".
En cambio, las querellas opinaron que se debía rechazar la presentación de la defensa de Stinfale.