Sobreseída y condecorada. Ahora piden procesar a una agente de policía que mató de un tiro a un ladrón de 15 años en un colectivo
El fiscal Leonel Gómez Barbella acusa a Melina Daniela Briscia de homicidio agravado por alevosía contra Lucas Insaurralde Gorosito, que había subido con un cómplice a robar en un interno de la línea 47 en Villa Lugano; el gobierno porteño le otorgó un ascenso especial por ese “acto de servicio”
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Un fiscal volvió a pedir que se revoque el sobreseimiento y se dicte el procesamiento con prisión preventiva a una agente de la Policía de la Ciudad que en octubre de 2020 mató de un tiro a un adolescente de 15 años que, junto a un joven, subió a robar a un colectivo en Villa Lugano, al apelar el sobreseimiento de una jueza por considerar que la oficial se excedió en sus funciones policiales al disparar a corta distancia contra el chico a pesar de que no estaba armado.
El fiscal Leonel Gómez Barbella –el mismo que en mayo pasado solicitó que 14 policías porteños sean sometidos a juicio por el asesinato del adolescente Lucas González en Barracas– requirió que Melina Daniela Briscia sea procesada y quede bajo arresto por el homicidio de Lucas Insaurralde Gorosito.
”No puede sostenerse bajo ningún concepto que el obrar de Briscia, esto es, haber disparado hacia una persona desarmada a corta distancia y a una zona vital, hubiese respetado los principios de oportunidad, de proporcionalidad y de gradualidad que deben regir su accionar en situaciones como la de estudio, dado que esas circunstancias son demostrativas de que el único fin perseguido fue el de atentar contra la vida del joven”, sostuvo el fiscal en su apelación del sobreseimiento de la integrante de la fuerza de seguridad porteña.
Gómez Barbella consideró que “el juzgado pretende ‘justificar’ la muerte de un joven de 15 años desarmado a causa de los disparos que le efectuó en el pecho Melina Briscia”, por lo que adelantó que, en caso de que el sobreseimiento no sea revocado, apelará a la Cámara de Casación Penal, dijeron voceros consultados por Télam.
El hecho ocurrió a las 22030 del 15 de octubre de 2020 en el interno 106 de la línea de colectivos 47, que fue abordado por Gorosito y Leandro Magallanes, de 32 años, en la parada de Albariño y Riestra, de Villa Lugano. Poco más adelante, en Somellera y avenida Argentina –a seis cuadras del Parque Indoamericano–, comenzaron a ejecutar el robo.
Según se determinó en la pesquisa, mientras Magallanes amenazó con un arma al chofer –y llegó a gatillarle en la cabeza–, el adolescente comenzó a pasar por algunos asientos con intenciones de apoderarse de los celulares a los pasajeros.
En esas circunstancias, Briscia, que se desempeñaba en la División Sumarios y Brigadas de la Comisaría Comunal 8 de la Policía de la Ciudad e iba vestida de civil, se identificó y efectuó al menos dos disparos, uno que dio en el pecho del adolescente y el restante, en la espalda de su cómplice.
Los dos ladrones bajaron del colectivo y escaparon. El chico de 15 años fue trasladado herido al Hospital General de Agudos Cecilia Grierson, de Villa Soldati, donde murió minutos después, mientras que su cómplice fue detenido y en septiembre del año pasado fue condenado por el hecho a 4 años y 5 meses de prisión en un juicio abreviado, dijeron las fuentes. En 2016, Magallanes ya había sido condenado a cumplir 546 horas de trabajo comunitario por haber intentado robar en dos oportunidades un mismo quiosco con una semana de diferencia.
Al analizar las evidencias periciales, testimonios y demás elementos recolectados en la causa, el representante del Ministerio Público Fiscal (MPF) concluyó que la policía “debió adecuar sus conductas y prácticas a las normas constitucionales, legales y reglamentarias vigentes” por lo que no resultaba posible “otorgar sustento legal razonable a la decisión de dispararle al pecho al adolescente que finalmente falleciera”.
”La actuación de Briscia se exhibe contraria a las previsiones del Sistema Integral de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como exorbitante frente a las exigencias circunstanciales de necesidad y razonabilidad que demanda el legítimo ejercicio de una función pública y la defensa propia o de terceros”, consideró Gómez Barbella, quien añadió que “al descartarse la existencia de armas de fuego” en poder del adolescente y, “en consecuencia la verificación de una situación de peligro”, no pude darse “sustento legal razonable a la decisión de la nombrada de disparar al pecho del niño, dentro de una unidad de transporte público y a escasa distancia”.
Por tal motivo, el representante del MPF solicitó el procesamiento de Briscia por el delito de “homicidio agravado por haber sido cometido con alevosía y abusando de su función o cargo, resultando ser miembro una fuerza policial " y su prisión preventiva ante el “riego de fuga” y de “entorpecimiento de la investigación”.
Si bien al declarar como imputada la mujer policía dijo que el menor le exhibió un arma, cuya empuñadura pudo ver, el fiscal dijo que en la causa quedó “comprobada la inexistencia de algún arma que llevase Lucas Insaurralde Gorosito”.
Condecoración y sobreseimiento
Además de los dichos de la acusada, el fiscal mencionó que tras el hecho, cuando las autoridades del gobierno porteño otorgaron un ascenso extraordinario a Briscia por acto destacado de servicio, se reseñó el suceso y nunca se hizo referencia a que el menor de edad estuviera armado.
No obstante, el 1 de agosto pasado, la jueza de Instrucción N°7, Paula González, rechazó el pedido del MPF y sobreseyó a la policía por considerar que actuó en defensa de sí y de terceros.
”Briscia, en su carácter de funcionaria policial, debía dirigir su accionar en miras a brindar seguridad a las personas y protegerlas frente a hechos ilícitos que configuraban una grave lesión hacia sus libertades y derechos, tal el caso, en el que dos individuos, uno de ellos indiscutiblemente armado, abordaron un ómnibus con el fin de desapoderar a los pasajeros de sus pertenencias”, describió.
En esas condiciones, según consideró la jueza, “no es posible exigir a la nombrada que haya llevado adelante una conducta diferente a la emprendida”.
“No tuvo otra alternativa que hacer cesar el ilícito en curso y también velar por la integridad física de todas las personas que viajaban en el colectivo, una de las cuales era apuntada con un arma de fuego. Ese fue el único fin con el cual disparó hacia Insaurralde Gorosito”, resaltó la magistrada.
El sobreseimiento fue apelado el 3 de agosto pasado por Gómez Barbella, quien pidió que se revoque esa decisión y se procese a la policía, ya que “no puede sostenerse bajo ningún concepto que el obrar de Briscia, esto es, haber disparado hacia una persona desarmada a corta distancia y a una zona vital, hubiese respetado los principios de oportunidad, de proporcionalidad y de gradualidad que deben regir su accionar”.
Para el fiscal, la policía “podría, por ejemplo, haber reducido sin disparos ni poner en peligro, como finalmente ocurrió, acabando con la vida de uno de los jóvenes, sino que también colocó en serio riesgo la vida del resto de los pasajeros disparando su arma de fuego dentro del colectivo.
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