Sanciones financieras. Juntos por el Cambio impulsa una ley para congelar en el acto bienes y cuentas de narcotraficantes
Deberá aplicarlo el Poder Ejecutivo Nacional, sin necesidad de orden judicial previa, aunque la medida podrá ser revisada por un juez
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El diputado nacional Diego Santilli, uno de los principales alfiles de Juntos por el Cambio en el Congreso, acaba de presentar un proyecto de ley para congelar de inmediato los activos de las organizaciones narcocriminales mientras se sustancian las causas judiciales.
Con el nombre de “Programa de sanciones financieras selectivas contra personas humanas, jurídicas y entidades vinculadas a actividades de tráfico ilícito de estupefacientes”, el proyecto que ingresó al Congreso hoy a las 16, busca crear un marco normativo aplicable para impedir a las personas o firmas bajo sospecha de estar ligadas a operaciones de tráfico de estupefacientes el acceso a sus operaciones financieras. Para eso, se congelarán sus bienes y sus cuentas y se prohibirá la asistencia de terceros que estén en capacidad de movilizar de cualquier manera esos activos. Será el Poder Ejecutivo el que deberá identificar a quienes se aplicarán las medidas “tendientes a neutralizar la capacidad económico-financiera ilícita de personas humanas, jurídicas o entidades designadas por su vínculo significativo con actividades de tráfico ilícito de estupefacientes”.
En el contexto en el que se presentó, el proyecto de Santilli, que fue acompañado con la firma de los diputados nacionales de JxC Cristian Ritondo, María Eugenia Vidal, Graciela Ocaña, Paula Oliveto, Rogelio Frigerio, Ricardo Lopez Murphy, Álvaro González, Silvia Lospennato, Waldo Wolff, Gerardo Milman, y el diputado nacional de Avanza Libertad, José Luis Espert, aparece como la contracara de la más reciente iniciativa impulsada por el oficialismo en el Senado.
El bloque de senadores del Frente de Todos (FdT) presentó este lunes un proyecto de ley para armar un “Fondo Nacional para la cancelación de la deuda con el Fondo Monetario Internacional (FMI)”. La iniciativa busca que aquellos que tengan bienes en el exterior que no estén declarados hagan un aporte especial. “Este aporte no representará una nueva carga impositiva para la mayoría de los argentinos y argentinas, ya que solo les corresponderá para pagar a quienes tengan bienes en el exterior, estén evadiendo impuestos o lavando dinero. Los alcanzados por este aporte deberán realizar un aporte del 20% de sus bienes no declarados, que deberá ser abonado en dólares”, expresa la iniciativa, que cuenta con el beneplácito del Gobierno. Para la oposición, en cambio, se trata de “un blanqueo encubierto” hecho a la medida de quienes tienen en el exterior “su dinero en negro”, como manifestó el senador opositor Martín Lousteau.
Decisión administrativa y control judicial
El programa de sanciones será responsabilidad del Poder Ejecutivo Nacional, por lo que el Presidente deberá determinar qué organismo de la administración pública será el encargado de su aplicación. El congelamiento de bienes, cuentas y servicios financieros correrá por cuenta de entidades bancarias y financieras, la Comisión Nacional de Valores, aseguradoras, transportadoras de caudales, escribanos y hasta vendedores de autos, entre otros. Es decir, todos los “sujetos obligados” a informar a la Unidad de Información Financiera (UIF) de cualquier operación sospechosa de lavado de activos.
Según surge del proyecto, no se requiere, para el congelamiento de activos inmediato, la orden de un juez. Lo hará la autoridad administrativa de aplicación, que deberá fundar en “información y documentación certera” la vinculación con el narcotráfico de las personas o entidades identificadas, sea porque pesa sobre ellas una resolución judicial, que el Ministerio Público Fiscal “le impute o admita la formalización de una imputación” o que “se sospeche, con fundamento razonable, que comete o haya cometido, participa o haya participado en la comisión de alguno de los delitos” penados por la ley de drogas o que comercialice o haga circular en el mercado bienes obtenidos por el narcotráfico. Se tendrán en cuenta, a la hora de señalar a los potenciales sancionables, “la condición de líder, planificador o responsable de las finanzas de asociaciones ilícitas” dedicadas al tráfico de estupefacientes, “la capacidad de corromper y/o extorsionar a funcionarios públicos a cambio de impunidad y/o protección” y la de “amenazas a funcionarios públicos, en especial, a jueces, fiscales y policías, intendentes y concejales”.
El dictado del bloqueo, por supuesto, estará sujeto al escrutinio judicial. Por eso, se extenderá “hasta que la autoridad de aplicación” disponga el descongelamiento de los bienes y dinero, o el juez competente “ordene el fin de la medida”.
El proyecto prevé la creación de un “Comité de Análisis y Fusión de Información” que contribuirá a “identificar y fundamentar las designaciones y las sanciones financieras selectivas”. Estará integrado por la Agencia Federal de Inteligencia (AFI), los ministerios de Seguridad, Economía y Justicia, y “los organismos autónomos de la Administración Pública Nacional competentes que tengan atribuciones en el control de activos ilícitos”. Y precisa: “La participación de la Corte Suprema de Justicia y del Ministerio Público Fiscal de la Nación debe estar garantizada a través de la firma de un convenio de cooperación con el Poder Ejecutivo Nacional”.
“El Gobierno tiene que dejar de hacerse el distraído”
“Este proyecto de ley es un nuevo paradigma en la lucha contra el narcotráfico. Es una iniciativa en la que vengo trabajando hace meses, siguiéndola con especialistas que analizan estos temas en todo el mundo. Los Estados Unidos, Italia y Alemania lo implementaron”, sostuvo Santilli.
El exvicejefe de gobierno porteño, que además fue, antes de ser electo diputado, ministro de Justicia y Seguridad de la Ciudad ad-hoc, afirma que esta iniciativa propone un salto cualitativo en la persecución del tráfico de drogas a escala. “Lo importante es que dejás de ir solo contra los ‘soldaditos’ y enfrentás a los capos narcos de la Argentina. Atacás la raíz del problema, que es el financiamiento, y significa una respuesta integral, porque enlistás a los narcos, les congelás los recursos económicos y avanzás sobre su red de contactos”, opinó.
En ese sentido, agregó que “actualmente, lo que termina pasando en gran parte del mundo es que los narcos siguen con sus operaciones porque el negocio financiero no se interrumpe. Entonces se llega a un exceso de llenar cárceles de narcos que siguen operando con todas las comodidades. Evidentemente, el encierro físico no alcanza, hay que ir al encierro financiero”.
Santilli concluyó: “el Gobierno tiene que dejar de hacerse el distraído con este tema. Necesitamos celeridad administrativa para congelar la operación integral a los capos narcos y romper, de esta forma, sus operaciones”.
Entre los fundamentos del proyecto, Santilli enumeró: “La situación en Argentina es crítica, nuestro país dejó de ser un lugar de tránsito y de consumo de drogas para convertirse en uno de producción. El negocio florece con magnitudes inéditas. Según el Departamento de Seguridad Interior de Estados Unidos, Argentina es un lugar importante para las operaciones delosgrandescartelesinternacionales,endondelas actividades aumentan a un ritmo vertiginoso. LA Argentina dejó de ser confiable para el mundo. En febrero del 2021, las autoridades alemanas secuestraron en Hamburgo 16.174 kilos de cocaína que habían pasado por el puerto de Buenos Aires, y en abril del 2021, Bélgica capturó 11.000 toneladas de cocaína en Amberes. También habían pasado por el puerto de Buenos Aires. Bajo esa premisa, distintos expertos han coincidido sobre la necesidad de que el Estado Nacional asuma, de modo inteligente y efectivo, la importante dimensión que ha alcanzado este flagelo y brinde respuestas específicas que permitan la contención, debilitamiento y repliegue del poder de acción de los traficantes y los lavadores de su dinero que operan en nuestro país”.
Los aspectos principales
El proyecto de Santilli define tres tipos de “sanciones financieras selectivas” para aquellas personas físicas o jurídicas que “desarrollan directa o indirectamente actividades delictivas en el territorio nacional encuadradas en la ley 23.737 [de drogas] y que, por su significación, amenazan la integridad del sistema económico-financiero y la seguridad nacional de la República Argentina”.
Las “personas y entidades designadas”, es decir, aquellas que sean identificadas por la autoridad administrativa de aplicación como presuntas infractoras, recibirán dos tipos de sanciones:
- Congelamiento administrativo: la inmovilización sin dilaciones de bienes o dinero, a efectos de que los mismos no puedan ser transferidos, convertidos, cedidos o utilizados de cualquier modo por parte de las personas o entidades designadas.
- Prohibición de asistencia: la interdicción que recae sobre cualquier persona humana, jurídica o entidad, de prestar servicios profesionales, ayuda financiera, asistencia técnica o de cualquier tipo a las personas o entidades designadas, realizado con el propósito de mitigar los efectos del congelamiento administrativo y/o apoyar la continuidad de las actividades de tráfico ilícito de estupefacientes.
El congelamiento alcanzará “activos de cualquier tipo, tangibles o intangibles, muebles o inmuebles, con independencia de cómo se hubieran obtenido, y los documentos o instrumentos legales, sea cual fuere su forma, incluida la forma electrónica o digital, que acrediten la propiedad u otros derechos sobre dichos activos, incluidos -sin que la enumeración sea exhaustiva- créditos bancarios, cheques de viajero, cheques bancarios, giros, acciones, títulos, obligaciones, letras de cambio y cartas de crédito”.
La autoridad de aplicación deberá crear un registro de las personas o entidades designadas y de los bienes y dinero congelados administrativamente. Como se dijo, alcanzará a personas físicas o jurídicas sobre las cuales haya un pronunciamiento judicial en contra, una imputación o formalización de investigación fiscal sobre la presunta participación en actividades de narcotráfico o en lavado de activos originados en el tráfico de drogas. Se centrará en:
- La condición de líder, planificador o responsable de las finanzas de asociaciones ilícitas dirigidas a cometer los delitos mencionados en los incisos 1 y 2.
- La capacidad de corromper y/o extorsionar funcionarios públicos a cambio de impunidad y/o protección.
- La capacidad de amenazar a funcionarios públicos, en especial a jueces, fiscales y policías, intendentes y concejales, entre otros.
- La participación en actividades de sicariato.
- El volumen de estupefacientes que son traficados ilícitamente, así como el volumen de las ganancias ilícitas resultantes del comercio ilícito de estupefacientes y las actividades criminales relacionadas.
- El volumen del patrimonio acumulado ilícitamente.
- La transnacionalidad o la transjuridisccionalidad provincial de la actividad criminal.
- La complejidad de las estructuras jurídicas y/o financieras utilizadas para lavar los activos ilícitos.
- La designación realizada por autoridad extranjera.
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