“Retroceso” y “perjuicio”, los duros cuestionamientos al fallo que anuló la condena al expolicía Luis Chocobar
El Ministerio Público Fiscal presentó un recurso extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia por la decisión de ordenar un nuevo juicio
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Con duros cuestionamientos, el Ministerio Público Fiscal (MPF) presentó ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación el fallo que anuló la condena al expolicía Luis Chocobar y donde se había dispuesto la realización de un nuevo juicio.
“El gravamen provocado a este MPF resulta palmario en tanto la decisión que anuló la sentencia condenatoria y ordenó un nuevo debate oral exclusivamente contra el imputado Chocobar, pese a que habían sido cumplidas las formas esenciales del procedimiento. Esto implica un retroceso de etapas legalmente cumplidas y pone en serio riesgo la posibilidad de este MPF de obtener una nueva condena, lo cual nos genera un perjuicio”, sostuvieron en su presentación la fiscal general Susana Pernas, la fiscal de Menores María Fernanda Poggi, y la fiscal a cargo de la Unidad Fiscal de Asistencia ante la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional (Cnccc), María Luisa Piqué.
A principios de mes se conoció el fallo de los jueces Eugenio Sarrabayrouse y Horacio Días, integrantes de la Sala II de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional, donde se anuló l la condena a dos años de prisión en suspenso que había recibido el policía bonaerense por haber abatido a Juan Pablo Kukoc, un delincuente de 18 años que, junto con un cómplice adolescente, dejó al borde de la muerte a un turista norteamericano al que asaltaron en la entrada de Caminito, en la Boca.
“La ausencia de la más elemental claridad en la argumentación de la sentencia fue algo evidente para las dos partes impugnantes [la defensa y la querella], quienes bajo expresiones como ‘vieron hechos distintos’, ‘oscilaciones’, ‘confusiones’, ‘zigzagueos’, remitieron a un denominador común, que es el déficit de motivación lógica en la sentencia judicial, del que a su vez se desprenden otro tipo de problemas, tales como la falta de mayorías en el fallo”.
Chocobar había sido condenado en mayo de 2021 por el Tribunal Oral de Menores porteño N°2, que lo encontró culpable del delito de “homicidio agravado por el uso de arma de fuego cometido con exceso en el cumplimiento de un deber” y le impuso una pena de dos años de prisión en suspenso.
“Las autocontradicciones y déficits en la fundamentación de los tres jueces impiden conocer qué es lo que se representó Chocobar concretamente con relación al homicidio; si hubo un enjuiciamiento serio del riesgo que introdujo o si lo minimizó, a tal punto que no cabría formular una imputación dolosa”, sostuvieron los camaristas en su fallo.
En el punto II de la parte resolutiva del fallo, los camaristas hicieron lugar, parcialmente, al “recurso de casación” presentado por la defensa de Chocobar. Anularon la condena y las pautas de conductas impuestas en la sentencia recurrida, apartaron al tribunal que estuvo a cargo del juicio y remitieron la causa a la Oficina Judicial de la Cámara de Casación para que “designe un tribunal oral en lo criminal y correccional a los efectos de que, previo reenvío, realice un nuevo juicio oral para juzgar el hecho imputado a Chocobar”.
Ahora, al recurrir ante la Corte Suprema de Justicia, el MPF sostuvo: “Recordemos que se trató de un juicio que demandó siete meses, 26 audiencias y más de 30 testigos, en plena pandemia del Covid-19, con todo el esfuerzo que eso supuso, tanto económico como de logística y recursos humanos; con una de las víctimas de origen extranjero que momentáneamente se encontraba de turismo en el país, y que siguió con particular interés el desarrollo de todo el debate de modo virtual con el acompañamiento de un intérprete. Tampoco podemos dejar de señalar que la decisión de la Cámara de Casación de anular la sentencia y de ordenar un nuevo juicio se dicta dos años y nueve meses después de emitida la condena. Esto podría llegar a comprometer el derecho al plazo razonable, que no solo ostentan las personas imputadas en un proceso penal, sino también las víctimas de delitos, quienes deberían volver a declarar, lo cual es una forma de revictimización”.
Mañana trágica
El hecho ocurrió el 8 de diciembre de 2017. En ese momento, Chocobar, que ahora tiene 37 años, vivía en la Boca y cumplía funciones en la Policía Local de Avellaneda.
Aquella mañana, en Garibaldi y Olavarría, dos ladrones apuñalaron a Frank Joseph Wolek, un turista norteamericano que paseaba y sacaba fotos en Caminito. El filo le rozó el corazón. El policía escuchó gritos y, tras identificarse y dar la voz de alto, corrió tras los delincuentes que intentaban escapar con la cámara de fotos de la víctima, que fue trasladada al hospital Argerich, donde la pericia del personal médico y de enfermería le salvó la vida, luego de 57 días de internación.
Uno de los ladrones, que en el momento de los hechos era menor, logró huir. Chocobar alcanzó al otro y le disparó desde atrás. Kukoc fue impactado por dos proyectiles. El policía dijo que se había sentido amenazado por el delincuente, que estaba armado con un cuchillo.
“No tengo nada de héroe. Soy un ciudadano común que trató de hacer el bien. Intenté cuidar a una persona que estaba siendo lastimada”, dijo Chocobar a LA NACION unos días antes de la condena que le impusieron los jueces Fernando Pisano, Jorge Ariel Apolo y Adolfo Calvete. Oportunamente, renunció a la policía bonaerense y se recibió de enfermero. Ahora estudia Derecho
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