Beneficio al exjuez Melazo: por cursos de “peones a reyes” y taichi chuan, le redujeron la pena y le dieron libertad asistida
El ex magistrado había sido condenado el pasado 6 de marzo a 7 años y 10 meses de prisión por integrar una asociación ilícita con policías bonaerenses y barrabravas
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El exjuez de La Plata César Melazo, condenado a siete años y diez meses de prisión como “coautor” del delito de asociación ilícita dedicada a cometer robos, liberar zonas y encubrir delitos junto a policías, barrabravas y funcionarios judiciales, fue beneficiado con la libertad asistida por el mismo tribunal que lo sentenció, ante lo cual la fiscalía de juicio apeló para que la medida no se haga efectiva.
Entre los elementos que tuvieron en cuenta dos magistrados para otorgar la libertad a Melazo figura la reducción de 45 días de la pena que se le concedió a modo de recompensa por haber realizado setenta cursos durante los casi cinco años que pasó en prisión, desde que fue detenido.
Uno de los dos jueces que estuvo a favor de conceder la libertad a Melazo, se refirió a que el exmagistrado realizó los cursos de “Introducción en Informática”, “Instalador Electricista”, “Seguridad en el Trabajo”, “Mecánica Básica del Automotor”, “Formación de Estudiantes en Género y Abordajes de las Violencias” y Matemática elemental para futuros arquitectos y diseñadores”. En su voto, este magistrado solamente mencionó esos cursos y no detalló el resto de las materias que Melazo estudió para que le descontaran días de la condena.
Según el cómputo de la pena realizado por uno de los jueces del tribunal oral, Melazo lleva cuatro años, siete meses y veinte días preso.
“Habiendo sido condenado a la pena de siete años y diez meses de prisión aplicándole la reducción aquí propuesta –cuarenta y cinco días- el encartado Melazo, se encuentra en condiciones temporales para acceder al beneficio de la libertad condicional en los términos de libertad asistida en los términos del art. 54 de la ley 24.660″, sostuvo uno de los jueces al fundar la decisión de liberar al exjuez condenado.
La jueza Silvia Hoerr, que votó en contra de que le otorgue el beneficio a Melazo, detalló en su voto el resto de los cursos que posibilitaron que el exmagistrado pudiera obtener una reducción de cincuenta días en el cumplimiento de la pena.
“Más allá -de mi opinión minoritaria por improcedencia del instituto en cuestión- no puedo dejar de destacar que el premio que se otorga al imputado Melazo en forma precipitada por hacer cursos de tan distinta temática, y a los referidos por mis colegas: ‘curso de ukelele en casa’, ‘curso de peones a reyes-ajedrez avanzado’, ‘curso de Tai Chi Chuan para la salud´’, ‘clases de teclado en casa’ ‘curso de chin kung para la salud Budanjin’, nuestras propias semillas´, muchos de ellos realizados de manera virtual dictados por la Universidad de Córdoba, sin requerir mayor esfuerzo que sentarse frente a una computadora a los fines de sumar horas y obtener distintos certificados, lejos está del espíritu y voluntad de aprendizaje que persigue la ley”, sostuvo la jueza Hoerr, al oponerse a que le concedan la libertad a Melazo.
La resolución que benefició al exjuez platense fue dictada, por mayoría por el Tribunal Oral en lo Criminal N° 2, de La Plata, que aceptó el pedido de la defensa de Melazo para recibir la libertad asistida al tomar en cuenta el tiempo transcurrido en prisión y los cursos que realizó en la cárcel que le permiten reducir el monto de la pena.
Los jueces que votaron a favor fueron los mismos que le aplicaron la condena de siete años y medio, Santiago Paolini y Andrés Vitali; en tanto que la jueza Hoerr se opuso a que el exmagistrado sea beneficiado con la libertad asistida. En la sentencia condenatoria había votado para que Melazo reciba una pena de 15 años de prisión.
“En lo que a la excarcelación en términos de libertad asistida que conceden mis colegas se refiere, en mi opinión se carece del requisito legal exigido para su procedencia en tanto el tiempo que debe computarse como tal es aquel cumplido en detención o morigeración, pero no puede en ese cálculo provisorio compararse con el instituto de fondo y practicarse un descuento de tiempo de coerción por estímulo educativo, por tanto no cumplido el requisito temporal exigido, me exime del tratamiento del resto de los requisitos para evaluar el beneficio”, manifestó la jueza Hoerr en los fundamentos de su voto.
Ante la liberación inminente de Melazo, los fiscales de juicio Mariano Sibuet y Victoria Huergo recurrieron el fallo del tribunal ante la Cámara de Apelaciones de La Plata, por considerar que los cursos en prisión sirven para reducir el monto de la pena solo para los condenados, y Melazo no fue tratado como tal durante su detención.
El 6 de marzo, Melazo y otros cinco acusados recibieron penas de cumplimiento efectivo, en tanto que otros tres imputados resultaron absueltos.
Según las fuentes, en esa sentencia la jueza Hoerr consideró que Melazo debía ser condenado a 15 años de prisión como “jefe” de la asociación ilícita, tal como lo habían solicitado los fiscales Sibuet y Huergo. Sin embargo, los otros dos jueces fijaron una condena de 7 años y 10 meses al considerarlo integrante de la asociación ilícita y no jefe, como pedían los fiscales.
En tanto, el tribunal condenó a Gustavo Burzstyn a 7 años y 10 meses de prisión, al expolicía Gustavo Mena a 6 años, a Adrián Manes a 4 años y medio, a Carlos Bertoni a 4 años y a Enrique Petrullo también a 4 años, pero por “tráfico de influencias”.
En el debate también se ventiló el homicidio de Juan Farías, un presunto exintegrante de la misma banda, aunque los dos acusados de ese crimen, Héctor Vega y Martín Fernández, resultaron absueltos. Carlos Barroso Luna también fue absuelto pero por el delito de “asociación ilícita”.
La resolución que benefició a Melazo se conoció 48 horas antes del momento en que el tribunal debía hacer públicos los fundamentos de la sentencia. Ese día también debía definirse si Melazo será investigado por otros delitos que figuraban en la investigación encarada por la fiscal Betina Lacki.
Durante los alegatos, los fiscales Sibuet y Huergo había pedido que Melazo fuera condenado a 16 años de prisión por asociación ilícita “en calidad de jefe”, tenencia ilegal de arma de fuego de uso civil condicional -9 hechos-, en concurso real con tenencia ilegal de arma de fuego de uso civil -4 hechos- y encubrimiento en concurso real.
También se pidió que se investigue la participación de Melazo,”en calidad de autor intelectual”, en el homicidio e Farías, quien se cree que fue asesinado en un presunto ajuste de cuentas interno debido a que había robado un botín millonario que guardaba un exdirector técnico y representante de futbolistas.
Además, los fiscales habían solicitado que se investigue si el exmagistrado y otros dos imputados incurrieron en presunto enriquecimiento ilícito de funcionario público y lavado de dinero. Para los representantes del Ministerio Público Fiscal, Melazo tenía “una participación fundamental en la cúspide de una asociación ilícita” y que su situación patrimonial “no se corresponde a los ingresos corrientes del poder judicial” y es un “indicio más” que avala ese rol delictivo.
Según la investigación que tuvo a su cargo la fiscal Betina Lacki, los procesados integraban una asociación ilícita que cometía “robos bajo la modalidad de escruche, robo de autos, su posterior reducción; adulteración y venta, comercialización de estupefacientes, con un mismo modus operandi, con división y organización de tareas”.
Además, “algunos de ellos, en su condición de efectivos policiales, aseguraban la zona, entregaban los trabajos y brindaban cobertura policial” y Melazo se presume brindaba protección a la banda.Por su parte, el exjuez renunció a su cargo en junio de 2017, cuando estaba apartado de sus funciones, de manera preventiva, por decisión del jury de enjuiciamiento abierto en su contra a partir de tres denuncias por mal desempeño y presuntas irregularidades en su accionar.
TélamTemas
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