Polémica: le dieron la prisión domiciliaria a dos detenidos a pesar que no había tobilleras electrónicas para controlar sus movimientos
Uno de los beneficiados fue el acusado de agredir a un joven, de 19 años, en un boliche por que lo vio con la exnovia; el restante fue un imputado por venta de drogas
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Una sala de la Cámara de Apelaciones y Garantías y un magistrado de Garantías de Morón concedieron la prisión domiciliaria a dos presos a pesar de la supuesta demora en la colocación de tobilleras electrónicas para monitorear el cumplimiento de la morigeración de la prisión preventiva. En el caso del magistrado de Garantías, le concedió ese beneficio a un preso, acusado por narcomenudeo, a pesar de que aún no le habían provisto la tobillera para monitorear sus movimientos.
El magistrado dictó dicha resolución al hacer lugar a un habeas corpus, presentado por Fernando Sicilia, abogado querellante de un joven que fue víctima de una agresión en un boliche, y que hizo la presentación para que “todos los encausados” estuvieran en las mismas condiciones que el imputado de su caso, que había sido enviado a su casa a pesar de que no se habían cumplido todos los requisitos legales.
La causa que derivó en estas decisiones judiciales comenzó el 12 de noviembre pasado, cuando, según la acusación de la fiscal Valeria Courtade, Santiago Martínez agredió a Nicolás García dentro del boliche Roca Bruja, situado en Villa Tesei. Al solicitar la prisión preventiva de Martínez, la representante del Ministerio Público sostuvo que el acusado “le incrustó una copa de vino rota en el rostro a Nicolás García, con el claro designio de causarle la muerte y con el propósito de causarle sufrimiento a la mujer que acompañaba a la víctima, con quien mantuvo una relación de pareja. Después, le pegó golpes de puño, lo que le provocó heridas de tal magnitud y profundidad, que comprometieron su cara”.
En principio, la fiscal, consideró que Martínez habría sido responsable de “tentativa de homicidio agravado por haber sido cometido con el propósito de causar sufrimiento a una persona con la que mantuvo una relación de pareja”. A mediados de diciembre pasado, la jueza de Garantías le dio la razón a la fiscal y dictó la prisión preventiva.
Hace diez días, según informaron los abogados que representan la víctima, la Sala I de la Cámara de Apelaciones y Garantías de Morón, modificó la calificación penal por la que fue procesado Martínez, al considerar que se trató de un hecho de lesiones graves y, además, le concedió la prisión domiciliaria, sin esperar que se le otorgara una tobillera para monitoreo electrónico. Martínez, debería cumplir la prisión domiciliaria, en su casa de un country de la zona Oeste.
Con esta resolución, Fernando Sicilia, uno de los abogados que representan a García, presentó en un juzgado de Garantías de Morón, un habeas corpus colectivo para que se conceda el mismo beneficio a todos presos que esperaban una tobillera electrónica. “Se interpone habeas corpus reparador a favor de todos los detenidos a disposición del departamento judicial de Morón con prisión domiciliaria ordenada pero no ejecutada por falta de pulseras. También para aquellos imputados con prisión domiciliaria concedida pero no firme”.
El letrado fundó su solicitud en el principio de igualdad ante la ley. Antes de aceptar el recurso, el magistrado de Garantías pidió informes a sus colegas del mismo fuero del Departamento Judicial Morón y encontró el caso de José Gregorio Díaz, procesado por su presunta responsabilidad en una causa por infracción a la ley de drogas.
“Se hace lugar a la acción de habeas corpus interpuesta en favor del causante Jorge Gregorio Díaz, toda vez que se verifica la procedibilidad del instituto en trato, con el fin de que cumpla con el plazo perentorio y fatal dispuesto para efectivizar su arresto domiciliario, según los artículos 405 y concurrentes de Código Procesal Penal”, concluyó el magistrado de Garantías.
Según se consignó en la resolución, de diez páginas, Díaz debía recibir la tobillera electrónica el 21 de marzo pasado. El 3 y 12 abril pasados, el juez a cargo del proceso envió dos oficios a la Dirección de Monitoreo del Servicio Penitenciario Bonaerense para que se cumpliera la orden judicial de otorgarle la tobillera para proceder a la morigeración de la prisión preventiva.
Al describir la situación, el magistrado explicó que hubo llamados reiterados a la Dirección de Monitoreo en los que se insistió que se habían vencido los plazos. Ante la imposibilidad de que los funcionarios de dicha dependencia de poder instalar el dispositivo en la casa del acusado de forma inmediata, el magistrado ordenó el traslado de Díaz a su domicilio, según los términos del habeas corpus autorizado.
Además, el juez ordenó al responsable de la Dirección de Monitoreo que proceda con la colocación de la tobillera electrónica.
“En torno a los restantes detenidos a disposición de mis colegas departamentales, estaré a lo informado en la fecha, destacando que la particular situación del encausado Santiago Martínez, tal como expresa el letrado presentante, obedece al criterio sostenido por la Sala I departamental en cuanto a la convalidación mutua de firmeza de la prisión preventiva y las morigeraciones previstas en el artículo 163 del Código Procesal Penal”, expresó el juez de Garantías.
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