Pidieron 20 años de cárcel para cinco de los acusados de la violación grupal en Palermo
La solicitud fue hecha por los abogados querellantes Hugo Figueroa y Osvaldo Cantoro, quienes consideraron a los imputados autores o partícipes necesarios de un “abuso sexual con acceso carnal agravado por la intervención de dos o más personas” y pidieron para ellos el máximo de la pena para ese delito.
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Tras más de tres horas de alegatos, los abogados Hugo Figueroa y Osvaldo Cantoro, que representan a la víctima de la violación grupal de Palermo, pidieron la pena de 20 años de cárcel para cinco de los jóvenes acusados del ataque sexual.
Así lo informaron a LA NACION fuentes que presenciaron la audiencia a cargo del Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) N° 14.
Figueroa y Cantoro consideraron a cinco de imputados como autores o partícipes necesarios de un “abuso sexual con acceso carnal agravado por la intervención de dos o más personas” y pidieron para ellos el máximo de la pena para ese delito. El restante fue acusado de partícipe secundario.
El pedido de 20 años de prisión fue para Ángel Pascual Ramos, de 24 años; Lautaro Ciongo Pasotti, de 25, y Franco Lykan, de 24, como coautores de la violación, y para Thomas Domínguez, de 23, y Alexis Cuzzoni, de 21,como partícipes necesarios.
A Ignacio Retondo, de 24 años, la querella solo lo consideró un “partícipe” pero no necesario del hecho, con lo que la escala penal, en su caso, se reduce.
El juicio, como se trata del debate de un delito de instancia privada, se desarrolla a puertas cerradas. El debate está a cargo de los jueces Gabriel Vega, Domingo Altieri y Gustavo Valle. El Ministerio Público Fiscal está representado por Fernando Klappenbach.
Figueroa pidió que se investigue por “falso testimonio” a la testigo de la Paloma Carricaburu, al considerar que mintió al declarar en el juicio que vio a la chica consumir de manera voluntaria éxtasis junto a uno de los acusados, algo que no había dicho en su declaración de instrucción, según informó la agencia de noticias Télam.
Figueroa pidió también, al margen del agravante de la “participación de dos o más personas”, se tome en cuenta también el del inciso “a” de este delito contemplado en el artículo 119 del Código Penal, que es cuando del abuso “resultare un grave daño en la salud física o mental de la víctima”.
Sobre ese punto, dijo que con el testimonio de la víctima y el de su madre, quedó acreditado que el hecho le causó a su representada “un grave daño en el desarrollo de sus estudios, de su carrera y en su propio desarrollo humano”.
Cuando explicó cuál fue el rol de cada imputado, Figueroa “colocó” dentro del auto donde, según la Justicia, ocurrió la violación, a Ramos, Ciongo Pasotti y a Lykan, que estaba en el asiento trasero y, según la querella, dos testigos vieron que desde allí manoseó a la víctima.
A Ramos y a Ciongo Pasotti los complican las filmaciones incorporadas al expediente judicial y peritajes de ADN.
A Domínguez y Cuzzoni también les imputó un “abuso sexual simple”, por haber quedado filmados manoseando a la víctima un rato antes, cuando estaban en un kiosco de la Plaza Serrano y quedaron filmados.
Pero en relación con la figura del “abuso sexual agravado” que ocurrió dentro del auto, les endilgó una “participación necesaria y absolutamente principal” en la situación, ya que, según Figueroa, fueron ambos quienes abordaron a su clienta en el boliche, la convencieron de que se quedara con ellos cuando se fue su amigo y le prometieron prestarle una tarjeta SUBE y acompañarla a su casa.
En el caso de Retondo -que quedó filmado tocando la guitarra en la vereda, fuera del auto-, el letrado dijo que es el único que sin su accionar no hubiera cambiado el curso de los hechos, pero que de todas formas lo consideraba un “partícipe” porque sabía lo que ocurría dentro del auto y lo convalidó al no actuar y al salir a defender al grupo en la posterior gresca.
El juicio se desarrolla en una sala de audiencias del edificio situado en Lavalle 1171, con la presencia de los seis imputados que actualmente cumplen prisión preventiva en la sala del tribunal, pero con la mayoría de las partes conectadas a través de la plataforma Zoom.
En la próxima audiencia, el 10 de noviembre próximo, debe alegar el abogado Marino Cid Aparicio, que representa a Natalia Concepción Duarte Godoy y Orlando Jesús Ibarra, los panaderos que se acercaron al vehículo donde se cometía el abuso para ayudar a la víctima, en el marco de una causa por presuntas amenazas de cinco de los acusados hacia los comerciantes, que en su momento fue anexada al expediente principal, pero fuentes judiciales anticiparon a LA NACION que el letrado delegará su alegato en el que presentará el fiscal Klappenbach.
Después, en las audiencias del 24 y 28 de noviembre y 5 de diciembre próximos presentarán sus alegatos las defensas de los acusados.
El ataque sexual ocurrió el 28 de febrero del año pasado, uno de los feriados de carnaval en la calle Serrano al 1300, en la zona de Palermo Soho.
Todo se descubrió cuando una pareja de panaderos y otro vecino intervinieron al ver que dentro de un auto Volkswagen Gol estacionado junto a la vereda abusaban en grupo de una joven.
La prueba clave fueron los múltiples videos de cámaras de seguridad que registraron todo el derrotero del grupo con la víctima durante nueve horas.
Según la reconstrucción del hecho, la joven fue captada a las 6 de la madrugada por algunos de los imputados en el boliche “Espacio Ro Techno Bar” de la calle Thames 1625, de allí fueron a una plaza de Soler y Godoy Cruz y luego a un kiosco de plaza Serrano donde fue manoseada, hasta que pasadas las 15 fueron caminando hasta el auto estacionado frente a una panadería de la calle Serrano al 1300, de donde fue rescatada.
El 1 de septiembre pasado, la víctima declaró en el juicio. “Me da miedo salir a la calle, que la gente me reconozca. Tengo pesadillas, siento que me voy a morir. Sueño que me secuestran, que me llevan en un auto a un lugar muy oscuro”, sostuvo la joven.
Además, la víctima dijo: “Nunca hubiera prestado consentimiento para estar con un hombre. No es mi inclinación sexual”.
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