Piden enjuiciar a un policía que mató de una patada en el pecho a un borracho
La fiscalía lo acusa del homicidio preterintencional de un hombre fuera de sí que se había parado frente a un colectivo
Una fiscal pidió que el efectivo de la Policía de la Ciudad acusado de causar la muerte de un hombre al que derribó de una patada en el pecho durante un operativo para aprehenderlo, en agosto de 2019, en el barrio porteño de San Cristóbal, sea juzgado por el delito de homicidio preterintencional.
Fuentes judiciales informaron a la agencia Télam que el requerimiento de la fiscal Ana Cristina Yacobucci recayó sobre Esteban Armando Ramírez, de 42 años. En caso de ser condenado por aquel delito, podría recibir una pena de entre 3 y 6 años de prisión.
El abogado Ignacio Trimarco, representante de la familia del fallecido, Jorge Martín Gómez, de 41 años, requirió a la jueza Yamile Bernan que el hecho sea encuadrado como un homicidio con dolo eventual, agravado por ser un miembro de las fuerzas de seguridad. En este caso, la única pena es la prisión perpetua.
La Sala VII de la Cámara del Crimen había confirmado el procesamiento sin prisión preventiva del imputado por la misma calificación hecha por la fiscal.
Yacobucci valoró dos testimonios "clarificadores" que "dieron cuenta del evidente estado de ebriedad que poseía Gómez, con su andar lento y bamboleante, el habla y la coordinación afectada, que implica que la fuerza empleada para lograr reducirlo no resultaba necesaria".
El hecho ocurrió el 20 de agosto, a las 7.20, en Carlos Calvo al 2600, donde Gómez interrumpía el tránsito armado con un cuchillo, situación que fue denunciada al 911 por una pasajera de un colectivo.
Según se vio en el video que captó la secuencia, a las 7.43 llegaron al lugar dos policías en moto, quienes se acercaron a la víctima -de gran porte-, que llevaba sus manos en la espalda. Al ver que no deponía la actitud, el policía Ramírez le lanzó al sospechoso una patada al pecho que hizo que Gómez cayera hacia atrás y golpeara su cabeza en el asfalto. Según la autopsia, murió a raíz de ese golpe, que le causó un traumatismo craneoencefálico.
"En ese momento no había conducta alguna de alarma, es decir, no esperó la respuesta a las órdenes que le había impartido a Gómez cuando le aplicó la patada que provocara que aquel cayera de espalda, situación que en definitiva le provocara la muerte, cuando en principio no debería haber tenido ese desenlace", dijo la fiscal en su dictamen.
El policía declaró que en un momento de distracción de Gómez decidió golpearlo con una patada en el abdomen para que "pierda el aire y al doblarse poder reducirlo".
Pero, contrariamente a lo que esperaba, cayó pesadamente de espaldas. El policía dijo que luego de la caída no le había parecido que Gómez estuviese malherido ya que no tenía sangre ni síntomas de que se estuviera ahogando.
"Las probanzas colectadas, en especial, las filmaciones del suceso, en conjunto con las declaraciones de testigos y la autopsia, contradicen su versión", sostuvo la fiscal.
El abogado Trimarco dijo que "el homicidio preterintencional solo es admisible si el medio empleado por el autor no debía razonablemente ocasionar la muerte". Opinó el querellante que "sin lugar a dudas, el imputado Ramírez, debió asumir como cierta la posibilidad de acabar con la vida de Gómez, al efectuarle un golpe de semejante entidad, a una persona que no ejercía resistencia alguna y se encontraba en estado de embriaguez".
Consideró que "no quedan dudas de que la totalidad de los elementos probatorios llevan al convencimiento de que Ramírez tenía el conocimiento de que con su conducta podía ocasionar la muerte de Gómez y, que a pesar de ello, continuó en su accionar y le asestó una patada brutal que finalmente lo mató".
Por último, la querella recordó que tras el hecho Ramírez se cambió los borceguíes y no informó al SAME del golpe que le había dado a Gómez, lo que habría cambiado la posibilidad de sobrevida de la víctima".
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