Ocho años de cárcel para un médico por la muerte de una paciente en una cirugía estética
Débora Campos, la víctima, había sido sometida a una intervención conocida como Mini Extracción Lipídica Ambulatoria (MELA)
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Débora Campos tenía 45 años. El 3 de junio de 2022 llegó a un edificio del barrio porteño de Villa General Mitre para someterse a una cirugía estética conocida como Mini Extracción Lipídica Ambulatoria (MELA). El lugar donde se realizó la intervención no era una clínica. El médico atendió a su paciente en un departamento, un lugar que “no cumplía con las condiciones sanitarias ni con las habilitaciones correspondientes”. La mujer murió en el “quirófano”.
En las últimas, el cirujano Daniel Ojeda fue condenado a la pena de ocho años de cárcel. Así lo decidieron los jueces Fernando Ramírez, Luis Salas y Adrián Pérez Lance, integrantes del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional (TOCC) porteño N°1.
Los magistrados encontraron culpable a Ojeda de los delitos de homicidio simple en concurso ideal con desobediencia a una orden judicial. En la condena, además, le fijaron una inhabilitación especial por 16 años para ejercer su profesión. Los fundamentos del fallo se conocerán el martes próximo.
Como el cirujano ya había sido condenado en marzo pasado a ocho años de prisión por el Tribunal de Juicio y Apelaciones de Concordia, en Entre Ríos, por su responsabilidad en la muerte y las lesiones de un grupo de pacientes, los jueces Ramírez, Salas y Pérez Lance le fijaron una pena única de 11 años de prisión.
En el juicio, el Ministerio Público estuvo representado por el fiscal general Horacio Azzolin y la auxiliar fiscal Jazmín Auat.
“Llevó adelante la intervención quirúrgica sin el suficiente acompañamiento profesional: sin contar con ayudantes, sin contar con instrumentistas, sin contar con anestesiólogo, en un departamento que no tenía las condiciones de higiene, que no había sido alquilado a tales fines y que no se encontraba habilitado por las agencias estatales”, explicó el Ministerio Público Fiscal en su alegato. Además, sostuvo que Ojeda no contaba con la idoneidad que brinda la especialidad en cirugía estética plástica.
Según informó el sitio de noticias de la Procuración General de la Nación, www.fiscales.gob.ar, Auat, en el alegato, recordó que “el médico se encontraba inhabilitado para ejercer su profesión por la justicia de Concordia desde enero de 2021, en el marco de la causa por la que fue condenado este año y donde se le había dictado una cautelar que le impedía llevar adelante cualquier intervención quirúrgica en todo el país”.
La representante del Ministerio Público Fiscal afirmó que la operación se realizó sin contar con los elementos de rescate y auxilio necesarios y que pese a representarse el eventual resultado de muerte y con el conocimiento de las condiciones en las que llevaba adelante la práctica “programó, inició y continuó” la operación “conformándose con la posible producción del resultado final” y sin adoptar ninguna medida para evitar el posible fallecimiento.
Además, Auat recordó que Ojeda se comunicó con el Servicio de Atención Médica de Emergencia (SAME) después de la intervención quirúrgica y a las 20.19, una ambulancia llegó al lugar.
Pocos minutos después se constató la muerte de Campos. La autopsia determinó que la paciente sufrió una descompensación hemodinámica, con congestión multivisceral y edema pulmonar.
La auxiliar fiscal afirmó que Ojeda llevó adelante toda la operación sin contar con el personal adecuado y en un lugar que nunca estuvo habilitado para realizar este tipo de prácticas, tal como lo comunicaron tanto los organismos estatales como la dueña del inmueble, que declaró en el caso que la propiedad se alquiló con fines de vivienda y no de práctica profesional.
En el alegato, Auat hizo foco en que Ojeda dejó en una situación de “imposible auxilio” a la víctima durante la operación.
“No obstante, decidió deliberadamente llevar adelante la intervención quirúrgica sin el suficiente acompañamiento profesional en un departamento que no reunía las condiciones de higiene ni bioseguridad, que no había sido alquilado para esas tareas y que además no se encontraba habilitado por las agencias estatales, así como tampoco contaba con instrumentos o maquinaria que se encontrara habilitadas”, sostuvo la representante del Ministerio Público Fiscal.
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