Nuevo revés. La Justicia de Entre Ríos rechazó la apelación de Nahir Galarza
El Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos (Stjer) rechazó un recurso extraordinario presentado por la defensa de Nahir Galarza para que la Corte Suprema de Justicia de la Nación revea la condena a prisión perpetua dictada a la joven por el crimen de su pareja, Fernando Pastorizzo, cometido a fines de diciembre de 2017 en la ciudad de Gualeguaychú, informaron hoy fuentes judiciales.
La decisión fue tomada por los integrantes de la Sala Penal del Stjer (Miguel Ángel Giorgio, Claudia Mizawak y Daniel Carubia), quienes dejaron firme el fallo condenatorio en la provincia de Entre Ríos. Ahora, a la defensa de Galarza le queda cómo última instancia intentar llegar al máximo tribunal de la Nación por la vía del recurso de queja, explicaron los voceros.
Galarza fue condenada a la pena de prisión perpetua por el delito de homicidio calificado, por ser de una persona con la cual mantenía o ha mantenido relación de pareja, en perjuicio de quien había sido su novio, Fernando Pastorizzo.
En marzo último, la Sala Penal I del Stjer ya había rechazado un pedido de "impugnación extraordinaria" por parte del abogado de la joven, José Ostolaza, quien ante esta situación presentó un "recurso extraordinario federal".
En esa presentación, el defensor consideró que se hallaba "en tela de juicio la inteligencia de normas federales" y "tildó de arbitrario el pronunciamiento atacado por carecer de fundamentación suficiente y por haberse dictado en flagrante violación del derecho aplicable".
El abogado destacó que las causales de arbitrariedad "se conectan de modo inescindible con la cuestión federal vinculada a la interpretación y aplicación de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer por cuanto no se ha juzgado en los presentes actuados bajo la perspectiva de género".
De acuerdo al fallo, de 12 páginas, el procurador general de la provincia de Entre Ríos, Jorge García, sostuvo en su dictamen la "inadmisibilidad" de este recurso por considerar que la cuestión agraviada fue "harto tratada" en primera instancia, en Casación y en el mismo tribunal supremo.
Mientras que la querella también señaló que no existía "una genuina cuestión federal" en el planteo de la defensa.
"[...] Los fundamentos del recurso articulado no expresan vicios verificables de esa específica resolución, ni desarrolla -reitero- una crítica razonada de todos y cada uno de los concretos motivos fundantes del fallo que puntualmente pretende derribar ni justifica siquiera la real existencia de una 'cuestión federal' a cuya reserva refiere genéricamente sin satisfacer la debida y oportuna invocación que exige la doctrina de la Corte", sostuvo el vocal Carubia, con quién coincidieron Giorgio y Mizawak.
"Recordemos que el Máximo Tribunal Federal ha sostenido que si bien el planteamiento de cuestiones federales no requiere de fórmulas especiales ni términos sacramentales, debe ser, sin embargo, manifiesta y clara", añadió Mizawak, al tiempo que opinó que la defensa no cumplió con esos extremos por lo que corresponde la "desestimación" del planteo.
Galarza, de 21 años, permanece alojada en la Unidad Penal 6 Concepción Arenal, Paraná, donde cumple la condena por el crimen de Pastorizzo, de 20, cometido entre las 5.10 y 5.15 del viernes 29 de diciembre de 2017, cuando el joven fue encontrado en una calle de Gualeguaychú con un tiro en la espalda y otro en el pecho, junto a su moto y dos cascos tirados en el suelo.
Inicialmente, al declarar como testigo, Galarza dijo que había visto a la víctima la noche anterior al crimen, aunque ante la sumatoria de indicios en su contra quedó detenida y en una segunda declaración reconoció que lo había matado, pero que había sido de manera "accidental".
La sentencia a prisión perpetua fue dictada el 3 de julio de 2018 por el Tribunal de Juicio y Apelaciones de Gualeguaychú y confirmada en julio de 2019 por la Sala II de la Cámara de Concordia.
Por otra parte, el Stjer rechazó a mediados del mes pasado un pedido de excarcelación y, subsidiariamente, de arresto domiciliario de Galarza, quien había solicitado salir de prisión a raíz de los casos positivos de coronavirus registrados en el penal donde está alojada.
Esta fue la segunda vez en el año que a la joven le negaron el beneficio solicitado con la excusa de la pandemia. Los mismos integrantes de la Sala I tuvieron en cuenta un informe que detalló el "buen estado de salud, nutrición y aseo" de Galarza, las condiciones de la unidad penal y diferentes exámenes médicos.
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