Niegan la libertad condicional del autor de la “Masacre de Flores” en base a los informes del penal
Tras el fallo, el único sobreviviente de la masacre, Matías Bagnato, dijo estar “satisfecho” con la decisión de la jueza
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Una jueza de Ejecución rechazó hoy el pedido de libertad condicional de Fructuoso Álvarez González, de 61 años, el autor material de la denominada “Masacre de Flores”, al basarse en los informes socioambientales que elaboró el penal que lo aloja. El ataque ocurrió el 17 de febrero de 1994. Cuatro integrantes de una misma familia y un amigo murieron tras el incendio intencional de una vivienda.
Así lo consideró la titular del Juzgado Nacional de Ejecución Penal 1, María Jimena Monsalve, quien desestimó que la solicitud de Álvarez González, quien fue condenado en 1995 a prisión perpetua y que argumentaba que su pena ya estaba cumplida.
Tras el fallo, el único sobreviviente de la masacre, Matías Bagnato, dijo a la agencia Télam estar “satisfecho” con la decisión de la jueza. “Estaba prácticamente sin dormir esperando este dictamen. Por supuesto, soy consciente que no se termina acá. Es un fallo contundente. Pero bueno, hay que seguir peleándola”, expresó Bagnato en diálogo con esta agencia.
La jueza basó su decisión en los informes socioambientales realizados por el Consejo Correccional del Complejo Federal de Ezeiza 1, prisión en la que Álvarez González permanece alojado hace 12 años, los cuales indicaron “de manera unánime” que no está en condiciones de ser excarcelado.
“Fueron tenidos en consideración los informes elevados por el Consejo Correccional y, a partir de un análisis reflexivo sustentado en la aplicación de principios constitucionales, concluyó no propiciar la incorporación de Álvarez González a la libertad condicional en estudio”, explicó la jueza Monsalve en el documento judicial al que tuvo acceso la agencia Télam.
A su vez, la magistrada comentó que el autor de la “Masacre de Flores” presentó una “evidenciada involución” en su comportamiento dentro del penal, al manifestar “dificultades para acatar los reglamentos internos, como así su falta de apego en punto a los objetivos fijados por las diferentes áreas de tratamiento”.
En ese sentido, Monsalve observó que el pronóstico de reinserción social de Álvarez González “no es favorable”, lo cual, sumado a “la escasez de autocrítica” del condenado con respecto al crimen que cometió, evidencia “la necesidad de que continúe su tratamiento” en la cárcel.
Por su parte, los especialistas del Consejo Correccional de la prisión dependiente del Servicio Penitenciario Federal (SPF) consideraron en las mencionadas evaluaciones que el condenado mostró “en el último tiempo actitudes hostiles hacia el personal encargado de su tratamiento”.
“En los últimos meses, se ha empezado a considerar que el cumplimiento con las áreas de tratamiento estaría atravesado más por lo formal del mismo, de asistencia superficial a los espacios ofrecidos y no de aprovechamiento del espacio en función de lo propuesto por cada área, y ante los señalamientos realizados ha mostrado una actitud confrontativa y desafiante hacia las diferentes áreas de tratamiento con manifestaciones y escritos descalificantes hacia las actividades y personal encargado del mismo”, ampliaron los profesionales.
Otro de los puntos que tuvo en cuenta los miembros del Consejo a la hora de la elaboración del informe fue la imposibilidad de mantener una entrevista con la sobrina del recluso, quien fue señalada como su referente a la hora de proporcionarle un domicilio en la localidad bonaerense de Tortuguitas en caso de que sea liberado.
“En suma, si bien contaría con una propuesta habitacional y una referente dispuesto a recibirlo, por no haber podido mantener entrevista con la referente del interno por encontrarse la nombrada de viaje en el extranjero, queda pendiente dicha entrevista y la corroboración del domicilio hasta su regreso”, señalaron.
Por su parte, la abogada defensora de Álvarez González, Patricia Croitoru, adelantó a la agencia Télam que apelará la decisión de la jueza Monsalve, al considerar que “los informes penitenciarios son arbitrarios”.
Además, la representante legal del múltiple homicida aseguró que va a pedir que el condenado continúe cursando su pena bajo un régimen de prisión domiciliaria, debido a su “deteriorado estado de salud”.
La “Masacre de Flores” ocurrió el 17 de febrero de 1994, cuando se originó un incendio en una casa de la calle Baldomero Fernández Moreno y Pumacahua, en el barrio de Flores, y murieron José Bagnato (42); su esposa Alicia Plaza (40); sus hijos Fernando (14) y Alejandro (9) y Nicolás Borda (11), un amigo del menor de ellos que esa noche se había quedado a dormir.
Los investigadores determinaron que el incendio había sido originado de manera intencional por Álvarez González, exsocio de José Bagnato, quien arrojó dos bidones con combustible y encendió el fuego.
El imputado fue condenado a prisión perpetua en 1995, pero por tener su ciudadanía española, en 2004 fue extraditado a ese país para terminar de cumplir su condena. En España lo liberaron y fue recapturado en la Argentina en 2011, luego de amenazar de muerte a Bagnato.
Matías hoy forma parte del Observatorio de Víctimas de Delitos junto a familiares de otras víctimas de casos de violencia, entre ellos de Ángeles Rawson, de la tragedia de Once y de Cromañón.
Gracias al impulso del observatorio, fue sancionada la Ley 27.372 de Derechos y Garantías de las Personas Víctimas de Delitos, mediante la cual se creó el Centro Nacional de Asistencia a las Víctimas de Delitos para asistir y asesorar tanto a familiares como a víctimas de hechos de violencia.
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