Muerte y misterio en Retiro: el empresario Francisco Sáenz Valiente ya no será monitoreado con tobillera electrónica
Está bajo investigación por la muerte de una modelo brasileña que falleció al caer al vacío desde un sexto piso; sí se mantiene la prohibición de salida del país y de acercarse a los familiares de Emmily Rodrigues
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El empresario Francisco Sáenz Valiente, bajo investigación por la muerte de Emmily Rodrigues Santos Gomes, la modelo brasileña que falleció el 30 de marzo del año pasado al caer al vacío desde un sexto piso de un edificio de Retiro, ya no será monitoreado permanentemente con una tobillera electrónica.
Así lo resolvió el juez en lo criminal y correccional porteño Luis Schelgel en una resolución firmada hoy y a la que tuvo acceso LA NACION. El magistrado dispuso que la tobillera sea devuelta a la Dirección de Asistencia de Personas Bajo Vigilancia Electrónica que depende del Ministerio de Justicia de la Nación.
“No obstante, mantendré las restricciones que le fueran impuestas por este Juzgado al momento del dictado de la falta de mérito (prohibición de salida del país y de acercamiento a los familiares de la damnificada y testigos que han prestado declaración en el expediente, como así también la obligación de comparecer cada 15 días en el Tribunal en forma virtual o presencial)”, sostuvo el juez Schelgel en el fallo.
La morigeración de la utilización permanente del dispositivo electrónico había sido solicitada por los abogados defensores de Sáenz Valiente, Rafael Cúneo Libarona y Facundo Orazi.
“Se trata de un importante avance, sobre la confianza que estamos generando camino a la inocencia de Francisco [por Sáenz Valiente]. Otro paso de solidez procesal. Habremos de esclarecer todo muy brevemente”, sostuvo a LA NACION el abogado Cúneo Libarona tras conocer la decisión del magistrado.
Los abogados defensores del empresario habían sostenido en su presentación que la “colocación del dispositivo electrónico de rastreo había perdido actualmente toda razón de ser, en la medida que no resultaba proporcional y que existían medidas menos gravosas que resultaban más que suficientes para neutralizar cualquier riesgo de fuga que se pudiera considerar subsistente en la actualidad” y, en “ese sentido, solicitaron que se dispusiera su remoción, tras señalar que los motivos que llevaron oportunamente a la implementación de la tobillera electrónica de su defendido hoy en día no se hallaban vigentes o habían perdido virtualidad”, según se desprende del expediente judicial.
Antes de tomar una decisión, el juez le corrió vista al fiscal Santiago Vismara y a la abogada Raquel Hermida Leyenda, que representa al padre de la joven fallecida, quienes entendieron que el empresario debía continuar monitoreado con la tobillera electrónica. El abogado José María Vera representa a la madre de Emily, Catia Cilene Rodrigues Santos, no efectuó presentación alguna.
“El fiscal Vismara entendió que lo requerido por la defensa de Sáenz Valiente no debía tener acogida favorable en tanto la colocación de la tobillera electrónica al nombrado resultaba un reaseguro indispensable respecto de las otras restricciones impuestas, sobre las que la defensa no planteó, ni plantea cuestionamiento alguno”, según se desprende de la resolución del magistrado.
En la actualidad, mientras continúa la investigación, el empresario se encuentra con falta de mérito. En abril del año pasado había sido indagado por el delito de homicidio.
Rodrigues Santos Gomes tenía 26 años y murió a las 9.18 del 30 de marzo del año pasado cuando, según el expediente judicial, en un estado de aparente desesperación eufórica, terror y llantos, que podría haber estado causado por el consumo de los estupefacientes y el alcohol, cayó al vacío por una ventana del departamento de Sáenz Valiente que da a un pulmón del edificio.
La joven brasileña llegó al departamento del empresario a las 3.21 del 30 de marzo pasado en su camioneta 4x4. Estaba acompañada por Magalhaes Mourao y Dafne Gutiérrez Santana. Sáenz Valiente estaba con su amiga Lía Figueroa Alves. Los cinco tomaron bebidas alcohólicas, escucharon música y consumieron drogas.
“Mili [por Rodrigues Santos Gomes] parecía como poseída, que tenía una mirada rara y en un momento algo le pasó”, sostuvo el empresario en parte de su declaración indagatoria. Y agregó: “Decía cosas sin sentido en portugués, después comenzó a gritar cosas religiosas, gritos muy fuertes, insultaba, incluso gritó ´policía´. En ese momento nada tenía sentido”.
La autopsia determinó que la modelo brasileña murió como consecuencia de “politraumatismos” y “hemorragias internas y externas” y en las consideraciones médico-legales se dejó asentado que una caída desde un sexto piso como en este caso –de menos de 50 metros–, en medicina legal se conoce como “defenestración”.
El empresario estuvo preso desde el 30 de marzo hasta el 19 de abril del año pasado. Fue liberado después de la falta de mérito dictada por el juez Martín del Viso.
En un primer momento, fue indagado por homicidio, pero después de un pedido del fiscal Vismara y de la Unidad Fiscal Especializada de Violencia contra las Mujeres (UFEM), dependencia conducida por Mariela Labozzetta, el juez Del Viso había ordenado la ampliación de la declaración indagatoria del empresario por los delitos de femicidio, portación ilegal de arma y suministro de estupefacientes.
“Las dudas, como puede observarse, parten del ámbito privado en el que sucedieran los hechos, pues fue dentro de un departamento y lejos de la vista de terceros imparciales, y si bien se oyeron gritos o alguna otra persona advirtió la caída de la víctima al vacío, todo sugeriría que el desenlace ocurrió sin siquiera la presencia de la única testigo [por Juliana Magalhaes Mourao, amiga de la joven fallecida y del empresario] que estuviera en el sitio durante el confuso episodio. De aquí que la prueba no llegue a aclarar realmente lo sucedido ni revela cuál fue el contexto de los acontecimientos, y si bien es cierto que para remover los obstáculos que suelen presentar este tipo de casos se aplica un criterio probatorio amplio, aun en su máxima expresión, pues configuraría un supuesto de violencia de género extrema, las presunciones no llegan a disipar las dudas en torno a la acusación”, explicó el magistrado en su resolución.
A fines de junio del año pasado, los jueces Magdalena Laiño, Ricardo Matías Pinto e Ignacio Rodríguez Varela, integrantes de la Sala VI de la Cámara del Crimen, procesaron al imputado por los delitos de suministro gratuito de estupefacientes, facilitación de un lugar para su consumo, homicidio culposo y tenencia ilegítima de un arma de uso civil condicional.
“La acción típica realizada por Francisco Sáenz Valiente consistió en haber facilitado los estupefacientes al ponerlos a su alcance o disposición para que aquellas [Rodrigues Santos Gomes y tres mujeres que habían estado en el departamento del empresario la madrugada del 30 de marzo pasado] tomaran posesión de ellos”, se sostuvo en el fallo unánime del tribunal de alzada.
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