Mendoza: tres años y nueve meses de prisión para la mujer que atropelló y mató a su novio rugbier
MENDOZA.- Era tal la tensión, entre tanto silencio durante la lectura del veredicto, que en el momento cúlmine de la lectura del fallo quedaron todos enmudecidos, como presas de un hechizo. Julieta Silva Macagno miraba fijo al piso, al igual que su abogado, mientras sopesaba esas palabras que, claramente, significaban un alivio mayúsculo. Graciela Linares y Miguel Fortunato, los padres de Genaro, la víctima del hecho sometido a debate, tampoco hablaban, pero su gesto denotaba sentimientos muy distintos: sorpresa, estupor, desconsuelo.
Como ellos, los amigos del rugbier, que tenía 25 años cuando, la lluviosa madrugada del 9 de septiembre pasado, murió arrollado por el auto de su novia, Julieta, a la salida del boliche La Mona, de San Rafael, estaban azorados.
A media tarde, los jueces Rodolfo Luque, Julio Bittar y María Eugenia Laigle encontraron a Silva culpable. Pero no de homicidio agravado por el vínculo o con dolo eventual, como pedía la querella, ni por homicidio doloso atenuado por haber sido cometido en estado de "emoción violenta", como postuló, en su alegato, el fiscal Fernando Guzzo.
El tribunal la condenó a tres años y nueve meses de cárcel por homicidio culposo agravado, tipificación habitual para los siniestros viales con resultado letal. Y a contramano del requerimiento del representante del Ministerio Público y de los abogados de la familia de la víctima, desistió de enviarla a una unidad penal común y le mantuvo el beneficio de la prisión domiciliaria con el que llegó al juicio oral y público.
Los jueces también le aplicaron a Silva una inhabilitación especial para conducir vehículos automotores por ocho años. Y le devolvieron el Fiat Idea con el que pasó por encima de su novio y segó su vida.
Silva no salió de su mutismo ni entonces ni a la mañana, cuando la madre de Genaro pidió a los jueces hacer uso de la palabra. "¿Por qué? ¿Por qué pasó esto, Julieta? Genaro te quería, tenía proyectos con vos. Solo le pido a Dios que le dé paz a tu alma, porque destrozaste a esta familia y a la tuya también. No hay venganza, no hay rencor", dijo, conmovida, ante la atenta mirada de Julieta, que tras romper en llanto y mostrarse incómoda, logró que su abogado, Alejandro Cazabán, frenara la exposición de Graciela Linares.
La madre de Genaro acusó además al defensor -reconocido letrado local- de haber hecho una "manipulación morbosa" respecto de su hijo. A la tarde, su mirada fija a los jueces mientras se leía el veredicto dejó claro, sin que hicieran falta palabras, lo que le pareció el fallo.
La semana pasada, durante la etapa de alegatos, habían quedado claramente expuestas las posturas y los pedidos al tribunal, un abanico de posibilidades que iba desde la absolución hasta la prisión perpetua.
Los defensores de Silva, Cazabán y Marco Terranova, buscaron en todo momento desligar a su defendida del trágico hecho; minimizaron la relación de pareja e intentaron desacreditar las declaraciones de la mayoría de los testigos.
"Lo que ella ve es un bulto, no un cuerpo, y ya estaba arrollado. Qué hacía ahí en el piso Genaro, no lo sabemos, pero ella no puede ser responsable. Es la prueba concreta de que el cuerpo estaba sobre el carril. Ella no lo vio. No está ni configurada la culpa. Corresponde la absolución de Julieta Silva, incluso del delito culposo", fueron los argumentos centrales de la defensa, que apeló al libro El gorila invisible, de los psicólogos norteamericanos Christopher Chabris y Daniel Simons, para intentar demostrar que no siempre se logra divisar lo evidente.
El fiscal Guzzo había sorprendido al pedir 14 años de cárcel efectiva por homicidio atenuado por "emoción violenta", cuando se esperaba que pidiera la pena máxima por homicidio agravado por el vínculo.
La querella, en manos del abogado de la familia Fortunato, Tíndaro Fernández, pidió 20 años de prisión por homicidio con dolo eventual.
Así, los jueces debían decidir, fundamentalmente, entre dos calificaciones: homicidio culposo u homicidio con dolo eventual por emoción violenta. Es decir: o un hecho trágico, pero involuntario, en el que habría tenido incidencia una afección oftalmológica que padece la mujer, o una acción en la que ella debió figurarse la posibilidad de concretar un crimen en estado de ira.
El 9 de setiembre de 2017, Julieta y Genaro salieron de La Mona bajo los efectos del alcohol. Tuvieron una discusión. Ella subió a su Fiat Idea, arrancó y no dejó que Genaro subiera; aceleró y el joven cayó sobre el asfalto. Llovía y estaba oscuro. Tras haber recorrido unos 150 metros, Silva giró en U y enfiló hacia la puerta del boliche. A pesar de las advertencias de un cuidacoches, pasó por encima de Fortunato.
Ella se aferró a su versión: sin los anteojos que le habían prescripto y debía usar para manejar, pensó que había tropezado con "un pozo" y no vio que "el bulto" que había arrastrado era, en realidad, su novio.
Podría pedir la condicional a principios de 2020
Si, tras las sucesivas apelaciones que, se espera, interpondrán las partes, la condena a tres años y nueve meses de prisión quedara firme, Julieta Silva Macagno podría obtener la libertad condicional a principios de 2020.
Así surge del cómputo de la sentencia. En concreto, deberá cumplir 45 meses de cárcel; al transcurrir las dos terceras partes de la pena (30 meses) puede solicitar la libertad condicional, y acceder a ella en caso de buena conducta.
Como está detenida desde hace prácticamente un año, le restan un año y medio de cumplimiento de pena para estar en condiciones de obtener la salida anticipada: ese plazo se concretará en marzo de 2020.Silva, que tiene 30 años y dos hijos pequeños, cumple prisión domiciliaria en su casa, a la que ayer regresó, más aliviada.
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