Masacre de Pompeya: Fernando Carrera fue declarado inocente por la Corte Suprema
Se trata de una sentencia de hoy del máximo tribunal; el cineasta Enrique Piñeyro había hecho un documental para demostrar que la causa había sido armada
Tuvieron que pasar 11 años y nueve meses para que se acabara el calvario judicial para Fernando Carrera, condenado en su momento a 30 años de cárcel por la denominada Masacre de Pompeya: la Corte Suprema de Justicia acaba de hacer un lugar a un recurso de queja presentado por la defensa y lo absolvió.
Según publicó el Centro de Información Judicial (CIJ), con los votos de los ministros Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda, Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz, la Corte Suprema absolvió ayer a Carrera por la comisión de los hechos de robo, homicidio y lesiones culposas y portación de arma por los que había sido condenado. La jueza Elena Highton de Nolasco votó en disidencia.
“La Corte Suprema entendió que tras casi nueve años de procedimiento recursivo todavía no existía certeza, por lo que, aplicando el beneficio de la duda, concluyó que correspondía absolver a Carrera”, según publicó el CIJ.
El caso fue llevado al cine por el cineasta Enrique Piñeyro que filmó el documental The Rati Horror Show, que documentó las arbitrariedades de la investigación policial y judicial que llevaron a condenar a Carrera.
"Ojalá que sea el inicio de un largo camino hacia una mejor Justicia, no podemos seguir con jueces como los que intervinieron en este caso. Hay miles de casos similares", sostuvo a LA NACION apenas conoció el fallo de la Corte Suprema.
En el último tiempo, Piñeyro creó la Fundación Proyecto Inocencia Argentina (IP Argentina), que existe en otros países como Innocence Project, para seguir casos con sentencias dudosas y donde inocentes puedan haber sido condenados.
La abogada Rocío Rodríguez López, que junto con su colega Federico Ravina, tuvo la titánica tarea de defender a Carrera dijo: "Estamos muy contentos. Es algo increíble".
Ravina afirmó: "Es un fallo muy importante. Se le pudo ganar a una corporación muy poderosa. No sólo declararon la nulidad de todo lo actuado, sino que también lo absolvieron".
La tarde trágica ocurrió el 25 de enero de 2005. A las 13.50, tres peatones, dos mujeres y un niño, que cruzaban la avenida Sáenz, en el semáforo de Esquiú, en Nueva Pompeya, murieron al ser atropellados por el automóvil que manejaba Carrera cuando intenta escapar de la policía.
Según lo que contó siempre Carrera, que ahora tiene 39 años, la policía lo confundió con un ladrón al que estaban buscando. Un grupo de efectivos policiales vestidos de civil que manejaba un Peugeot 504 negro sin ningún tipo de identificación policial intentó detenerlo realizando disparos, ocho de los cuales lo hirieron.
En 2007 el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) N° 14, integrado por los jueces Hugo Cataldi, Rosa del Socorro Lescano y Beatriz Bistué de Soler, condenó a Carrera a la pena de 30 años de prisión. En 2012, la Corte Suprema de Justicia revocó el falló y ordenó liberarlo.
Pero en agosto de 2013, la Sala III de la Cámara de Casación cambió la calificación del principal delito que se le atribuía, triple homicidio con dolo eventual, por la de homicidio culposo de las tres personas a las que atropelló en la avenida Sáenz cuando lo perseguía un móvil no identificable con policías de civil, el 25 de enero de 2005. No obstante, también lo consideró autor del robo que motivó esa persecución. En definitiva, le aplicó una pena de 15 años de cárcel.
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