Mala praxis: pidieron la detención de Aníbal Lotocki, el médico que operó a Silvina Luna
El fiscal Sandro Abraldes acompañó el pedido de las víctimas de revocar la exención de prisión de la que goza el condenado facultativo
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El fiscal Sandro Abraldes, representante del Ministerio Público en el juicio donde fue condenado por lesiones graves el médico Aníbal Lotocki, acompañó el pedido hecho por las víctimas de revocar la exención de prisión de la que goza el facultativo y pidió su detención.
Así lo informaron a LA NACION fuentes judiciales. “Esta representación del Ministerio Público Fiscal considera que procede revocar la exención de prisión concedida en su oportunidad en atención a la existencia de nuevas circunstancias que exigen su detención y hacer lugar a la inmediata prisión cautelar de Aníbal Lotocki solicitada por las querellantes en estas actuaciones, con el objeto exclusivo de asegurar su apersonamiento en el proceso hasta tanto la sentencia quede firme o sea revocada y, de ese modo, evitar la frustración en la aplicación del derecho”, afirmó el fiscal Abraldes en un dictamen presentado en las últimas horas.
Ahora, la definición de revocar o no la exención de prisión y ordenar la detención de Lotocki es del juez Carlos Rengel, integrante del Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) N° 28, que en febrero de 2021 condenó a la pena de cuatro años de prisión y cinco de inhabilitación para ejercer la medicina tras haber sido encontrado culpable del delito de lesiones graves, donde las víctimas fueron Silvina Luna, Estefanía Xipolitakis, Gabriela Trenchi y Pamela Sosa.
Luna murió el 31 de agosto pasado a los 43 años. Estuvo internada 79 días en el Hospital Italiano. Sus problemas de salud comenzaron como consecuencia de una cirugía estética de glúteos, en la que se le inyectó metacrilato mezclado con otras sustancias no determinadas que ingresaron en su torrente sanguíneo y le provocaron un cuadro crónico de hipercalcemia primero e insuficiencia renal después.
“La prisión provisional solicitada por los acusadores particulares se advierte la única cautela adecuada para disipar el riesgo de fuga inminente y real y al que Señor Juez no debe desatender, toda vez que a la condena impuesta en estas actuaciones se suma la pluralidad de procesos en trámite, la magnitud y gravedad de los ilícitos atribuidos y el severo pronóstico de pena para el caso de unificación”, sostuvo el fiscal Abraldes al acompañar el pedido de víctimas de Lotocki representadas por los abogados Fernando Burlando, Gonzalo Díaz Cantón y Agustín Maya.
“En primer lugar, cuadra señalar que una sentencia condenatoria a una pena privativa de libertad de 4 años de prisión e inhabilitación especial impuesta tras la tramitación regular del debate no solo goza de la presunción de acierto de toda resolución judicial, sino que constituye una circunstancia nueva del proceso, abarcada por el precepto legal mencionado. En efecto, y pese a que no podrá ser ejecutada hasta tanto adquiera firmeza, la condena recaída en autos implica una mayor verosimilitud del derecho invocado por las acusaciones acerca de la producción de los hechos juzgados y la consecuente responsabilidad penal del imputado”, explicó Abraldes en su presentación, a la que tuvo acceso LA NACION.
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