Si no paga $450 millones, Enrique Blaksley seguirá en la cárcel de Ezeiza
El expresidente de Hope Funds, acusado de 318 estafas a ahorristas, está detenido desde abril de 2018; el Tribunal que lo está enjuiciando le impuso esa fianza para acceder a la prisión domiciliaria
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La Cámara Federal de Casación Penal dejó firme la decisión de imponer una fianza de 450 millones de pesos al empresario Enrique Blaksley como condición para acceder al arresto domiciliario, al rechazar por “inadmisible” un recurso de la defensa, que entiende que el expresidente de la firma Hope Funds, acusado de encabezar una presunta asociación ilícita que estafó a al menos 318 ahorristas que habían invertido sus ahorros en la firma dedicada, fundamentalmente, a emprendimientos inmobiliarios y comerciales, lleva detenido más de tres años, el plazo máximo para una prisión preventiva.
De esta manera el hombre dueño de la empresa “Hope Funds”, conocido como el “Madoff argentino”, deberá depositar esa caución real si desea acceder a la prisión domiciliaria con tobillera electrónica que le concedió el 5 de marzo pasado el Tribunal Oral Federal (TOF) N°4, que lo juzga por multimillonarias estafas, según el fallo del máximo tribunal penal federal del país al que tuvo acceso Télam.
Blaksley está recluido en la cárcel federal de Ezeiza porque no pagó esa fianza y desde ese penal se conecta por videoconferencia al juicio oral que se le sigue junto a otros acusados por defraudación a inversores y lavado de activos, según la acusación fiscal.
La Sala I de Casación, con las firmas de Daniel Petrone, Ana María Figueroa y Diego Barroetaveña, rechazó por inadmisible la apelación de su defensa, que insistió con obtener la excarcelación.
El TOF 4 concedió en marzo una morigeración de su prisión preventiva con arresto “en su propio domicilio o en el de otra persona” a designar, pero previo depósito de esa multimillonaria caución.
Blaksley está detenido desde el 10 de abril de 2018. ”Los integrantes del Tribunal Oral brindaron motivos suficientes, respaldados por un prudente examen de los riesgos procesales que se verifican en estos actuados, para no proceder a la soltura del enjuiciado, argumentos que el recurrente no logra conmover ante esta instancia”, sostuvo el fallo de Casación.
Además se remarcó que el Tribunal “ha realizado un análisis profundo y adecuado de la situación procesal del imputado y ha expresado las razones que determinaron su decisión.
”El dueño de “Hope Funds” y otros 18 acusados son juzgados desde febrero último por supuesta “asociación ilícita, estafa, insolvencia fraudulenta, intermediación financiera no autorizada y lavado de activos de origen ilícito”De acuerdo a la acusación, la organización cometió una presunta megaestafa por un monto calculado en 184 millones de pesos, contra 318 inversores.
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