“Madoff argentino”. Piden que Enrique Blaksley sea condenado a 12 años de cárcel y el pago de una multa multimillonaria
La AFIP lo acusó de ser el jefe de una asociación ilícita que cometió una estafa tipo Ponzi y que lavó dinero captado ilegalmente a ahorristas y de la evasión fiscal a través de negocios opacos y operaciones de compraventa de bienes en el país y en el exterior
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En la recta final del juicio, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) pidió que Enrique Juan Blaksley Señorans, caracterizado como el “Madoff argentino”, sea condenado a 12 años de cárcel por liderar una asociación ilícita que defraudó a cientos de ahorristas que perdieron el dinero que habían prestado a la empresa Hope Funds a cambio de suculentos intereses, y que luego lavó multimillonarias sumas de dinero a través de multiplicidad de sociedades y de prestanombres, por medio de operaciones simuladas o encubiertas y compraventa de inmuebles en el país y en el extranjero. También pidió que se le imponga el pago de una multa equivalente a siete veces el monto de las operaciones involucradas, cuyo monto actualizado aún no fue establecido, pero que podría rondar los 1000 millones de pesos, y el decomiso de todos los bienes de la fallida firma, que está en quiebra y, por lo tanto, sujeta a la ejecución dispuesta por un juzgado comercial.
Los abogados Santiago Lozano y Ramiro Buján, querellantes en nombre de la AFIP, lo consideraron “único artífice, líder y organizador” de la estructura de la empresa y de las maniobras delictivas desarrolladas a través de ella. Por eso lo consideró autor penalmente responsable de los delitos de “estafa reiterada en 318 oportunidades, captación de ahorros del público no autorizada y agravada por haber sido cometida mediante oferta pública, asociación ilícita en carácter de autor, evasión fiscal, lavado de activos e insolvencia fraudulenta”.
También pidieron, para los otros 14 acusados, penas de entre tres y seis años de cárcel y multas de entre dos y cuatro veces el monto de las operaciones involucradas, como partícipes necesarios de todos o parte de los delitos, según cada rol.
En su alegato, Lozano sostuvo que entre agosto de 2011 y hasta septiembre de 2018, la empresa Hope Funds, con Blaksley a la cabeza, había captado dinero de ahorristas sin autorización y había desviado fondos del Estado, producto de millonarias defraudaciones fiscales por omisiones sobre pagos de IVA e Impuesto a las Ganancias. Dijo que a través de las declaraciones juradas se asentaron pasivos apoyados en los contratos de mutuo que se firmaban con los clientes. Y que eso representó un incremento patrimonial justificado por pasivos simulados. La captación ilegal de ahorros públicos y las defraudaciones fiscales debían tomarse como el delito precedente que la ley exige para que se configure el lavado de activos, argumentó. Casi unos 100 millones de pesos, estimó.
Contratos objetados
Lozano se detuvo en un mutuo en particular: el que Hope Funds firmó con el empresario Manuel Jorge Vilar en abril de 2006: fueron tres contratos por casi $20 millones. Para la AFIP, se trató de una operación simulada, ya que en la misma fecha de constitución del mutuo se firmó un contradocumento que anulaba los efectos del contrato anterior. El dinero nunca pasó de mano a mano, sino que sirvió para volcar en el mercado 633.000 dólares obtenidos de manera ilegal, afirmó el abogado.
“Ese contrato de mutuo había sido cancelado en 2011, con una addenda de octubre de 2009, un recibo en blanco por el contrato y un contrato de mutuo celebrado el 25 de agosto de 2011 entre Hope Funds y Blaksley, en el que Hope Funds le prestó 633.000 dólares a su presidente para que salde la deuda con Vilar, que había asumido a título personal. Pero no existió el intercambio de dinero, sino que se trató de la simulación de un préstamo. y en 2011 se valieron de esa simulación para que Blaksley pudiera darle visos de legalidad al origen del dinero”. El acusador refirió que el abogado Pablo Andrés Willa –otro de los acusados en este juicio– declaró como imputado colaborador y reconoció que él redactó el contrato, que no hubo intercambio de dinero y que fue todo una simulación, que los documentos se firmaron a requerimiento de Blaksley.
A partir de ese momento, dio Lozano, la maniobra “mutuo Vilar” se repitió para “adecuar” contratos y justificar la tenencia de dinero de origen ilícito usados para las operaciones comerciales.
Departamentos en Miami y un condominio en Panamá
Luego se explayó acerca de los inmuebles en el extranjero adquiridos por el holding Hope Funds. “Gran parte del dinero que obtenían por el fraude fiscal, las estafas y la captación indebida de dinero del público se usó en la compra de inmuebles en el exterior para hacer que aquel dinero adquiriera transparencia lícita”.
Pasó detalle, primero, por la adquisición de una propiedad en el 1395 de Brickell Avenue, en Miami, en 2009, a través de un pase de manos entre sociedades constituidas en los Estados Unidos.
Y luego, por los departamentos del complejo Panamera, de Panamá City, en 2014, a través de una sociedad integrada por Blaksley, Alejandro Carozzino y Verónica Vega y constituida por el estudio Mossack Fonseca, archifamoso a partir de la megafiltración conocida como Panamá Papers. Esas propiedades fueron pasando a través de sociedades integradas por prestanombres locales, en sucesivas operaciones que, según los abogados de la AFIP, tenían por objetivo “eliminar los nombres de los aquí imputados de los registros, para borrar cualquier tipo de vinculación de estas personas con aquellos inmuebles y con el origen del dinero”.
El abogado Lozano insistió con que los imputados “canalizaron parte de los dineros obtenidos por delitos precedentes en operaciones con inmuebles en el exterior” y que en el caso de Panamá, para eso “contrataron u estudio famoso a nivel mundial en maniobras de lavado de activos.
El fideicomiso Verazul
A continuación, el otro abogado de la AFIP se enfocó en las maniobras en torno a Verazul, el megaproyecto inmobiliario de Pilar al que Blaksley definió como “la joya” de Hope Funds, y el negocio que pudo haberle permitido superar la crisis de liquidez que derivó en el derrumbe de su emporio. En este caso, Hernán Buján puso énfasis en que en “en dicho fideicomiso se inyectaron fondos de origen ilícito a través de personas de bajos ingresos”; mencionó los nombres y apellidos de varias “personas de la comunidad boliviana que vivían en barrios de emergencia”, que aparecieron brevemente como fiduciantes, pero rápidamente firmaron acuerdos de cesión de obligaciones y derechos hacia la sociedad Wall Street Group SRL, que luego los cedió a Hope Funds por la mitad de su valor.
Más adelante en su alegato, Buján fundamentó la acusación de insolvencia fraudulenta a partir de operaciones con las, según la acusación, se procuró “lograr la reinserción en el mercado financiero de fondos que habían sido objeto de medidas cautelares, dinero desviado que retornó al patrimonio de Enrique Blaksley”.
Uno de los casos fue el de la facturación de eventos realizados en el Auditorio de Buenos Aires a través de la sociedad Inversora del Faro, con lo que se posibilitó que el negocio siguiera siendo explotado a pesar del embargo y la posterior inhibición. En esa situación quedaron comprometidos Daniela Sarsa y Damián Gómez, a quienes los abogados de la AFIP acusaron como partícipes necesarios de la maniobra.
La asociación ilícita y la estafa piramidal
Finalmente, Buján consideró que Blaksley había constituido y liderado una asociación ilícita. “Montó una estructura compleja para eludir tributos y defraudar a privados. La estructura fue creciendo para defraudar al fisco y a personas por montos millonarios. Logró captar dinero de diferentes personas y canalizó ese ingreso de dinero en nuevos emprendimientos, muchos, en sociedades que no eran más que cáscaras. Esto le facilitó la recirculación de fondos y justificar sustanciosas sumas de dinero. Construyó su imagen de exitoso hombre de negocios para que numerosas personas le confiaran su dinero”.
Y definió: “El esquema es piramidal o tipo Ponzi: se continúa tomando dinero de inversores para tener liquidez para pagar los intereses o devolver los capitales de mutuos a término. Generaban un retorno típico de los esquemas Ponzi. El mayor flujo se desvía a otra sociedad con la apariencia de que adquirieran un cariz lícito. Los pagos parciales alimentaban la confianza, y al recibir el dinero se alentaba a los inversores a seguir ingresando fondos. Captaron fondos de origen público sin ninguna autorización. Y sabiendo que era insolvente para devolver el dinero a los mutuantes, siguió tomando inversiones para pagar las obligaciones anteriores”.
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