Ley penal vial: para las víctimas del tránsito, un primer paso útil que se necesita profundizar
Las ONG que impulsaron el proyecto celebran la aprobación de la norma, pero esperaban penas más altas y agravantes más rigurosos
El 1° de mayo de 2002, Eduardo Sukiassian atropelló a Kevin Sedano, de 14 años, se escapó sin asistirlo. Lo condenaron a tres años de prisión por el homicidio, pero al segundo mes de cárcel le dieron la prisión domiciliaria. La madre de Kevin, Viviam Perrone, lucha desde aquel día para aumentar las penas de que quienes matan al volante. En 2004, con las Madres del Dolor llevó por primera vez el reclamo al Congreso. En el camino se sumaron otras asociaciones, como Red Nacional de Familiares de Víctimas de Tránsito, Grupo JEN y la Red de Familiares y Vecinos de Víctimas de Tránsito. El 23 de diciembre, ese proyecto -aunque con modificaciones- fue sancionado y se convirtió en la Ley de Delitos Viales, la primera ley penal vial que rige en el país.
Las penas para quienes matan por imprudencia o negligencia al manejar, pasaron del rango de 2 a 5 años de cárcel al de 3 a 6; sumó agravantes que no habían en el Código Penal, como la influencia de estupefacientes y el abandono de persona. A pesar de que recibieron la sanción de la ley como una victoria, las asociaciones y familiares de víctimas del tránsito consideran que es sólo el primer paso y apuntan a lograr en el futuro cambios más profundos, capaces de modificar conductas.
El cambio más notorio de la ley es el aumento de las penas; fue un año menos que los cuatro años pedidos en el proyecto original; con tres de mínimo, los jueces aún tienen la facultad de resolver si aplica la prisión efectiva o si excarcela.
También cambia la forma en la que se considera el abandono de persona. "Antes, si había gente alrededor, aunque el conductor huyera no se consideraba abandono. Ahora no importa si la víctima tiene cien personas alrededor; si el conductor se va, es abandono y es un agravante", explicó Perrone. Que tenga que quedarse es fundamental para obtener pruebas, como el estado del vehículo y la alcoholemia.
Antes, no estaba especificado que la presencia de alcohol o drogas en sangre fuera un agravante. Incluso, según la subjetividad del juez, podía ser considerado atenuante -una suerte de "no sabía lo que hacía"-. La nueva ley establece que la presencia de estupefacientes o un nivel de alcoholemia igual o superior a un gramo por litro de sangre (0,5 en caso de conductores de transporte público) es un agravante.
Lo mismo pasa con el exceso de velocidad. Si alguien conduce a 30 kilómetros por hora -o más- por encima del máximo permitido, la pena mínima es de tres años.
"Estamos contentos de que se haya aprobado la ley, pero no nos conformó. Respiramos hondo y dejamos que la aprobaran así porque es un paso importante, pero ahora nos toca seguir trabajando", dijo Zulma Tarditi, presidente de la Red de Familiares y Vecinos de Víctimas de Tránsito. Para ella -madre de Hernán Ferreyra Pinto, muerto en 2004 en la autopista 25 de Mayo por un camión que lo encerró y atropelló mientras iba en su moto-, una pena mínima más elevada hubiera borrado cualquier ambigüedad sobre si la prisión debe ser efectiva o condicional. Para Cristina Schott -madre de Juan Enrique, que murió a los 17 años por culpa de un conductor que tenía 1,9 de alcohol en sangre e iba por la ruta con las luces apagadas- fue "un cachetazo" enterarse de que el grado de alcoholemia que eleva la pena es recién a partir de 1 gramo.
Y según Teresa de Mellano -madre de Paolo, que murió en 2006 a los 19 años arrollado por un auto que corría picadas- que el exceso de velocidad fijado para que sea considerado un agravante no es lo suficientemente estricto.
El diputado radical Luis Petri -uno de los impulsores de la ley dentro del Congreso- dijo: "Para reducir la cantidad de siniestros hay tres patas: sanciones, educación y control". y para Alberto Silveira, presidente de Luchemos por la vida, no está mal que la pena mínima pueda ser excarcelable. "Lo importante sería que se incorporen al Código Penal los delitos abstractos, como manejar con concentración alcohólica superior al doble permitido por la ley, a velocidad excesiva o privado de licencia. No pueden seguir siendo una contravención ni una infracción, aunque no maten a nadie".
Cruzó en rojo y lo atraparon
La Policía de la Ciudad detuvo a un conductor que, luego de cruzar a alta velocidad, y con el semáforo en rojo, por Arenales y Cerrito, en el centro porteño, intentó atropellar a un uniformado que se había apostado en Marcelo T. de Alvear y Talcahuano para detener la marcha del infractor, que finalmente fue atrapado en Córdoba y Uruguay.
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