"Latas versus latas", el axioma de un juez para dejar en evidencia a la mafia de los contenedores
En una anterior resolución, al referirse a la denominada mafia de los contenedores, habló de "ignorancia deliberada", "ceguera voluntaria" y "certeza de impunidad". Ahora, en un fallo donde rechazó el pedido de sobreseimiento de 20 imputados, el juez en lo penal económico Marcelo Aguinsky, a cargo de la causa, postuló el axioma "latas versus latas" para comparar un intento de hurto de 27 latas de atún de primera marca en un supermercado de Rosario con el millonario contrabando de mercadería que llegaba a la Argentina en contenedores, también conocidos como "latas" en el ámbito del comercio exterior.
Aguinsky se inspiró en el intento de hurto de 27 latas de protagonizado por una mujer en una cadena de supermercados de Rosario. Un hecho ocurrido a mediados del mes pasado que tuvo una importante repercusión en redes sociales y medios de comunicación.
"En todos los medios y a través de las redes sociales la gente se mostraba claramente indignada por semejante conducta a todas luces disvaliosa [sic]. Nadie, obviamente, podía aprobar el burdo intento de la señora. Sin embargo, otro delito, que también involucra ´latas´ (como se llama en la jerga a los contenedores que sirven para mover mercaderías a través del comercio exterior), a nadie parece importarle ni logra conmover las alarmas institucionales. A pesar de que en el contrabando el damnificado no es una cadena de supermercados, sino que es el propio Estado nacional (que somos todos) y que no se trata de 5000 o 6000 pesos, sino de varios millones, la sociedad no parece reaccionar con el mismo grado de indignación ni de claridad", afirmó Aguinsky en una resolución dada a conocer en las últimas horas.
Parte de denominada causa de la mafia de los contenedores ya se ventiló en un juicio oral y público. El 8 de noviembre pasado, en un fallo unánime, el Tribunal en lo Penal Económico (TOPE) Nº 2 condenó a varios sospechosos. En la lista de culpables figuró Claudio Minnicelli, cuñado del expoderoso ministro Julio De Vido, quien recibió una pena de cinco años de cárcel por los delitos de contrabando y asociación ilícita.
En el mismo fallo, los jueces Luis Losada, Claudio Gutiérrez de la Cárcova y César Lemos también condenaron al empresario Oldemar Carlos Barreiro Laborda, más conocido como Cuki, a la pena de ocho años de cárcel; a Federico Tiscornia Salort, hermano del exjuez en lo penal económico Guillermo Tiscornia, y a los exfuncionarios de la Dirección General de Aduanas (DGA) Edgardo Paolucci, Osvaldo Giacumbo y Mauro Delmastro, y al empresario Sung Ku Hwang, conocido como Mister Korea, entre otros.
La causa comenzó en marzo de 2016 tras una presentación de la Aduana ante la Procuraduría de Criminalidad Económicas y Lavado de Activos (Procelac).
Aguinsky separó el expediente en varios legajos para evitar "la formación de una megacausa que solo sirve para enredar las distintas líneas de investigación", según fuentes judiciales. En el expediente, además de la Procelac, el Ministerio Público estuvo representado por la fiscal María Gabriela Ruiz Morales y, en el juicio que terminó en noviembre pasado, por su colega Marcelo Agüero Vera.
Ahora, en uno de los legajos que siguen abiertos, las defensas de 20 de los procesados pidió el sobreseimiento. Pero Aguinsky rechazó el planteo. "Este episodio [el hurto de latas de atún] sirve para trazar otro contrapunto que permite verificar el daño ocasionado por el abandono de la obligación constitucional que cumplen las aduanas. Mientras que en el episodio del supermercado, la autora entre sus ropas escondía latas sin contar con la complicidad de las líneas de control del establecimiento comercial, quienes perpetraron una gigantesca maniobra de contrabando, también en latas [por los contenedores], contaron con una estratégica complicidad para su negocio criminal: la certeza de impunidad garantizada desde la misma Aduana. Después de todo el trabajo investigativo realizado, no llegar a esa conclusión solo sería posible si la Justicia decidiera mirar para otro lado", sostuvo el magistrado en el proemio de su resolución.
Aguinsky explicó que con su resolución "se pretende atender satisfactoriamente el reclamo de las defensas, favoreciendo el pleno ejercicio del derecho de defensa en juicio al brindar argumentos exhaustivos y no tratados anteriormente, por los cuales este tribunal decide mantener la situación procesal de los imputados en su estado actual".
En el fallo, de 131 páginas, Aguinsky explicó el accionar de la organización criminal. Por un lado sostuvo que hubo un "intento frustrado de ingresar en Argentina mercaderías acondicionadas en contenedores, que habrían sido perpetrado recurriendo al uso de documentación apócrifa y a la declaración de informaciones mendaces ante el servicio aduanero en cuanto a la especie, la calidad o el peso de la mercadería a importar, con la finalidad presumible de someter tales enseres a un tratamiento aduanero o fiscal distinto del que hubiera correspondido".
Pero también, según el juez, hubo un segundo grupo que sí "logró el ingreso ilegal de la mercadería en el país mediante la confección y posterior presentación de conocimientos de embarque apócrifos, al ingreso de informaciones falsas en el sistema de registro informático del organismo de control y la presentación y oficialización de despachos de importación que contendrían información y documentación complementaria falaz. A los fines de llevar adelante tales maniobras ilícitas se verifica que se habrían creado y utilizado sociedades fantasmas, sin capacidad económica y operativa, las cuales habrían actuado como personas interpuestas, con el objetivo".