Las presas que son madres cobrarán la asignación por hijo
La Casación lo resolvió al hacer lugar a un amparo de la Procuración Penitenciaria
Las mujeres detenidas en la cárcel federal de Ezeiza que son madres o están embarazadas cobrarán la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación por Embarazo para Protección Social.
Así lo resolvió la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, al hacer lugar a una acción de hábeas corpus colectivo interpuesta por la Procuración Penitenciaria de la Nación (PPN). La resolución impone a la Anses que pague a las mujeres madres alojadas en la Unidad N° 31 del Servicio Penitenciario Federal (SPF) las prestaciones de la seguridad social establecidas en la ley 24.714.
El 18 de noviembre pasado se había realizado una audiencia ante la Sala IV, compuesta por los jueces Mariano Hernán Borinsky, presidente del tribunal; Juan Carlos Gemignani, y Gustavo Hornos. En esa ocasión, la PPN defendió su planteo contra la decisión de la Anses y el Ente de Cooperación Técnica y Financiera (Encope) del Servicio Penitenciario de negar el goce del régimen de asignaciones familiares a las reclusas que están embarazadas o que conviven con sus hijos e hijas menores de 4 años en su lugar de detención.
Actualmente ninguna de las integrantes de este colectivo percibe monto alguno en este concepto en virtud de sendos dictámenes de los servicios jurídicos de la Anses y del Encope. En ellos plantean, en primer lugar, que el SPF provee a las detenidas de todo lo necesario para la asistencia y cuidado de sus hijos, por lo que no les corresponde acceder a las prestaciones universales, y, en segundo lugar, que las personas privadas de su libertad se encuentran inhabilitadas para ejercer la patria potestad, por lo que tampoco les corresponde cobrar las asignaciones familiares del régimen general.
Tras argumentar a favor de la pertinencia del hábeas corpus colectivo como mecanismo procesal para plantear el problema denunciado, los jueces Borinsky y Hornos destacaron en su fallo que las mujeres privadas de la libertad son sujetos del derecho a la seguridad social y, como tales, deben tener acceso a las prestaciones establecidas en la ley 24.714. Resaltaron que cuando el legislador quiso excluir alguna situación de las previsiones del régimen de asignaciones familiares lo hizo y que, por tal razón, "donde la ley no distingue no cabe distinguir", según informó la PPN.
En cuanto a la situación en particular de las mujeres madres detenidas que trabajan en prisión, Hornos y Borinsky señalaron que, dado que efectúan los aportes correspondientes, como cualquier trabajador formal, quedan comprendidas dentro del régimen de asignaciones familiares. "La concesión del subsidio reclamado contribuirá en forma directa a mejorar las condiciones de los menores alojados en la unidad penitenciaria, en evidente resguardo y protección de su interés", concluyeron.