La porno venganza será delito y tendrá una pena de hasta dos años de cárcel
Hace más de una década Silvina Luna y María Fernanda "Chachi" Telesco, entre otras famosas, como Florencia Peña, fueron víctimas de la viralización de videos íntimos grabados mientras mantenían relaciones sexuales. La difusión de esas imágenes no tuvo reproche penal, porque hacerlo no configura un delito. Pero pronto sí lo hará: se prevé que quienes, sin conocimiento ni consentimiento de las o los damnificados, distribuya imágenes y filmaciones de carácter íntimo reciban penas de entre seis meses y hasta tres años de prisión.
La Comisión de Reforma del Código Penal, presidida por el juez Mariano Borinsky, decidió incluir la porno venganza como delito en el anteproyecto que le presentará al Poder Ejecutivo.
"La Comisión incorporó el delito de porno venganza, también conocida como revenge porn, en el título referido a los delitos informáticos, que sanciona con pena de seis meses a dos años de prisión o multa al que, sin autorización de la persona interesada, difundiere imágenes o grabaciones con contenido sexual que hubieran sido producidas en un marco de intimidad. Se establece una agravante, con pena de uno a tres años de cárcel, si el autor de este delito hubiera tenido una relación afectiva con la persona afectada, si se trata de un menor de edad, –en cuyo caso podría también configurarse el delito de pornografía infantil, y si el autor hubiera actuado con fin de lucro", explicaron fuentes judiciales.
Los voceros consultados agregaron que la pena de prisión o la multa "es para quien obtuvo la grabación con consentimiento de la víctima. No es importante si formó parte de la grabación, sino que lo importante es que la víctima le haya pasado la filmación con consentimiento. El tipo penal no incluye a los que difunden la grabación si no fueron ellos quiénes la recibieron por parte de la víctima.
El tipo penal del revenge porn, dijeron fuentes judiciales, solo sanciona "la conducta de quien recibe una grabación intima por parte de la víctima, en un acto de confianza y la trasmite a otras personas".
La decisión de la comisión de expertos se conoció 24 horas después de que se conocieran novedades en el caso donde la víctima fue la mediática Silvina Luna. La actriz recibió un fallo favorable en una demanda que les había iniciado a los buscadores Yahoo! y Google por el "daño moral" que le causó el hecho de que los principales buscadores no impidieran la difusión de su video íntimo con su pareja de entonces en un viñedo de los Estados Unidos.
Según el fallo de la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones Civil y Comercial Federal, se le debe hacer lugar a la demanda de Luna en concepto de daño moral por 100.000 pesos más los intereses desde que se inició el caso, a "tasa activa".
La comisión de especialistas fue creada por un decreto del presidente Mauricio Macri en febrero del año pasado. Además de Borinsky, la integran Carlos Mahiques, juez de la Cámara Nacional de Casación Penal; Patricia Llerena, integrante de un tribunal oral en lo criminal (TOC) porteño; Víctor María Vélez, de la Federación Argentina de la Magistratura y la Función Judicial; Pablo López Viñals, procurador general de Salta; Guillermo Yacobucci, integrante de un TOC porteño y profesor de la Universidad de Buenos Aires y de la Universidad Austral; Fernando Córdoba, docente de la UBA; Patricia Ziffer, secretaria letrada de la Corte Suprema de Justicia de la Nación; el fiscal Pablo Turano, y Carlos González Guerra, actual director nacional de Política Criminal en materia de Justicia y Legislación Penal.
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