La “maldita policía”. A 30 años de una de sus páginas más bochornosas, piden que los condenados queden presos de una vez
A fines de 2022, los siete exefectivos fueron sentenciados a 25 años de cárcel por asesinar a cuatro inocentes a los que supuestamente confundieron con delincuentes en Wilde, el 10 de enero de 1994
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En momentos en que se reactiva del debate por los alcances de la intervención y la actuación policial, que el nuevo gobierno entiende que debe presumirse como encuadrada en la legítima defensa, familiares de un caso emblemático de “gatillo fácil” piden que los autores de aquella masacre, de la que se cumplieron 30 años, vayan de una vez a la cárcel.
Los deudos y el único sobreviviente de la llamada “Masacre de Wilde” reclaman que la sentencia a 25 años de prisión dictada a fines de 2022 contra siete expolicías de la Policía Bonaerense quede firme para que los responsables del crimen que se cobró las vidas de cuatro inocentes finalmente sean detenidos.
El Tribunal de Casación Penal de la provincia –máximo órgano revisor en la materia– fijó para marzo próximo una audiencia en la que tratará los recursos presentados por las partes.
“Se cumplen treinta años y gracias a la injusticia argentina los asesinos siguen libres”, dijo a la agencia de noticias Télam Raquel Gazzanego, viuda del vendedor de libros Edgardo Cicutín, uno de los cuatro hombres muertos el 10 de enero de 1994 en aquel emblemático caso de “gatillo fácil” de mediados de los noventa.
Este episodio bochornoso reveló no solo las prácticas violentas y abusivas, sino las maniobras posteriores de encubrimiento institucional. Cimentó, así, la fama de la “maldita policía” de la provincia de Buenos Aires que se extendió desde el retorno de la democracia hasta el homicidio del reportero gráfico José Luis Cabezas, el 25 de enero de 1997.
La viuda de Cicutín cuestionó que el mismo Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) N°3 de Lomas de Zamora que en diciembre de 2022 condenó a los siete expolicías –pero dispuso que no quedaran detenidos en tanto el fallo no adquiriera firmeza–, le concedió el año pasado a uno de ellos, el excabo Marcos Rodríguez, un permiso para fijar domicilio en Córdoba, a pesar de que en la sentencia se rubricó que todos los procesados debían cumplir con la condición de permanecer en territorio bonaerense mientras el caso estaba en la etapa de revisión judicial.
“Le permitieron volver al lugar en el que estuvo escondido durante veinte años”, se quejó Raquel Gazzanego. Se refería a que el cabo Rodríguez había permanecido dos décadas prófugo hasta que fue arrestado en su minimercado de La Falda, donde lo ubicaron cuando se inscribió en un plan de pagos en la municipalidad de esa localidad para cancelar las deudas por multas de tránsito de un auto que estaba a nombre de su mujer. Ahora, la Justicia bonaerense le permitió volver a las Sierras de Córdoba en atención a las razones “anímicas, económicas y de salud” que esgrimió en su favor.
“Los asesinos aún siguen caminando las mismas calles que nosotros, generando una sistemática victimización no solo de los familiares, sino de la sociedad toda”, afirmó la viuda de Cicutín.
Por su parte, Patricia De Angelis, esposa del remisero Norberto Corbo, otra de las víctimas de la masacre, señaló a Télam: “Insólitamente, [los asesinos] están en libertad esperando una sentencia firme. Yo quiero que nuestros seres queridos, que nos arrebataron, puedan descansar en paz. Quiero Justicia”.
“No voy a abandonar la lucha. Se los debo a Norberto y a mis hijos”, indicó Patricia, que cuenta desde hace años con la representación del abogado Gustavo Romano Duffau.
Además del cabo Rodríguez, el TOC 3 de Lomas de Zamora condenó a los excomisarios Roberto Mantel y Eduardo Gómez; al exoficial Osvaldo Lorenzón; al exsubteniente Pablo Dudek, y a los exoficiales Julio Gatto y Marcelo Valenga como coautores del delito de “homicidio calificado por el concurso premeditado de dos o más personas, reiterado en cuatro hechos, y homicidio calificado por el concurso premeditado de dos o más personas, en un hecho, en grado en tentativa, todos en concurso real entre sí”.
Esa es la definición técnico-jurídica; lo concreto es que esos policías fueron condenados por haber acribillado al librero Cicutín, al remisero Corbo y a sus dos pasajeros, Gustavo Mendoza y Enrique Bielsa. El único sobreviviente fue Claudio Díaz, que iba en el auto con Cicutín la tórrida mañana del 10 de enero de 1994.
El fallo fue dado a conocer 10.570 días después de la masacre y estuvo a cargo de los jueces Marcelo Hugo Dellature, Luis Miguel Gabián y Claudio Fernández, quienes rechazaron los pedidos de la fiscalía y de las querellas de que los culpables recibieran la prisión perpetua.
En su alegato, la fiscal Viviana Simón había requerido la máxima pena para todos ellos, al considerar que entre los imputados existió un “acuerdo previo para matar”, ya que la prueba demuestra que “se organizaron con medios, vehículos, armas de fuego y cantidad de participantes para consumar las muertes y ejecutar a las víctimas”, a las que emboscaron en la zona de Wilde.
Las defensas de todos los acusados, en tanto, pidieron la absolución de los siete expolicías, que llegaron al juicio oral en libertad.
A partir de estas posturas contrapuestas, cada una de las partes recurrió al Tribunal de Casación bonaerense, que el 27 de diciembre pasado, a través de su Sala III, dictó un fallo en el que rechazó los planteos de las defensas, que habían pedido que se declararan “inadmisibles” las apelaciones de los particulares damnificados por considerar que los expolicías recibieron una pena no menor a la mitad de lo requerido en el juicio por la fiscalía.
La misma sala, integrada por los camaristas Víctor Violini y Ricardo Maidana, fijó para el 21 de marzo próximo, a las 11, una audiencia oral en la que las partes podrán presentar sus argumentos de casación.
Tiroteo infernal
El lunes 10 de enero de 1994 las principales noticias giraban en torno a un potencial paro de la CGT, el arranque de la pretemporada de los equipos profesionales de fútbol, la visita a la Argentina de la estrella de la NBA Earvin “Magic” Johnson y la gestión del entonces ministro de Economía, Domingo Cavallo, entre otros temas.
Ese día, el remisero Corbo llevaba a Mendoza y Bielsa en su Peugeot 505, mientras que Cicutín se trasladaba en un Dodge 1500, conducido por su compañero Díaz.
En momentos en que transitaban por Wilde, en el partido de Avellaneda, ambos vehículos quedaron bajo una lluvia de fuego. Efectivos de la Brigada de Investigaciones de Lanús que, al parecer, los habían confundido con delincuentes a los que supuestamente perseguían, los acribillaron, pese a que nada los amenazaba.
Según los peritajes posteriores, los coches y las víctimas recibieron unos 200 impactos de bala calibre 9 milímetros disparados con pistolas y al menos un subfusil Uzi.
En principio, los policías que intervinieron en el hecho fueron detenidos, pero luego la Cámara de Apelaciones y Garantías de Lomas de Zamora los sobreseyó y liberó.
Además de quienes fueron juzgados, estuvieron imputados los comisarios César Córdoba, Carlos Saladino y Hugo Reyes (ya fallecidos), integrantes de la brigada cuyo subjefe era el entonces comisario y actual abogado Juan José Ribelli, procesado y luego absuelto por el atentado a la AMIA. Otro partícipe, el exsubteniente Marciano González, quedó fuera del proceso por incapacidad mental, tras haber sufrido un ACV.
Tras sendas apelaciones de familiares de las víctimas, en 2003 y en 2007, los acusados de la masacre volvieron a ser sobreseídos.
No obstante, la causa siguió su curso hasta la Suprema Corte de Justicia bonaerense, que en 2013 ordenó reabrir el expediente y anular los sobreseimientos.
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