La Justicia Federal investiga a dos clínicas de Córdoba por trata de personas por maternidad subrogada
Hay nueve imputados, entre ellos dos titulares de clínicas de fertilización asistida; abogados y psicólogos. Son 14 los casos de mujeres que habrían sido “captadas”
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CÓRDOBA.- La Justicia Federal abrió una causa que puede convertirse en un caso testigo: investiga el supuesto delito de trata de personas por maternidad subrogada. Hay nueve imputados, que ya tienen fecha de indagatoria, acusados de captar a mujeres en situación de vulnerabilidad para que “ceder” sus vientres para un embarazo en nombre de otro. Entre los acusados están los titulares de dos clínicas de fertilización asistida que ofrecían el servicio a padres “intencionales”, abogados que llevaban a cabo el “ocultamiento” de la situación de las víctimas y el aspecto económico del acuerdo que se presentaba ante los tribunales y psicólogos que certificaban la aptitud de las mujeres.
Este caso comenzó a ser investigado en abril pasado por el fiscal federal Enrique Senestrari. El proceso transcurre entre grises y vacíos legales. Por caso, en el Congreso se analiza el proyecto del diputado Juan Brügge (Hacemos por Argentina-Córdoba) para ampliar el artículo 145 bis del Código Penal que establece que “será reprimido con prisión de cuatro a ocho años el que ofreciere, captare, trasladare, recibiere o acogiere personas con fines de explotación, ya sea dentro del territorio nacional como desde o hacia otros países, aunque mediare el consentimiento de la víctima”. Pide que se le agregue “cualquier otro fin que afecte de algún modo la integridad psicofísica de la persona”.
La causa en esta provincia –que tiene pocos antecedentes en el país– se inició a partir de una denuncia anónima a la línea 145 que depende del Ministerio de Justicia (el número es en referencia al del artículo del Código Civil que legisla la trata). Las mujeres víctimas tienen entre 18 y 40 años y situaciones de “vulnerabilidad extrema”, como el caso de una que es madre de cinco hijos (uno de ellos con discapacidad) y tiene a su pareja presa.
De los nueve imputados, ocho ya fueron indagados en el Juzgado Federal N°2 de Córdoba en función del pedido realizado por los fiscales Senestrari y Carlos Gonella, con el apoyo de la fiscal cotitular de la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (Protex), Alejandra Mángano, “por al menos catorce hechos ocurridos en dos clínicas de salud reproductiva”. El juez Alejandro Sánchez Freytes rechazó el pedido de dictar prisión preventiva, medida apelada por la Fiscalía.
Gonella, en diálogo con LA NACION, explicó que “si bien no hay legislación, hay fallos muy claros que pusieron al resguardo de que se cumplieran esos requisitos” y citó, por ejemplo, un caso de Villa María, de 2017. “Ninguno de esos criterios se dan en los casos que estamos investigando, donde había incluso un ‘tarifario’, se les hacía firmar a las mujeres vulnerables un acuerdo y se les prohibía hablar”.
Enfatizó que “de ninguna manera” buscan criminalizar la subrogación de vientres. “Hay que alentar lo que es movido por el amor y el altruísmo, pero no lo que es movido por fines económicos”, sostuvo.
Según la investigación de los fiscales, en las dos clínicas de Córdoba “captaban” mujeres “en situación de vulnerabilidad” para ofrecerlas como “gestantes en la técnica de fertilización asistida denominada gestación por subrogación a cambio de una suma de dinero aún no determinada”.
Los centros de salud, según los investigadores, estaban en contacto con las víctimas a través de sus “donaciones de óvulos” –práctica que en muchos casos consistió en la primera vía de captación– o por haber sido acercadas por otros imputados; “en muchos casos, tomando ventaja de su situación de vulnerabilidad”, se especificó.
La Fiscalía detalló que los médicos directores de las clínicas “habrían ofrecido” las mujeres víctimas a los padres intencionales que llegaron para consultar y, posteriormente realizar, la gestación por subrogación. Luego, abogados cercanos a los establecimientos se habrían sumado a la maniobra, “gestionando la órbita judicial del tema, especialmente en el ocultamiento de la verdadera situación de las víctimas, su relación con los comitentes y el aspecto económico del acuerdo que presentarían ante los jueces para facilitar su homologación y autorización del procedimiento”.
Una vez realizado el “supuesto acuerdo para la gestación, los imputados habrían contado con la colaboración de especialistas en psicología quienes, ocultando las condiciones y la vulnerabilidad de las víctimas, certificaban su aptitud psicológica” para el procedimiento.
El esquema se completaba con la intervención de abogados que presentaban en el fuero provincial un “supuesto acuerdo de homologación a través del cual relataban una situación de amistad entre las partes, que en los hechos era inexistente, así como describían un supuesto fin altruista y filantrópico como único móvil de la mujer gestante en cuestión”.
La presentación de los fiscales da cuenta de 14 casos entre las dos clínicas e incluye también denuncias de hostigamiento por parte de los acusados hacia mujeres que, tras presentar dudas, decidieron no ser parte.
Encuadre legal
Para los fiscales, los hechos denunciados encuadran en la figura de trata con fines de explotación, agravada por mediar engaño, fraude, abuso de autoridad o de una situación de vulnerabilidad, o concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento, que las víctimas estuvieran embarazadas y sean más de tres, y en la comisión del delito participaren tres o más personas.
De acuerdo al requerimiento de instrucción, “aun cuando la actividad desplegada por las personas imputadas haya sido presentada ante las autoridades judiciales como casos no regulados por la ley, habrían desplegado con habitualidad un negocio criminal dedicado a la captación de mujeres, muchas de ellas vulnerables y en condiciones de pobreza, con la finalidad de ser sometidas a una explotación equiparable a la reducción a la servidumbre mediante la práctica de gestación por sustitución, a cambio de una contraprestación económica y en algunos casos poniendo en riesgo su salud e incluso abandonando a las víctimas una vez nacido el niño/a, todo ello con el propósito de que las personas implicadas en el negocio –responsables de clínicas, abogados, entre otros– obtengan cuantiosas ganancias económicas”.
Los fiscales marcaron que esta hipótesis acusatoria concursa con la comisión de delitos contra la fe pública por hacer insertar en instrumentos públicos declaraciones falsas, lo que se materializa en los supuestos acuerdos entre la persona gestante y los comitentes presentados por los abogados para su homologación judicial, sin perjuicio de otras hipótesis penales relevantes que pudieran surgir con el devenir de la investigación.
Señalaron que estos lineamientos están presentes en varios fallos de la Justicia de Familia de Córdoba relativos a los casos de gestación por sustitución y “al abordarlos, los y las jueces detectaron situaciones de vulnerabilidad de la persona gestante, riesgos para su salud, falta de comprensión respecto de las implicancias del procedimiento, ocultamiento de información a la magistratura en los supuestos acuerdos presentados para su homologación, y dudas respecto de la libertad con la que la persona gestante habría decidido realizar la práctica de subrogación de vientre”.
Las clínicas involucradas en la investigación ya fueron allanadas en búsqueda de las historias clínicas de las víctimas y de toda documentación que pueda dar cuenta de los ingresos y egresos de dinero de las clínicas en el período investigado. El juez dictó la inhibición de bienes de los acusados.
El paraguas legal
Aunque los casos de maternidad subrogada son cada vez más frecuentes, en la Argentina hay un vacío legal. Ni la ley 26.862 de Acceso Integral a los Procedimientos y Técnicas Médico-Asistenciales de Reproducción Médicamente Asistida ni el Código Civil y Comercial de la Nación regulan la gestación por sustitución como un Tratamientos de Reproducción Humana Asistida (TRHA). Aunque se elaboraron proyectos para incorporar la gestación por sustitución al Código, hasta la fecha no se logró incluir este punto en las normas.
En el proyecto de reforma de 2012 estaban establecidos los requisitos, las condiciones y los procedimientos de este tipo de prácticas con el objetivo de brindar seguridad jurídica a la TRHA. El artículo que se había propuesto para regular esta figura requería que “el consentimiento previo, informado y libre de todas las partes intervinientes en el proceso de gestación por sustitución debe ajustarse a lo previsto por este Código y la ley especial”.
También establecía que el juez debía homologar solo si se acreditaba, entre otras, que se había tenido en miras el interés superior del niño, que la gestante tuviera plena capacidad y buena salud física y psíquica, que los comitentes posean imposibilidad de concebir o de llevar un embarazo a término y que la gestante no recibiera una retribución.
El artículo finalmente no fue incorporado al Código Civil y Comercial de la Nación. “Su redacción constituyó una herramienta doctrinaria para resolver algunos casos, tomando en consideración la enumeración de requisitos efectuada para obtener la autorización judicial”, señalan desde el Ministerio Público Fiscal.
El documento plantea que en su trabajo Gestación por sustitución. Ni maternidad subrogada ni alquiler de vientres, la especialista en bioética Eleonora Lamm sostiene la intervención judicial en el proceso, como también una serie de requisitos para las gestantes, que incluyen su consentimiento y su plena capacidad, y su buena salud física y psíquica para poder prestar su consentimiento de manera libre, plena e informada, y con un seguimiento psicológico adecuado.
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