La familia de Ventura piensa demandar por daño moral a los detenidos
Pablo Ventura vivió una pesadilla. Deportista sin antecedentes de meterse en problemas en la ciudad de Zárate, donde vive con su familia, nunca habrá pensado en verse involucrado en una investigación por homicidio. Ni siquiera en un mal sueño se habrá visto esposado en su casa ante la desesperación de sus padres, que no sabían siquiera donde se llevaban al joven de 21 años. Uno o varios de los detenidos por el asesinato de Fernando Báez Sosa dieron su nombre a la policía que había irrumpido en la casa que alquilaban en Villa Gesell. La comisión de uniformados bonaerenses que llegó a la casa de la familia Ventura pocas horas después del asesinato había sido orientados hacia un objetivo por pedido de la justicia. Tres noches incomunicado en un calabozo y una familia aterrada por una situación que no comprendían fue el resultado de una falsa acusación, Ayer Pablo Ventura fue finalmente sobreseído.
"No les va a salir gratis, porque mi hijo estuvo en cana", había anticipado José María, el padre que se mantuvo varias noches frente a la fiscalía de Villa Gesell en esperar de probar la inocencia de su hijo. Anticipó de esa manera que demandará a quienes señalaron a Pablo como implicado en el brutal asesinato de Báez Sosa. ¿Podrá prosperar esa demanda? Especialistas en derecho civil aseguraron que un proceso de esas características puede tener una duración de unos cuatro años antes de llegarse a un resarcimiento económico.
Los letrados consultados por LA NACION, explicaron que, en la provincia de Buenos Aires, un reclamo civil de esa clase requiere la instancia previa de la mediación.
"En ese paso, previo a la justicia, las partes se sientan con un mediador que intenta que se llegue a un acuerdo. Esto puede llegar a ser desde un pedido de disculpas o una indemnización y en este caso, con la voluntad de ambas partes los padres de los acusados podrían llegar a pagarla", explicó el abogado Jorge Grispo.
Habiendo cumplido con la mediación, y para el supuesto de no haber llegado a un acuerdo, se habilita la instancia para iniciar un proceso civil donde se debe probar el hecho. "La duración depende de lo que demanden, pero suelen ser juicios muy largos porque hay que traducir mucha prueba", agregó Grispo.
María Beatriz Bustos Rodríguez, abogada y mediadora, aseguró que en la provincia de Buenos Aires es obligatoria una mediación cuando se realiza una demanda civil, donde el abogado hace la liquidación y se cuantifica el daño. "Si la demanda se realiza a mayores de 18 años no se puede ir contra el patrimonio de los padres. Se investiga si tienen sueldo, auto o bienes que pudieron recibir de alguna herencia. En el caso de que los jóvenes no tengan patrimonio, se puede realizar una inhibición general de bienes que significa que si llegara a entrar algún bien queda automáticamente frenado", señaló y agregó que ese proceso se renueva cada cinco años.
Luego de iniciado el juicio, y habiendo un juez considerado probado el daño que se reclama en la demanda, se dictará sentencia. Que, una vez firme (si no se apela el fallo de esa instancia) la parte perjudicada tiene la obligación de pagar en un lapso de 10 días. "Si no lo hacen la parte que ganó tiene que pedirle al juez que intime a la parte demandada a que pague", comentó la abogada Bustos Rodríguez.
Evaluación del daño
En cuanto al monto que se puede solicitar puede ser variado y debe sustentarse en distintos daños que se le pudieron provocar a la víctima.
"Uno puede reclamar el daño moral, daño psicológico, daño en la vida en relación o daño físico, entre otros. Cada uno de ellos tiene formas de mensurar, por ejemplo, el daño psicológico con una pericia psicológica sobre la víctima para ver cómo afectó su psiquis. El daño moral atendiendo lo vivido; que lo lleven detenido, estar en la cárcel, tener que pasar rueda de reconocimiento o la espera temporal para quedar libre por resolución. Y por supuesto, todo aquello que lo afligió y afectó en su esfera íntima. El juez evalúa todo esto y es libre de dictar un monto atendiendo a la gravedad que tuvo que pasar innecesariamente", contó un integrante del Poder Judicial que trata a menudo estos casos.
"No existe una pauta matemática para establecer el valor del daño económico. El demandante pone el monto y el juez debe apreciar si se condice con el daño que alega", dijo Grispo.
Los especialistas advierten que, en el caso de los detenidos por el crimen en Villa Gesell, si no cuentan con patrimonios y al tener abierta una causa penal en la que podrían ir presos por un largo período en el que no obtendrán ingresos para pagar la eventual indemnización, solo puede seguirse un proceso para embargar futuros bienes, como herencias. Esa situación también encontraría la familia de Báez Sosa si inician un demanda civil a quienes resulten condenados por el homicidio.
"Si no tienen nada y quedan presos no se les puede sacar nada, podés inhibirlos y puede haber un monto, pero es todo a futuro", aseguró Roberto De Domingo, abogado especialista en derecho civil.
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