La "emoción violenta diferida", posible reacción a un cúmulo de ofensas y agresiones recibidas
En un caso criminal, y por pedido del magistrado que interviene en una causa determinada con respecto a un imputado, el psiquiatra forense producirá un informe que siempre tendrá como objeto responder una única pregunta: ¿tuvo capacidad suficiente para comprender y dirigir sus acciones cuando el hecho fue cometido?
De esta pregunta surgirá la posibilidad de que efectivamente dicha capacidad haya estado conservada, como primera opción, o que no lo haya estado, sea por una enfermedad mental, intoxicación, retraso madurativo o estado de inconsciencia por otros factores, como segunda opción.
Pero también puede existir una tercera posibilidad: que por presentarse una súbita, brusca y excepcional circunstancia de orden emocional -como podría ser la amenaza inmediata sobre la propia existencia- que, como efecto, hubiese obnubilado parcialmente la comprensión de un sujeto dado, se haya producido un estado denominado de emoción violenta en términos médico legales, caracterizado por una atípica reacción instantánea explosiva y secundaria al estímulo que la desencadena. En ese estado confluyen condiciones de personalidad previa, tipo de estímulo y tiempo de reacción, y tal condición, valorada debidamente por el juez, puede significar una atenuante de la pena que correspondería en términos del Código Penal.
Pero no concluyen allí las opciones desde el punto de vista médico-legal. El prócer de la psiquiatría forense argentina, el Doctor Vicente Cabello, estableció en su tratado la posibilidad de una situación denominada "emoción violenta diferida", esto es, la posibilidad de reacción no instantánea como en la emoción violenta clásicamente descrita, sino una postergación de la misma, que puede estar basada en el cúmulo de ofensas y agresiones recibidas,las que sumadas producen, en un segundo momento que puede medirse en minutos, horas, días o incluso semanas, una explosión final catastrófica y una acción no controlable totalmente por el sujeto en cuestión.
El clásico ejemplo citado por Cabello en su tratado fue el de un ayudante de carnicería periódicamente ofendido por su patrón, que abusaba de la docilidad de su empleado hasta que un día, mientras trabajaba con su cuchillo sobre una res colgada, este fue insultado nuevamente por su jefe, que resultó muerto, apuñalado en numerosas partes de su cuerpo.
La evaluación a posteriori de todas las circunstancias dio a pie a Cabello a producir esta opinión pericial, que como prueba luego fue la base de la decisión del juez, que sentenció una atenuante de la pena en este famoso caso.
Pero, una vez más, siempre es importante recordar que el perito psiquiatra es un auxiliar de la visión del magistrado, que siempre establecerá la luz definitiva sobre qué pasó por la mente de esa persona, en ese momento y en ese lugar. La imprevisibilidad de la conducta humana hace a la Psiquiatría Forense tan apasionante y sobre la que tanto debemos seguir investigando, utilizando lo clásico y lo moderno de la Ciencia contemporánea.
*** El profesor Doctor Andrés Mega, es psiquiatra forense (R) de la Corte Suprema de Justicia de la Nación
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