Juicio en Entre Ríos. Condenaron a 14 años y medio de prisión a un intendente del PJ por abusar de tres mujeres
Fabián Constantino, jefe comunal de la localidad de Gilbert, fue hallado culpable por un tribunal de Gualeguaychú
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GUALEGUAYCHÚ.– “No me arrepiento de nada, gracias a Dios”, fueron las palabras de Ángel Fabián Constantino al descender del vehículo de su abogado defensor, Mario Arcusin, en su llegada a los Tribunales de Gualeguaychú. Al ingresar al recinto, a la espera de la sentencia, prefirió el silencio. Toda su esperanza se evaporó poco antes del mediodía: el intendente peronista de la localidad de Gilbert fue condenado a 14 años y seis meses de prisión por haber abusado sexualmente de tres mujeres.
El veredicto fue dictado por el Tribunal integrado por los jueces Arturo Dumón, Alicia Vivian y Mauricio Derudi, que dispusieron absolver a Constantino, por el beneficio de la duda, de la acusación de lesiones leves, por la cual también llegó a juicio. Los magistrados, además, decidieron mantener al intendente del PJ, que está en uso de licencia con goce de sueldo, en prisión domiciliaria –con monitoreo a través de una tobillera electrónica– hasta que la sentencia esté firme. Se ordenó que contara con una custodia policial hasta tanto le fuera colocado el dispositivo.
Tras el fallo, Constantino salió de los Tribunales con las manos esposadas por delante, bajo el coro de repudio de decenas de personas que se acercaron a aguardar la sentencia. Entre ellas estaban las víctimas, que lloraban, abrazadas.
Desde el poder político aún no surgieron señales de qué pasará ahora con la licencia rentada aprobada por el Honorable Concejo Deliberante de Gilbert, localidad de un millar de habitantes situada en el eje de la Ruta 20, entre Urdinarrain y Basavilbaso, al oeste de la ciudad de Concepción del Uruguay.
“Él sigue haciendo uso de su licencia y luego de esta instancia no sé qué decisión adoptará el Poder Ejecutivo. Nosotros nunca buscamos interferir en ese sentido. Sí, creemos que debe haber un protocolo cuando se hace una denuncia de este tipo, porque no hubo una actuación preventiva con perspectiva de género”, remarcó la fiscal Martina Cedrés, que llevó adelante la investigación y que, en nombre del Estado, en el juicio, había pedido que Constantino sea condenado a una pena de 15 años a cumplir, con efecto inmediato, en una cárcel común.
La querella, a cargo del abogado Juan Ignacio Weimberg, había pedido 22 años de prisión. “Hubo un claro abuso de poder, un marcado aprovechamiento del cargo que Constantino detentaba para elegir y luego abusar a sus víctimas”, señaló.
Entre febrero y el 4 de junio, Constantino abusó sexualmente de María Luján Aguirre en la sede del municipio de Gilbert. El tribunal consideró que el hecho ocurrió “en un claro contexto de violencia de género laboral y abuso coactivo de la relación de poder, ya que él era el intendente y ella, empleada de la comuna. Aguirre denunció que, en distintas ocasiones, Constantino la manoseó e incluso le hizo tocarle su miembro viril por encima de la ropa, diciéndole “para tus males tengo esta cura”.
Otra denunciante, Verónica Roxana Portillo, señaló que durante la restricción de circulación por la pandemia, y mientras él la llevaba en su auto a Urdinarrain, Constantino la tocó y la besó en la boca por la fuerza. En otra ocasión, cuando la llevaba en una camioneta en dirección a Basavilbaso, la violó, mientras le decía que “la amaba”.
La tercera denunciante, Norma Graciela Santos, en tanto, refirió que en octubre de 2018, cuando Constantino era director de Cultura de Gilbert, la violó en una pollería de la que el político era propietario.
En el juicio, Constantino negó todas esas acusaciones y las atribuyó al interés de perjudicarlo políticamente u obtener algún tipo de rédito espurio.
Sin embargo, los jueces analizaron los testimonios –principal prueba de cargo– y consideraron que, por la “coherencia lógica y sin contradicciones”, la “gran cantidad y calidad de detalles que demuestran a las claras que responden a las vivencias de las víctimas”, y el aporte de los peritos psiquiátricos que verificaron el “estrés postraumático” de las víctimas, se podía concluir la “sinceridad, veracidad y verosimilitud” de los testimonios, de forma que dieron por probados los hechos y la autoría del intendente entrerriano.
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