Juicio. El asesino que se autopercibe mujer logró evitar una condena de femicidio, pero igual recibiría una pena de prisión perpetua
El jurado popular descartó el agravante de un crimen en el contexto de violencia de género, pero optó por un homicidio con alevosía
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Un ciudadano brasileño fue declarado culpable del crimen de Eduarda Santos, asesinada a balazos en febrero de 2022 en la ciudad rionegrina de San Carlos de Bariloche, en un fallo en el que el jurado popular descartó el agravante del femicidio ya que el acusado se autopercibe mujer, informaron hoy fuentes judiciales.
El veredicto de culpabilidad se conoció cerca de la medianoche del viernes, tras dos horas y media de deliberación del jurado que arribó a una decisión unánime, por lo que ahora las partes del proceso llevarán a cabo el juicio de cesura en el que se definirá el monto de la pena que le cabe a Fernando Alves Ferreira, de 29 años, quien se hace llamar “Amanda”.
Si bien el asesino evitó la condena de femicidio que deriva en todos los casos en prisión perpetua, recibiría de todas formas la máxima pena, ya que el jurado popular aceptó el agravante de la alevosía.
Según las fuentes, en sus alegatos finales, el fiscal jefe Martín Losada había pedido que el acusado sea declarado culpable del delito de “homicidio triplemente calificado por alevosía, femicidio y mediante el empleo de un arma de fuego, en concurso real con portación de arma de fuego de uso civil condicional sin la debida autorización legal”. Para el fiscal, hubo “violencia de género” como agravante independientemente de que el acusado diga que se autopercibe mujer.
El ahora condenado de homicidio inició los trámites legales para ser reconocido como mujer un año después del asesinato.
Sin embargo, el jurado popular le atribuyó al imputado los agravantes del uso de arma de fuego y la alevosía; y no el femicidio. Esto último había sido planteado por el defensor oficial penal Nelson Vigueras tanto en su alegato de apertura como de clausura, aunque también sostuvo que no había alevosía y que “Amanda” debía ser declarada no culpable por “razones de inimputabilidad”, dado que al momento del hecho estaba “perturbada”.
”No hay femicidio porque no estamos en presencia de un hombre”, había afirmado el defensor Vigueras durante el debate.
Para Losada, en cambio, Alves Ferreira asesinó a Eduarda - madre de seis hijos- entre las 00.50 y las 2.30 del 16 de febrero de 2022, en el cruce de la ruta provincial 77 y el sendero peatonal hacia lago Escondido, cuando manipuló una pistola Magnum calibre .357 y disparó nueve veces a una distancia no mayor a 1,20 metros. Según el fiscal, se trató de un asesinato con alevosía porque Eduarda no tuvo opción de defenderse, ya que estuvo a merced de su atacante, en un sitio oscuro y a varios kilómetros de la vivienda que compartían en la calle Beethoven.
También explicó la violencia de género que padecía la víctima, al asegurar que Eduarda dependía económicamente de su agresor y que no tenía familiares ni amigos. Es que, de acuerdo a la investigación, el acusado -que estaba en pareja con otro hombre- había contratado a Eduarda para tener hijos, y a cambio la mantenía económicamente.
Según el fiscal, la joven se convirtió en una molestia cuando empezó a poner límites y obstáculos respecto a la libre disposición de las criaturas que en ese entonces no superaban los dos años de edad .Luego, apuntó hacia el argumento de la defensa respecto a la imposibilidad de que se acuse a Alves Ferreira de femicidio porque se autopercibe como mujer y dijo que tuvo varias oportunidades para cambiar su identidad de género, tanto en Brasil, donde la Ley lo permite desde 2019, como en Argentina, pero recién surgió ese deseo a comienzos de este año, cuando pidió ser reconocido como “Amanda”, pero que lo hizo con “fines utilitarios”.
Mientras que para la defensa oficial “Amanda es y era una mujer antes” del crimen y que “no hubo cosificación” ya que ambas “eran dos amigas” sin “una subordinación de un género sobre otro” y en “una relación de igualdad”.
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