Insólita denuncia en Palermo. Un encargado que robó, fue detenido y liberado, ahora demanda a los propietarios
A cuatro meses del episodio que conmocionó a los vecinos del inmueble, se llevaron una nueva sorpresa luego de que el encargado les exigiese el pago de una indemnización
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Un hombre que trabajó 15 años como encargado de un edificio en el barrio porteño de Palermo y que fue detenido en abril tras comprobarse que había robado un frigobar y una bicicleta de un vecino, demandó al consorcio porque consideró que se trata de un despido sin causa y pide ser indemnizado por los años que trabajó en el inmueble.
Hace cuatro meses, la Policía de la Ciudad detuvo al encargado de un edificio de Palermo que fue acusado por un vecino de haberle robado un frigobar y una bicicleta de la baulera que utilizan los propietarios del inmueble. El detenido — que tiene 60 años y trabajaba en el inmueble situado en la calle Paraguay al 4800 — había sido denunciado ante el personal de la Comisaría Vecinal 14 A.
Luego se dio intervención a la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional N°21, a cargo de Carlos Alberto Vasser, que había dispuesto el relevamiento de las cámaras de seguridad y una consigna policial para así poder capturar al sospechoso que no se resistió.
El vecino que había reportado el robo se refirió a que le falta de un frigobar y una bicicleta que tenía guardados bajo llave en la baulera. Según sus declaraciones — que fueron posteriormente corroboradas por los efectivos — había encontrado el candado violentado y el faltante de los elementos, por lo que procedió a chequear las cámaras de seguridad (que no habían sido borradas o alteradas) y descubrió que el autor del robo era el encargado.
De esta forma, los efectivos de la policía porteña apostados en la consigna esperaron en la puerta a que el hombre terminara su turno de trabajo. Finalmente, al terminar su jornada, el denunciado salió del edificio, fue identificado y posteriormente arrestado.
Tras esto, el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N°41 a cargo de la magistrada Laura Bruniard, libró una orden de allanamiento del departamento del involucrado y solicitó la intervención de la División Investigaciones Comunales (DIC 14). Tal como esperaban, los objetos robados se encontraban entre las pertenencias del encargado.
A cuatro meses del episodio que conmocionó a los vecinos del inmueble, se llevaron una nueva sorpresa luego de que el encargado les exigiese el pago de una indemnización a los propietarios y damnificados del hecho.
A raíz del hurto, los propietarios y miembros del consejo decidieron desvincularlo por su comportamiento. Pero para evitar el despido, el encargado ladrón, solicitó una licencia psiquiátrica. Al finalizar la misma, lo despidieron formalmente, pero el encargado les inició un juicio y reclamó por los 15 años que trabajó en el lugar.
Desde el consejo de vecinos aseguraron: “Es una provocación por parte de él, no corresponde que le paguemos a una persona que tenía nuestra confianza y terminó robando a los propietarios”.
Además, agregaron: “Iniciaremos una apelación recalcando que no tiene derecho a pedir indemnización porque fue despedido con causa. En todo caso, llegaremos a un acuerdo económico, pero no estamos dispuestos a pagar la totalidad de la suma”.
Qué dice el estatuto
Según el estatuto del encargado de edificio que rige en el país, en el artículo 5 de la ley 12.981, las causas de cesantía, son:
- Condena judicial por delitos de acción pública y por delitos de acción privada contra el empleador o sus inquilinos, salvo los cometidos con motivo de actividad gremial. Cuando hubiera auto de prisión preventiva por delito cometido en la propiedad, el empleador tendrá derecho a suspender al empleado u obrero. Si recayere absolución o sobreseimiento se le repondrá en el cargo. En este último caso, si el proceso hubiere sido promovido por denuncia o querella del empleador, el empleado u obrero tendrá derecho a la remuneración que dejó de percibir
- Abandono del servicio; inasistencias o desobediencias reiteradas e injustificadas de sus deberes y a las órdenes que reciba en el desempeño de sus tareas. A los efectos de la reiteración, solamente se tomarán en cuenta los hechos ocurridos en los últimos 6 meses
- Enfermedad contagiosa crónica que constituya un peligro para los inquilinos de la casa, previo pago de las indemnizaciones correspondientes de acuerdo con lo establecido en el artículo 10
- Daños causados en los intereses del principal por dolo o culpa grave del empleado o incumplimiento reiterado de las demás obligaciones establecidas en el artículo 4º de esta ley. Será nula y sin ningún valor la renuncia al trabajo del empleado u obrero que no fuere formulada personalmente por este ante la autoridad de aplicación
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