Inédito: lo condenan a 14 años de prisión por abusos sexuales en los que no tuvo contacto físico con las víctimas
Instigó a menores a realizar los actos y los filmó para distribuir luego el material de pornografía infantil; aunque no participó en persona de las acciones, la Justicia, en un fallo novedoso, igualmente le imputó la autoría por el resultado
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CÓRDOBA.- Un hombre de 25 años fue condenado a 14 años de prisión por los delitos de grooming, abusos sexuales (uno gravemente ultrajante y otro con acceso carnal) y promoción de la corrupción de menores, todos en concurso real. Lo inédito del fallo es que el acusado no tuvo contacto físico con los abusados, pero instigó a niños a realizar los actos abyectos y, en consecuencia, los jueces le imputaron el resultado a él.
Los primeros hechos datan de agosto de 2015 y fueron descubiertos casualmente por la madre de dos niñas y un nene de 6, 8 y 9 años de la provincia de Santa Cruz. Vio un mensaje sospechoso en el celular de la nena “del medio” y empezó a ir hacia atrás, con lo que pudo reconstruir la sórdida trama.
“Después de la denuncia se hizo el correspondiente rastreo y se allanó la casa del ahora condenado, donde se secuestró mucho material”, explicó a LA NACION el abogado Eduardo Caeiro, asesor letrado que actuó como representante complementario de los menores.
En el juicio –que fue abreviado porque el acusado reconoció haber realizado todos los hechos- salieron a la luz 16 casos, uno de los cuales involucra a un niño de Venezuela, por lo que podría derivar en una investigación de redes internacionales de pornografía infantil.
“El victimario y las víctimas no se encontraron nunca, pero él logró mediante nombres falsos y engaños que los chicos y chicas hicieran lo que él quería. Los extorsionaba”, describió Caeiro, quien advirtió sobre la necesidad de que los padres –entre los que se incluye– “reflexionen sobre el uso de redes y celulares de niños chicos estando solos”.
La mayor de las víctimas tenía 16 años; el hombre entabló contacto con ella a través de Facebook; se hizo pasar por representante de una agencia de modelos, le ofreció un empleo y con el falso pretexto de una preentrevista de trabajo virtual le pidió que realizara una videollamada, en la que le hizo mostrarle su cuerpo en ropa interior. Al día siguiente, insistió con lo mismo y la adolescente se resistió. Él le dijo: “Ok, si es así a todas las que me fallan yo también les fallo; Publicaré el video de ayer en las redes. Me molesta que me boludeen”.
La joven estaba ocasionalmente con su novio y los coercionó para que practicasen sexo oral. Hubo cruces de mensajes y presiones, siempre con la amenaza de publicar las imágenes: “Cuidá de ti y de tu familia, ahora sí que se te viene la noche, no te dejaré en paz jamás, sé tu dirección y teléfono [emoticón de guiño], listo en 5 serás famosa”
En el caso de los tres hermanitos, el condenado se hizo pasar en Facebook por productor de un reconocido programa infantil de televisión de la época, que sumaba participantes para el sorteo de un par de patines. Hizo que la nena de 8 años le mandara fotos desnuda; después, desnuda con sus hermanos, y finalmente, manteniendo sexo oral entre ellos.
En la elevación a juicio de la causa –a la que accedió LA NACION– se describió que entre las peticiones “también obligó a […] practicarle sexo oral a […] y a este, a besar los pechos de […], fotografías que la menor se tomó por varios días, durante la noche, en el living de su vivienda y utilizando teléfonos celulares, sin comprender las consecuencias en el desarrollo de su integridad sexual y la de sus hermanos que con ello ocasionaba, y se las envió”.
En los días siguientes, el condenado le pidió a la menor que “filmara un video teniendo relaciones sexuales con sus hermanos, a lo que […] se negó, lo que ocasionó el enojo de aquel, quien con la intención de persuadirla en su negativa mediante intimidaciones injustas le dijo –siempre a través de la mensajería instantánea de Facebook– que si no hacía lo que él le pedía, iba a ir presa”, palabras que causaron temor en la víctima.
“La amenaza siempre era que los ‘escracharía’ en las ciudades donde vivían. Esa era la actuación que usaba con todos”. Cuando pedía las fotos de desnudos indicaba las posiciones en las que se las debían tomar y cómo debían enviárselas”, explicó Caeiro.
“Soy ex oficial con dinero; las denuncias no me hacen nada, gastá tu tiempo y andá, será al vicio, jaaa, danos lo que queremos o boleteamos mostrar a tu familia y a vos [sic]”, indica en un mensaje a otra víctima que se negaba a cumplir sus órdenes.
El fiscal Guillermo Monti, que estuvo a cargo de la instrucción de la causa, menciona que en materia de delitos informáticos resultan ilustrativos los lineamientos adoptados por el Tribunal Supremo Español que plantea que ante la dificultad en determinar el lugar de comisión del delito, ya sea porque el autor se encuentra en un lugar, la víctima en otro, y el hecho delictivo produce efectos en un tercer lugar, debe entenderse que “el delito se comete en todas las jurisdicciones territoriales en las que se haya realizado algún elemento del tipo”.
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