García Belsunce: Carrascosa fue absuelto por la Suprema Corte bonaerense
A casi 16 años del homicidio de María Marta García Belsunce , la Suprema Corte de Justicia bonaerense absolvió a Carlos Carrascosa , quien había sido condenado a prisión perpetua por el asesinato de su esposa , ocurrido el 27 de octubre de 2002. En un fallo por mayoría, el máximo tribunal provincial rechazó el recurso presentado contra la sentencia de la Sala I de la Cámara de Casación Penal, que había dispuesto en 2016 la absolución de Carrascosa.
Esto significa que Carrascosa pasó siete años preso, condenado por un delito que no cometió. De ese tiempo, el marido de María Marta, estuvo preso cinco años y medio en la cárcel de Campana y un año y medio en la casa de un amigo, en un barrio náutico de Escobar.
Además, la resolución, que consideró que Carrascosa no cometió el delito de homicidio agravado por el vínculo , ni encubrió a los autores del asesinato , marcó un antecedente en el tribunal que debe revisar la sentencia contra los familiares de María Marta, que fueron condenados a penas de entre cinco y tres años y medio de prisión por el encubrimiento del homicidio.
El fallo de la Corte bonaerense se conoció cuando el juez de Garantías de San Isidro, Ricardo Costa, debe resolver el pedido de los fiscales María Inés Domínguez y Andrés Quintana, que requirieron que Nicolás Pachelo y los vigiladores José Ramón Alejandro Ortiz y Norberto Glenon, sean sometidos a juicio oral como presuntos coautores del homicidio de María Marta.
La resolución que benefició a Carrascosa fue firmada por los jueces Eduardo de Lázzari e Hilda Kogan y los magistrados de la Cámara Civil y Comercial de La Plata, Francisco Agustín Hancovits y Ricardo Daniel Sosa Aubone quienes rechazaron, por insuficiente, el planteo del fiscal Carlos Altuve. Ana María Bourimborde, una de las camaristas convocadas para revisar el fallo, votó en disidencia. Hancovits, Sosa Aubone y Bourimborde reemplazaron a tres integrantes de la Suprema Corte que se excusaron por haber intervenido en anteriores etapas de este proceso.
"El análisis hecho por la Sala I ha soslayado completamente los fundamentos basales de la decisión que revocó. El Tribunal competente debía revisar la sentencia y no lo hizo. Ni una sola palabra existió en la decisión que aquí llega cuestionada sobre ese desarrollo argumental. Solo el reproche sobre su falta de fundamentación. Tengo para mí que ese modo de resolver torna arbitraria la decisión dictada por la Sala revisora", expresó la jueza Bourimborde al aceptar el planteo de Altuve.
El fiscal había considerado arbitraria la resolución de la Sala I de la Cámara de Casación, formada por los jueces Martín Ordoqui, Daniel Carral y Víctor Violini, que absolvió a Carrascosa. En su dictamen, el fiscal Altuve sostuvo que los jueces habían cuestionado la línea acusatoria del representante de Ministerio Público que estuvo a cargo de la investigación y del juicio, en lugar de revisar las pruebas incorporadas en el debate.
Carrascosa había sido condenado a cinco años y medio de prisión en julio de 2007 por un Tribunal Oral de San Isidro, que consideró que había encubierto el homicidio de su esposa. El fiscal Diego Molina Pico recurrió la sentencia ante la Cámara de Casación.
Cinco años en Campana
Dos años más tarde, la Sala I de dicho tribunal integrada por los camaristas Benjamín Sal Llargués, Horacio Piombo y Carlos Natiello, sin escuchar a ninguno de los testigos que declararon en el juicio oral, consideró que Carrascosa había participado en el asesinato y lo condenó a prisión perpetua.
Entonces, Carrascosa quedó detenido. Durante cinco años y medio estuvo preso en la cárcel de Campana. Ante un pedido que presentó ante la Justicia, fue beneficiado con la detención domiciliaria, en la casa de un amigo. Los años que pasó en la cárcel agravaron los problemas de hipertensión que sufría.
Su defensa presentó un recurso contra la resolución de la Sala I y la Suprema Corte de Justicia bonaerense ordenó revisar la condena a prisión perpetua debido a que, entre otras cuestiones legales, no se había respetado el principio de la doble instancia de revisión de un fallo.
Así fue que, la Sala I, con la nueva conformación de Violini, Ordoqui y Carral, revocó la sentencia condenatoria por el beneficio de la duda.
Se consideró que Carrascosa no estaba en la escena del homicidio. Para llegar a tal conclusión los jueces tuvieron en cuenta la declaración del forense Héctor Moreyra que indicó que la muerte de María Marta ocurrió a las 18.30. Según los magistrados, quedó acreditado por los testigos que, Carrascosa llegó a la casa después de esa hora. Además, si Carrascosa no fue el coautor del homicidio de su esposa, no pudo ser responsable de encubrir un delito que no cometió.
"Después de tantos años y padecimientos innecesarios se declaró la inocencia definitiva de Carrascosa. Es un daño irreparable que una buena investigación podía haber evitado", expresó Fernando Díaz Cantón, abogado de Carrascosa.
Molina Pico fue el fiscal que investigó el homicidio y acusó a Carrascosa del homicidio de María Marta, luego que la autopsia determinó que la víctima no falleció a raíz de un accidente doméstico al caerse en la bañera, sino que la mataron de cinco balazos en la cabeza.
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