Excarcelaron a Marcelo Corazza tras ser detenido por otro caso de corrupción de menores
Ayer, el Ministerio Público Fiscal (MPF) había dictaminado que el juez “puede hacer lugar a la excarcelación solicitada”
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El juez federal Ariel Lijo le concedió hoy la excarcelación al primer ganador de la versión argentina del reality show Gran Hermano, Marcelo Corazza, quien fue detenido en una causa por corrupción de menores, y dispuso que se lo vigile con una pulsera electrónica, informaron fuentes judiciales.
Ayer, el Ministerio Público Fiscal (MPF) había dictaminado que el juez “puede hacer lugar a la excarcelación solicitada” tras considerar que hay otros mecanismos para evitar que se sustraiga del proceso y advertir que están mitigados los riesgos procesales que justificarían mantenerlo privado de su libertad.
El dictamen de tres páginas, difundido ayer, lleva la firma del fiscal Carlos Rívolo y de uno de los titulares de la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (Protex), Marcelo Colombo, y fue presentado ante el juzgado federal que encabeza Ariel Lijo.
“Teniendo en cuenta el estadio procesal en que se encuentra la investigación, así como también el hecho de que el domicilio del aquí imputado se encuentra debidamente constatado y que no posee antecedentes de condenas, considero que no surgen indicios concretos de que Corazza pudiera llegar a sustraerse de este proceso”, sostuvieron los fiscales.
El magistrado le impuso la prohibición de ausentarse de su domicilio por más de 24 horas sin previa autorización del juzgado, le prohibió la salida del país y le fijó la obligación de presentarse ante el juzgado en los primeros cinco días de cada mes.
En la resolución, Lijo escribió: “En primer lugar, corresponde señalar que Marcelo Adolfo Corazza posee un arraigo suficiente que permite suponer que el peligro de fuga se encuentra neutralizado. En efecto, al momento de solicitar la excarcelación junto con su asistencia letrada, el imputado presentó copia del título de propiedad de su respectiva vivienda ubicada en la localidad de Tigre, provincia de Buenos Aires. De hecho, fue allí donde se lo había localizado en las tareas de investigación previas a materializarse su detención –en el mes de marzo de 2023-. A la vez, fue en dicho domicilio donde, finalmente, al procederse al allanamiento de la vivienda se concretó su detención. De modo que su domicilio se encuentra constatado”.
El magistrado también tuvo en cuenta el perfil mediático de Corazza: “No puede soslayarse que Corazza desempeñaba funciones laborales –con evidente antigüedad- en un medio televisivo. Y además, es cierto que se trata de una figura pública, lo que dificultaría una presunta voluntad de fuga u ocultamiento; de modo que disminuye el peligro de fuga. A ello se le suma que se encuentra reservado en esta Secretaría –producto de la disposición del anterior magistrado de grado de estas actuaciones- su respectivo pasaporte”.
“En el escenario fáctico y probatorio reunido al día de la fecha en torno a Corazza, permite afirmar que –de momento- no se encuentra medida probatoria alguna en curso que él pueda llegar a entorpecer en pos de favorecer su situación procesal”, sumó Lijo.
La nueva detención
La semana pasada el juez Lijo amplió el procesamiento de Corazza por otro caso de corrupción de menores, informaron fuentes judiciales.
El magistrado le endilgó a Corazza otro hecho por el que lo había indagado días atrás en el marco de la causa en la que se investiga una supuesta banda criminal acusada por distintos casos de abuso de menores.
“Considero que Corazza promovió la corrupción de la víctima, en tanto, a partir de sus propuestas de tinte depravado, dio comienzo a la corrupción de la víctima, que nunca había realizado acciones de ese tipo por dinero y jamás se había vinculado sexualmente con otro hombre”, sostuvo el magistrado en el fallo de más de 350 páginas.
En el expediente quedaron asentados diálogos de chat entre el imputado y la víctima en los que Corazza le requería el envío de videos personales con contenido sexual, según pudo constatar este medio.
“Al quedar corroborado que conocía la edad de la víctima, doy por sentado que Corazza tuvo conocimiento respecto de que los actos ilícitos que realizaba eran susceptibles de corromperla”, enfatizó el magistrado.
“Toda vez que la víctima tenía 17 años al momento que comenzó a desplegarse la conducta ilícita de parte del imputado, no hay dudas que debe ser admitida como tal. Por otra parte, como se observa, evidentemente las diferentes propuestas efectuadas por Corazza a la víctima fueron negativas para su normal desarrollo”, señaló.
Con información de la agencia Télam.
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