“Encuentro cercano”. Se conocieron los fundamentos del fallo que destituyó a la “jueza del beso” con un preso
Para el Tribunal de Enjuiciamiento de Chubut, la magistrada Mariel Súarez actuó con “mal desempeño” de sus funciones “infringió normas éticas y profesionales”
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La semana pasada, Mariel Suárez, conocida como la “jueza de los besos”, como la empezaron a llamar después de que se difundiera una filmación de una situación de intimidad con un preso condenado a prisión perpetua durante una visita a una cárcel Trelew, fue destituida por mal desempeño. En las últimas horas, se conocieron los fundamentos del Tribunal de Enjuiciamiento de Chubut donde se sostuvo que la magistrada “infringió normas éticas y profesionales”.
Sin la presencia de Suárez, el Tribunal de Enjuiciamiento de Chubut hizo la lectura de cada uno de los votos que derivaron en la destitución de Suárez.
Como informó LA NACION, la destitución de Suárez fue por mayoría. El presidente del Tribunal de Enjuiciamiento y ministro del Tribunal Superior de Justicia de Chubut, Daniel Báez, la diputada provincial Claudia Williams y el abogado Miguel Ángel Barletta votaron por la destitución. Los votos en minoría fueron de la legisladora Selva Mónica Saso y de la abogada María Florencia Góngora.
Los hechos sucedieron el 29 de diciembre pasado en el Instituto Penitenciario Provincial (IPP) de Trelew, en Chubut, donde está detenido Cristian Bustos, apodado Mai. Un día antes, el tribunal que integra Suárez, con los votos de las juezas María Laura Martini y María Ximena Miranda Nastovitch, lo había condenado a la pena de prisión perpetua por el homicidio del policía Leandro Roberts, crimen ocurrido el 8 de marzo de 2009. Ella votó en disidencia y se opuso a la aplicación de la pena máxima.
“La relación íntima entre un juez y un detenido puede dar lugar a conflictos de interés y prejuicios en los procedimientos legales relacionados con ese condenado (un día antes lo condenó). Esto socava también la imparcialidad y la integridad en el sistema judicial. Esa relación, por breve que sea, infringe normas éticas y profesionales que rigen la conducta de los jueces. Va de suyo que los principios morales y las normas éticas fundamentales prohíben a los jueces, tener relaciones personales inapropiadas con personas involucradas en casos judiciales, máxime si aún se encuentran bajo su jurisdicción y competencia. Una vez descubierta la infracción, la infractora debe asumir las consecuencias que por su propio accionar, libre y voluntario, le puedan acarrear los procedimientos disciplinarios y que, de acuerdo a la gravedad de las infracciones acreditadas, podrían derivar en la destitución del cargo”, sostuvo en su voto el presidente del Tribunal de Enjuiciamiento, Báez.
Y agregó: “La jueza Súarez tiró una moneda al aire y ahora, debe hacerse cargo de sus consecuencias. El pueblo del Chubut, que le confirió uno de los más altos sitiales que es aquel mandato de juzgar a sus pares, ahora le viene a reclamar por su accionar de sus visitas a un condenado estando en servicio en una jurisdicción lejana y distinta. Así cometió dos transgresiones”.
Báez explicó que la primera transgresión de Suárez fue haber invocado su condición de jueza para visitar a Mai Bustos en la cárcel de Trelew, “algo terminantemente prohibido porque debe cumplir el procedimiento como cualquier ciudadano para ingresar a un instituto penitenciario”.
“La segunda es que lo hizo de manera furtiva, es decir, a escondidas (o de manera disimulada) de sus colegas que integraron el Tribunal y de las partes, en particular dejó de lado los derechos y las expectativas de los familiares de la víctima mortal que, pocos días o pocas horas antes, empezaban a querer cenar el duelo que trajo el episodio de Corcovado. También de manera furtiva, dejó la jurisdicción en la que se encontraba de turno (Comodoro Rivadavia) para partir al IPP, se demostró que se encontraba de turno, o sea, a disposición de los requerimientos de Policía, Fiscales y Defensores que solicitaran su intervención jurisdiccional”.
“Se estableció una relación entre ellos, un vínculo que -aunque superficial o casual- deriva en un encuentro cercano desde lo físico, en el piso del aula, pegados y hablándose al oído”, afirmó Báez.
Para el abogado Barletta: “Está demostrado como hecho que la Suárez, existiendo en el aula sillas, opto por sentarse en el piso frente muy próximo a Bustos, de espalda a las cámaras existentes en el lugar, conductas no esperables con los comportamientos acordes a su investidura y función. Está claro que las conductas desplegadas en su carácter de Magistrada que visita a un interno no se ajustan al cargo de Jueza que detentaba”.
Para la diputada Williams, en el accionar de Suárez se verificó la pérdida de imparcialidad. Y las juzgadoras que votaron en minoría explicaron: “De los testimonios y distintas pruebas recabadas concluimos que no existió imparcialidad de parte de la doctora Suárez en el tratamiento del caso Mai Bustos, que su comportamiento en el debate y el dictado de la sentencia se ajustan a derecho y ninguna de las partes tiene quejas al respecto e incluso el condenado manifiesta que la sentencia fue justa, aunque no está de acuerdo”.
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