Decide el juez Lijo. Piden enjuiciar al ex Gran Hermano Marcelo Corazza por integrar una red de explotación sexual de jóvenes
El ex productor de Telefe y ganador de la primera edición del reality, está acusado de ser miembro de una asociación ilícita junto con otros cuatro imputados
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El fiscal federal Carlos Rívolo, y la cotitular de la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (Protex), Alejandra Mángano, solicitaron al juez federal Ariel Lijo, la elevación a juicio de la causa en la que Marcelo Corazza, ex Gran Hermano y ex productor de Telefe, y otras cuatro personas están acusadas de captar a jóvenes –muchos de ellos, menores– para abusar de ellos y explotarlos sexualmente.
Según informó el Ministerio Público en su portal institucional fiscales.gob.ar, Corazza, Ignacio Mermet, Fernando Charpenet y Leandro Aguiar aparecen como integrantes de una organización encabezada por Rolando Angelotti. Todos ellos están acusados de los delitos de asociación ilícita, trata de personas con fines de explotación sexual, promoción de la prostitución, abuso sexual, corrupción de menores y tenencia de imágenes de abuso sexual infantil.
Para los fiscales, de la prueba reunida en el expediente surge “indubitablemente” que “los cinco imputados conformaron una organización criminal destinada a reclutar varones, en su mayoría menores de edad y en situación de extrema vulnerabilidad, con el fin de forzarlos y someterlos a diversas prácticas de índole sexual, abusarlos y explotarlos sexualmente, promoviendo su corrupción y prostitución”.
Según la acusación, los hechos ilícitos se habrían desarrollado en la Capital, la provincia de Buenos Aires y Misiones “al menos desde 1999 y hasta marzo de 2023″, cuando los imputados fueron detenidos.
Rívolo y Mángano resaltaron que, pese al pedido de elevación a juicio, la investigación continúa abierta, ya que “restan medidas de prueba tendientes a identificar a nuevas víctimas y a más personas vinculadas con la organización ilícita”.
El caso se inició el 24 de octubre de 2022, con la denuncia que una de las víctimas realizó ante la Protex. A partir de esa presentación intervinieron inicialmente la fiscalía N°26 y el juzgado N°48 porteños. Las primeras medidas condujeron a la detención de Angelotti, Charpenet, Mermet y Corazza, el 20 de marzo de 2023.
La investigación preliminar consideró que los imputados formaban parte de “una asociación ilícita conformada para la comisión de delitos contra la integridad sexual de varones menores de edad, que resultaron víctimas de trata de personas, de promoción de la prostitución, de abusos sexuales con acceso carnal y gravemente ultrajante, y del delito de corrupción de menores”, de acuerdo con la resolución adoptada por la Sala V de la Cámara del Crimen el 31 de mayo de 2023.
Pero cuando se estimó que también cabía la calificación legal de trata de personas, el expediente pasó del fuero ordinario al federal.
En su acusación, precisó el portal fiscales.gob.ar, Rívolo y Mángano atribuyeron a todos los imputados el delito de asociación ilícita: Angelotti, como jefe, y el resto como miembros.
Angelotti fue acusado como autor del delito de trata de personas agravada por haber mediado engaño y por el aprovechamiento de la situación de vulnerabilidad, por haber sido perpetrado contra más de tres víctimas y contra menores de 18 años y por haberse consumado la explotación en cinco oportunidades.
También se le atribuyó la coautoría del delito de promoción de la prostitución, reiterado en cuatro oportunidades, agravado en tres casos por tratarse de víctimas menores de edad y en otro caso agravado por haber mediado coacción e intimidación. También fue acusado de abuso sexual continuado, con acceso carnal, gravemente ultrajante y resultando de ello un grave daño en la salud mental, respecto de nueve víctimas; en seis de ellas, agravado por ser menores de 13 años, mientras que por las tres restantes agravado por haber sido perpetrado mediante violencia, abuso coactivo o intimidación. La fiscalía señaló que ese delito concurre de manera ideal con el de corrupción de menores de 13 años. También le imputaron ser autor de la tenencia simple de imágenes de abuso sexual infantil representando menores de edad, entre los que se encuentran menores de 13 años.
Mermet fue acusado como coautor de trata de personas agravada, promoción de la prostitución –tres hechos, dos de ellos contra menores y otro, mediante coacción–, abuso sexual continuado con acceso carnal, gravemente ultrajante (en dos casos, contra menores y en otros dos, por medio de violencia e intimidación) y corrupción de menores de 13 años.
Corazza fue acusado de promoción de la corrupción de menores en dos oportunidades, en uno de los casos en concurso ideal con exhibiciones obscenas –agravadas por ser la víctima menor de 18 años–, todos en concurso real el delito de asociación ilícita.
Charpenet fue imputado como coautor del delito de trata de personas agravada. Y Aguiar, como coautor del mismo delito que Charpenet y, también, por abuso sexual continuado con acceso carnal, gravemente ultrajante, agravado por ser la víctima menor de 13 años; corrupción de menores de 13 años, y coacción.
El modus operandi
Según la investigación, la sociedad criminal liderada por Angelotti se encontraba en sus primeros años conformada por Mermet, Corazza y otros hombres adultos que no pudieron ser individualizados hasta el momento. En 2018, Charpenet y Aguiar se sumaron a la organización y, junto a Mermet y Corazza, en su rol de miembros, solicitaban mantener encuentros con las víctimas para luego abusar de ellas y explotarlas sexualmente.
Las pruebas reunidas demostraron que Angelotti, y luego Aguiar, captaban a los jóvenes menores a través de la seducción y el engaño utilizando aplicaciones de citas. Según surge de la pesquisa, “Angelotti se aprovechaba de la inmadurez y de la situación de vulnerabilidad de los menores de edad, no solo para abusarlos sexualmente y corromperlos, sino para luego incitarlos y convencerlos para que concreten prácticas sexuales con otros hombres mayores de edad, entre los que se encontraban los coimputados Mermet y Charpenet”.
“La prueba colectada nos permite sostener, además, que esas conductas tuvieron su génesis en el año 1999 y continuaron ininterrumpidamente hasta la actualidad, con una fluida rotación y constante incorporación de nuevas víctimas y de algunos victimarios, pero con absoluta coincidencia en su modalidad”, afirmaron Rívolo y Mángano en su requerimiento de elevación a juicio.
Señalaron que tanto de las declaraciones de las víctimas como de la prueba documental e instrumental se puede sostener “una cronología, sin solución de continuidad, entre aquellas víctimas que fueron abusadas y explotadas en los albores de esta organización delictiva –siempre liderada por Angelotti– en el período comprendido en los años 1999 y 2002, como aquellas que sufrieron hechos de abuso, corrupción y explotación sexual hasta los días previos a la detención del líder y sus consortes”.
Las tareas de campo llevadas a cabo por la División Trata de Personas de la Policía de la Ciudad posibilitaron la identificación de una gran cantidad de jóvenes varones, dos de ellos menores de edad en la actualidad, de los cuales diez han atestiguado situaciones y sometimientos sexuales por parte de los imputados.
Con respecto al relato de las víctimas, sostuvieron que “la cantidad de detalles brindados en cada entrevista y la coherencia interna en cada uno de los entrevistados al momento de relatar” permiten afirmar la credibilidad y la similitud con lo verídico, corroborado además por el resto de las pruebas objetivas.
Enfatizaron además que muchas de las víctimas, pese a que no existía ningún tipo de vínculo ni conocimiento previo entre varias de ellas, son de generaciones diferentes y hasta residen a miles de kilómetros de distancia, “han relatado de manera concordante el selectivo proceso de captación, ‘ablande’ y explotación sexual por parte de los aquí imputados”.
Los abusos y sometimientos sexuales fueron relatados por diez víctimas, pese a que tres de ellas fueron intimidadas por Aguiar “con el claro propósito de evitar que testifiquen contra Angelotti y el resto”, precisaron los fiscales en su dictamen.
“Hemos visto las diversas estrategias utilizadas por el líder de esta organización delictiva, destinadas a reclutar jóvenes varones menores de edad. Comenzaban por ganarse su respeto, admiración, confianza y dominar así su voluntad para luego someterlos a todo tipo de actos sexuales, tanto para su satisfacción personal como para la de otros adultos a quienes los entregaban, algunos identificados y otros aún no, en algunos casos a cambio de dinero. Estas estrategias no solo se han mantenido a lo largo de estas dos décadas, sino que se han ido perfeccionando y multiplicando con el correr de los años, para alcanzar cada vez a una mayor cantidad de víctimas, someterlas a prácticas sexuales cada vez más violentas y ultrajantes, mantenerlas en esa condición durante el mayor tiempo posible, manipulando sus voluntades, abusando de sus vulnerabilidades socioeconómicas y su minoridad, e incluso amedrentándolas y violentándolas física y psíquicamente; siempre tomando los recaudos necesarios para mantenerse alejado de la intervención de la justicia y continuar desplegando sus maniobras con total impunidad”, destacaron Rívolo y Mángano.
Por otra parte, señalaron que la conducta de quien “consume” una prestación sexual por parte de un menor de edad “afecta el bien jurídico protegido en la norma, ya que contribuye a iniciar o mantener en la prostitución a quienes, debido a su corta edad y a la insuficiente formación y desarrollo de la personalidad, se encuentran limitados para tomar una decisión libre de aceptar o rechazar la oferta sexual que se les realiza”.
En la investigación se logró constatar que los imputados “almacenaban imágenes y videos de contenido sexual de las víctimas y que compartían con ellos imágenes de abuso sexual infantil”, hecho que también les fue formalmente atribuido en el dictamen.
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