El mensaje de la madre de Ezequiel Agrest tras la decisión de la Corte de beneficiar a su asesino
La reconocida filósofa apuntó a la Justicia y criticó la decisión tomada por un hecho ocurrido hace 23 años, incluso antes de que Sebastián Pantano matara a Ezequiel durante un robo en el barrio de Caballito
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Luego de que la Corte Suprema de Justicia de la Nación ordenara que se realice un nuevo pronunciamiento contra el asesino de Ezequiel Agrest, Sebastián Pantano, en una causa de robo en poblado ocurrido en 2003 por considerar que hubo una violación en el proceso penal, la madre del joven muerto, Diana Cohen, apuntó contra la Justicia: “¿La Corte tiene tiempo para dedicarse a un robo que presagiaba su camino en el delito? Por una parte, los jueces dicen que no son futurólogos, pero defienden la irretroactividad de la ley penal cuando le conviene al reo”.
En sus redes sociales, la filósofa criticó la decisión que tomaron los magistrados en las últimas horas en una seguidilla de posteos: “Lo que pueden hacer y conseguir abogados con buena llegada a jueces, policías, fiscales. Cuando no hay argumentos jurídicos para elevar recurren a planteos inconsistentes para colapsar el procedimiento y así ¡establecer que se superó el ‘plazo razonable’!”.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación tiene tiempo para dedicarse a un robo que presagiaba su camino en el delito? Por una parte, los jueces dicen que no son futurólogos. Pero defienden la irretroactividad de la ley penal cuando le conviene al reo.
— Diana Cohen Agrest (@dcohenagrest) July 6, 2023
Si bien Pantano está actualmente detenido cumpliendo una condena a 23 años de prisión por el asesinato de Agrest, hecho que tuvo lugar en julio de 2011 en el barrio porteño de Caballito, de manera paralela está implicado en una causa previa por robo en poblado y banda. El delito fue cometido el 21 de octubre de 2003 cuando el hombre, junto a otros dos menores de edad, robó entonces la suma de $40.
Después de varias idas y vueltas, esa causa se elevó a juicio en 2004, pero recién en 2013 se proveyó prueba y se fijó audiencia para un debate, pese al rechazo de la defensa que consideró que se había violado el “plazo razonable” del proceso penal. El abogado de Pantano calificó de “excesiva y desmesurada la duración del proceso por un hecho cometido en el año 2003 que carece de complejidad” y remarcó que las actuaciones tuvieron “solo dos cuerpos”.
La petición de la representación de Pantano fue rechazada y el equipo letrado impugnó la decisión mediante un recurso de casación, que fue declarado mal concedido. Así, acudió a la Corte Suprema de Justicia por primera vez.
“Si la corte suprema dice que hubo una mala praxis judicial que alargó el debido proceso, no deberia haber algun tipo de castigo para los jueces que intervinieron?” Gracias, forista de LN Diogenes57
— Diana Cohen Agrest (@dcohenagrest) July 6, 2023
La Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal resolvió declarar abstracto en 2015 el recurso de casación respecto de los otros acusados y, por mayoría, rechazarlo con relación a Sebastián Pantano debido a sus antecedentes. La defensa impugnó la decisión, pero le fue denegada, por eso recurrió a la Corte en recurso de queja.
El procurador interino, Eduardo Casal, falló a favor en septiembre de 2020: “Vuestra Excelencia debe hacer lugar a la queja, declarar procedente el recurso extraordinario interpuesto, dejar sin efecto la sentencia apelada y ordenar el dictado de una nueva conforme a derecho”, afirmó. Y ahora la Corte avaló esta última decisión.
“Cuesta entender cómo la C.S. dedica tiempo, recursos y…esfuerzos, en una causa insignificante de hace mas de 20 años y cuyo autor fue posteriormente condenado a una pena de 20 años por asesinato que dejó destruida una familia, Ezequiel sigue en nuestro recuerdo”. 🙏mflorez3
— Diana Cohen Agrest (@dcohenagrest) July 6, 2023
“Si la Corte Suprema dice que hubo una mala praxis judicial que alargó el debido proceso, ¿no debería haber algún tipo de castigo para los jueces que intervinieron?”, preguntó Cohen Agrest. Y agregó, con tono de indignación: “Cuesta entender cómo la Corte dedica tiempo, recursos y esfuerzos en una causa insignificante de hace más de 20 años y cuyo autor fue posteriormente condenado a una pena de 20 años por asesinato que dejó destruida una familia”.
El homicidio de Ezequiel Agrest
Pantano fue condenado en 2013 por el asesinato de Agrest, un joven estudiante de cine, sucedido el 8 de julio de 2011 en el pasaje Bertrés al 500, en el barrio de Caballito. Tanto el joven como su amiga Lucía Agosta fueron sorprendidos entonces por el ladrón que ingresó a robar a la vivienda de ella cuando bajaban cosas de un auto.
El asaltante amenazó a los jóvenes con una pistola calibre .45 y los hizo ingresar a la casa. No conforme con el dinero que las víctimas les ofrecían, el ladrón quiso maniatar a los amigos, pero Agrest se resistió. Pantano lo golpeó primero con la culata del arma en la cabeza y luego le disparó dos tiros que le provocaron la muerte.
El delincuente, hijo de un Policía Federal, fue detenido un mes después en la localidad bonaerense de Lomas de Zamora con un DNI falso. El Tribunal Oral en lo Criminal N.º 18 de la Capital Federal condenó el 31 de mayo de 2013 a Pantano como autor del delito de homicidio en ocasión de robo.
El tribunal -integrado por los jueces Ricardo Manuel Rojas, Domingo Luis Altieri y Pablo García- además resolvió unificar esta condena con otra impuesta por el Tribunal en lo Criminal N°5 de Morón, y le aplicó a Pantano una pena total de 23 años de prisión. Los jueces establecieron que se le dé por cumplida el 10 de octubre de 2030.
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