El homicidio de Blas Correas: qué pena recibieron cada uno de los policías que estuvieron involucrados en el asesinato y encubrimiento
Los suboficiales Lucas Gómez y Javier Alarcón fueron declarados culpables de realizar los disparos mortales; otro nueve uniformados fueron sentenciados por adulterar la escena del crimen y las declaraciones de testigos
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CÓRDOBA.- El 6 de agosto del 2020 Juan Cruz Camerano Echevarría conducía un Fiat Argo blanco, junto a cuatro amigos y compañeros de colegio: Valentín Blas Correas, Camila Toci, Cristóbal Bocco Camerano y Mateo Natali, ahora mayores de edad pero que al momento del hecho tenían 17 años. Cuando circulaban en la zona de avenida Vélez Sarsfield y Romagosa, del barrio Colinas en el sur capitalino, se encontraron con un control policial, donde los efectivos hicieron señas al conductor para que aminore la velocidad, pero al acercarse al puesto de seguridad, este continuó la marcha. El expediente detalla que el cabo primero Lucas Gómez, “con intención de matarlos” efectuó cuatro disparos con su arma reglamentaria contra el automóvil, en tanto su compañero el cabo primero Javier Alarcón, “en acuerdo tácito (con Gómez) y aportando al plan común de dar muerte a los ocupantes del vehículo”, también efectuó dos disparos “a sabiendas que no había justificación legal para ello”.
Por unanimidad, un jurado popular declaró ayer culpables de homicidio agravado a Gómez y Alarcón y el tribunal les impuso la pena de prisión perpetua.
En el mismo fallo se resolvió también que los cinco jóvenes atacados a balazos fueron “víctimas de violencia institucional”.
A su vez, el tribunal de juicio condenó a penas de entre dos años y medio y casi cinco a otros nueve policías por distintas responsabilidades vinculadas al hecho principal, como “encubrimiento, falso testimonio y omisión de los deberes de funcionario público”; mientras que absolvió a los restantes dos efectivos que habían llegado acusados al debate.
El resto de los condenados son:
El cabo Leandro Alexis Quevedo y el oficial ayudante Ezequiel Agustín Vélez. Fueron quienes hicieron el primer contacto radial alertando que dos motociclistas habían denunciado que varios jóvenes que se movilizaban en un Fiat Argo los quisieron asaltar. En el juicio, los motociclistas negaron haber dicho que hubo un intento de asalto, sino que mantuvieron una discusión de tránsito.
Quevedo fue condenado a cuatro años por “encubrimiento por omisión de denuncia agravado por la entidad del hecho precedente; por la calidad funcional y por haber sido cometido en ejercicio de sus funciones”, mientras que Vélez a dos años y seis meses en suspenso por “falso testimonio”.
La oficial ayudante Yamila Florencia Martínez era quien acompañaba al autor material del crimen de Correa (Gómez) y recibió 4 años y 3 meses de prisión por no haber denunciado lo que había hecho su compañero. El delito fue “incumplimiento de la obligación de promover la persecución de delincuentes, y de encubrimiento por favorecimiento personal y real agravado por la gravedad del hecho precedente, por la calidad funcional y por haber sido cometido en ejercicio de sus funciones”.
La agente Wanda Micaela Esquivel era quien acompañaba al otro “tirador”, Alarcón. Fue quien “plantó” el arma para simular un enfrentamiento a pedido de su compañero. En el juicio pidió disculpas por ese “error” y el tribunal le aplicó una pena menor, de tres años y diez meses de prisión, por el mismo delito: “incumplimiento de la obligación de promover la persecución de delincuentes, y de encubrimiento por favorecimiento personal y real agravado por la gravedad del hecho precedente, por la calidad funcional y por haber sido cometido en ejercicio de sus funciones”.
El comisario inspector Walter Eduardo Soria, condenado a cuatro años y nueve meses de prisión; el subcomisario Enzo Gustavo Quiroga; el subcomisario Sergio Alejandro González, ambos recibieron penas de cuatro años y diez meses; y el comisario inspector Jorge Ariel Galleguillo, cuatro años y ocho meses. A todos ellos se les adjudica haber monitoreado la maniobra de encubrimiento de sus subordinados. El tribunal les aplicó el mismo delito: “incumplimiento de la obligación de promover la persecución de delincuentes, y de encubrimiento por favorecimiento personal y real agravado por la gravedad del hecho precedente, por la calidad funcional y por haber sido cometido en ejercicio de sus funciones”.
El comisario Juan Antonio Gatica fue condenado a cuatro años por “encubrimiento por omisión de denuncia agravado por la entidad del hecho precedente; por la calidad funcional y por haber sido cometido en ejercicio de sus funciones”.
El agente Rodrigo Emanuel Toloza y ayudante Leonardo Alejandro Martínez fueron absueltos. El tribunal consideró que ambos recibieron la denuncia de un transeúnte que les dijo que unas personas de un auto blanco habían arrojado algo. Eso hizo presumir que quisieron plantar sospechas sobre el descarte del arma por parte de Blas y sus amigos, algo que finalmente se descartó. Para los jueces, no tuvieron intención de participar en la maniobra de encubrimiento
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